ciudadano
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Manual de Servicio al Ciudadano<br />
Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios<br />
»»<br />
Artículo 123. “Son servidores públicos<br />
los miembros de las corporaciones<br />
públicas, los empleados<br />
y trabajadores del Estado y de sus<br />
entidades descentralizadas territorialmente<br />
y por servicios. Los servidores<br />
públicos están al servicio<br />
del Estado y de la comunidad;<br />
ejercerán sus funciones en la forma<br />
prevista por la Constitución, la<br />
ley y el reglamento.”<br />
»»<br />
Artículo 209. “La función administrativa<br />
está al servicio de los intereses<br />
generales y se desarrolla con<br />
fundamento en los principios de<br />
igualdad, moralidad, eficacia, economía,<br />
celeridad, imparcialidad y<br />
publicidad, mediante la descentralización,<br />
la delegación y la desconcentración<br />
de funciones.”<br />
1.2. Normas relacionadas<br />
A continuación se presenta el marco<br />
normativo de referencia para los servidores<br />
públicos en relación con la ciudadanía<br />
y las entidades.<br />
»»<br />
Plan Nacional de Desarrollo 2010<br />
– 2014 “Prosperidad para todos”.<br />
Ley 1450 de 2011.<br />
››<br />
Artículo 234. “Servicio al <strong>ciudadano</strong>.<br />
Con el objeto de mejorar<br />
la oportunidad, accesibilidad y<br />
eficacia de los servicios que provee<br />
la Administración Pública al<br />
Ciudadano, las entidades públicas<br />
conformarán equipos de trabajo<br />
de servidores calificados y<br />
certificados para la atención a la<br />
ciudadanía, proveerán la infraestructura<br />
adecuada y suficiente<br />
para garantizar una interacción<br />
oportuna y de calidad con los<br />
<strong>ciudadano</strong>s y racionalizarán y<br />
optimizarán los procedimientos<br />
de atención en los diferentes canales<br />
de servicio.”<br />
»»<br />
Decreto 2641 de 2012. Por el cual<br />
se reglamentan los artículos 73 y<br />
76 de la Ley 1474 de 2011, relacionados<br />
con el Plan anticorrupción<br />
y de atención al <strong>ciudadano</strong> y la<br />
creación de las oficinas de quejas,<br />
sugerencias y reclamos en las entidades<br />
públicas.<br />
› › Artículo 1. “Señálese como metodología<br />
para diseñar y hacer<br />
seguimiento a la estrategia de<br />
lucha contra la corrupción y de<br />
atención al <strong>ciudadano</strong> de que<br />
trata el artículo 73 de la Ley<br />
1474 de 2011, la establecida<br />
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