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ciudadano

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Manual de Servicio al Ciudadano<br />

Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios<br />

Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República<br />

unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales,<br />

democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de<br />

la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la<br />

integran y en la prevalencia del interés general.<br />

Artículo 1. Constitucional Política<br />

1.1. Preceptos constitucionales<br />

La Constitución Política de Colombia<br />

consagra en varios de sus artículos el<br />

espíritu de servicio que debe caracterizar<br />

a los funcionarios públicos y a las<br />

personas que desarrollan funciones<br />

públicas en el país.<br />

En este marco constitucional se orientan<br />

las acciones bajo los principios de igualdad,<br />

moralidad, eficacia, economía, celeridad,<br />

imparcialidad y publicidad.<br />

A continuación se encuentran los principales<br />

artículos relacionados con el<br />

servicio al <strong>ciudadano</strong>:<br />

»»<br />

Artículo 2. “Son fines esenciales<br />

del Estado: servir a la comunidad,<br />

promover la prosperidad general y<br />

garantizar la efectividad de los principios,<br />

derechos y deberes consagrados<br />

en la Constitución; facilitar<br />

la participación de todos en las de-<br />

cisiones que los afectan y en la vida<br />

económica, política, administrativa<br />

y cultural de la Nación; defender la<br />

independencia nacional, mantener<br />

la integridad territorial y asegurar<br />

la convivencia pacífica y la vigencia<br />

de un orden justo.”<br />

»»<br />

Artículo 6. “Los particulares sólo<br />

son responsables ante las autoridades<br />

por infringir la Constitución<br />

y las leyes. Los servidores públicos<br />

lo son por la misma causa y<br />

por omisión o extralimitación en el<br />

ejercicio de sus funciones.”<br />

» » Artículo 23. “Toda persona tiene<br />

derecho a presentar peticiones<br />

respetuosas a las autoridades por<br />

motivos de interés general o particular<br />

y a obtener pronta resolución.<br />

El legislador podrá reglamentar su<br />

ejercicio ante organizaciones privadas<br />

para garantizar los derechos<br />

fundamentales.”<br />

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