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Lechuga

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PLIEGO DE CONDICIONES PARA LA LECHUGA CONTRA EL CUAL SELLEVE A CABO SU CERTIFICACIÓN PARA EL USO DE LA MARCA OFICIALCONFORME A LO DISPUESTO EN LA LEY FEDERAL SOBRE METROLOGÍAY NORMALIZACIÓN Y SU REGLAMENTO.Este Pliego de Condiciones para la <strong>Lechuga</strong>, se ha elaborado de conformidad conlo previsto para las marcas oficiales, en el artículo 3º, fracción IV-A, 73 y en elCapítulo III del Título IV de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, asícomo en los artículos 84, 85 y 86 del Reglamento de dicha Ley.1. OBJETIVOSEl esquema de marcas oficiales es de aplicación voluntaria y tiene como objetivodesarrollar nuevos mercados de más alto valor, con base en la diferenciación deproductos de alta calidad, a través de un signo distintivo (marca oficial),respaldado por certificaciones imparciales e independientes, que asegura alconsumidor que el producto que está adquiriendo es de calidad superior.Con base en lo anterior, el objetivo de este documento es describir lasespecificaciones que debe cumplir la lechuga en estado fresco, para poderostentar la marca oficial que la identifique como un producto de calidad suprema.2. CAMPO DE APLICACIÓNEl presente pliego de condiciones se aplica a la lechuga, perteneciente a la familiade las Asteráceas, género Lactuca especie sativa, del tipo ‘romana’ que seproduce en los Estados Unidos Mexicanos. La traducción de lechuga en los paísesde habla inglesa es lettuce y el tipo es conocido como Crisphead o Iceberg. Estepliego de condiciones corresponde al suministro de esta hortaliza en estado frescoy utilizada para consumo humano.3. REFERENCIASPara la correcta aplicación del presente pliego de condiciones, deben consultarsey en su caso aplicarse, las siguientes normas oficiales mexicanas, normasmexicanas vigentes, normas internacionales y especificaciones consensuadas enel sector autorizado para la exportación los cuales se rigen de acuerdo con Planesde Trabajo Binacionales específicos vigentes:3


NOM-030-SCFI-1993NOM-120-SSA1-1994NMX-FF-006-1982NMX-FF-051-1982SAGARPA/SENASICA.2002.Información comercial-Declaración de cantidad en laetiqueta-Especificaciones. Publicada en el Diario Oficialde la Federación el 29 de octubre de 1993Bienes y servicios. Prácticas de higiene y sanidad para elproceso de alimentos, bebidas no alcohólicas yalcohólicas. Publicada en el Diario Oficial de laFederación el 28 de agosto de 1995Productos Alimenticios no Industrializados para usoHumano- Fruta Fresca-Terminología. Publicada en elDiario Oficial de la Federación el 10 de junio de 1982Productos alimenticios no industrializados para usohumano – <strong>Lechuga</strong> (Lactuca sativa) – Especificaciones.Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 deenero de 1983.Manual de Buenas Prácticas Agrícolas. Guía para elAgricultor. Lineamientos para la Certificación de BuenasPrácticas Agrícolas y Buenas Prácticas de Manejo en losProcesos de Producción de Frutas y Hortalizas paraConsumo Humano en FrescoNota: Las normas de este apartado pueden consultarse en las siguientesdirecciones electrónicas: www.economia-noms.gob.mx & www.economianmx.gob.mx4. DEFINICIONESPara los efectos del presente pliego de condiciones se deben consultar lasdefiniciones incluidas en el apartado 3. Referencias, así como las siguientes:La presente Norma hace referencia a la lechuga como a la hortaliza del generoLactuca especie sativa con olor y sabor característicos propios de la variedad.Esta norma aplica a las variedades de lechuga “romana” también conocida comolechuga “redonda”. La lechuga romana es un tipo de lechuga de cabeza oarrepollada. La madurez se basa en la compactación de la cabeza. Después deeliminar las hojas externas, la tonalidad de color de las hojas deberá de ser de unverde brillante. Además las hojas deben ser crujientes y túrgidas.Buenas Prácticas de ManejoSe refiere a las prácticas generales para reducir el riesgo de contaminación física,química o biológica en los alimentos. El término puede incluir tanto las BuenasPrácticas Agrícolas (BPA’s) que se emplean en el cultivo, recolección, selección,4


empaque y almacenamiento, como las Buenas Prácticas de Manufactura (BPM’s)que se realizan en los procesos de selección, empaque, almacenamiento ytransporte.Calidad SupremaUn producto de calidad suprema es aquel cuyo consumo no representa un riesgobiológico, químico y físico para la salud humana, animal y vegetal. Estosproductos no deberán de causar daños al medio ambiente general y laboral, ydeberán ayudar a preservar los recursos naturales. Adicionalmente, es aquelproducto que cuenta con un valor agregado debido al empaque, etiquetado ycalidad por atributos como color, sabor, apariencia, textura, madurez, etc.Características similares de variedadSignifica que las lechugas son del mismo tipo y color, es decir, las lechugas son“romanas” también conocidas como lechugas “redondas”, de cabeza oarrepolladas y forman un cogollo de hojas apretadas de color verde brillante, queno pueden ser mezcladas con las lechugas “orejonas” también conocidas comolechugas “largas”, que son de cabeza alargada y de color verde oscuro.Tamaño razonableSe refiere a que las lechugas no estén demasiado pequeñas para la variedadespecificada y que no han sido cosechadas tiernas o prematuramente. La cabezade la lechuga debe ser uniforme en tamaño dentro de un mismo contenedor. Eltamaño de las lechugas romanas se determina en base a su diámetro ecuatorial yse deben clasificar de acuerdo al apartado 6.1.Disposiciones relativas al calibradoFrescasSignifica que la cabeza de la lechuga como una unidad presenta una suculencianormal y que las hojas que la envuelven y las hojas más externas de la cabezapresentan solamente un ligero marchitamiento.VerdeSe refiere a que la mitad o más de la superficie externa de la cabeza de lalechuga, con excepción de las hojas que la envuelven, presentan al menos uncolor verde ligero.5


ReventadoSignifica que la cabeza esta separada en alguna de sus partes, se parte opresenta rupturas.DoblesSignifica que tiene dos cabezas en el mismo talloMedianamente Bien CortadaSignifica que el remanente del tallo es cortado muy cerca por debajo del punto deligadura de las hojas más externas, y que sobre una cabeza de lechuga de estetipo, y que el número de hojas que la envuelven no exceden de siete.Corte muy AjustadoSignifica que el remanente del tallo es cortado muy cerca por debajo del punto deligadura de las hojas más externas, y que sobre una cabeza de lechuga de estetipo, y que el número de hojas que la envuelven no exceden de tres.Razonablemente CortadaSignifica que el remanente del tallo es cortado muy cerca por debajo del punto deligadura de las hojas más externas, y que sobre una cabeza de lechuga de estetipo, y que el número de hojas que la envuelven no exceden de doce.Hoja ProtectoraSignifica la primera hoja de la porción compacta de la cabeza. Esta es la hoja másexterna, la cual cubre el exterior y envuelve la porción compacta de la cabeza, dela cual, alguna porción se extiende hacia la parte superior de la corona. La puntade la hoja puede estar separada de la cabeza, considerando, que la separación nose extiende más allá de 1 ¼ pulgadas (31.8 mm) en altura desde la porcióncompacta de la cabeza.a) Todas las hojas por afuera de la hoja protectora son hojas envolventesb) En cabezas alongadas o puntiagudas, las hojas internas que envuelvencerca de ¾ partes de la longitud de la cabeza, son hojas de la mismacabeza.Bien formadoSignifica que las lechugas tienen la forma típica normal de la variedad.6


SolidezLa solidez de la lechuga puede ser especificada en conexión con la calidad deacuerdo a las siguientes clasificaciones:a) Dura. Significa que la cabeza es compacta y sólida. Este términorepresenta el grado más alto de solidez.b) Firme. Significa que la cabeza es compacta, pero puede cederligeramente a una presión moderada.c) Medianamente Firme. Significa que a pesar de que la cabeza noesta firme, esta no es suave y esponjosa, y tiene una buenaformación de la cabeza.d) Blanda. Significa que la cabeza es fácilmente comprimida oesponjosa.CoronaSe refiere a la sección que comprende de la mitad hacia la parte superior de lacabezaDañoSe refiere a cualquier defecto descrito en el apartado 6.4 Clasificación deDefectos, o alguna variación objetable similar a esos defectos, algún otro defecto,o alguna combinación de defectos, que afecten materialmente la apariencia, o lacalidad comercial o de consumo de las lechugas durante la cosecha, el empacado,el transporte o directamente durante su presentación al público consumidor.Daño SerioSe refiere a cualquier defecto descrito en el apartado 6.4 Clasificación deDefectos, o alguna variación objetable similar a esos defectos, algún otro defecto,o alguna combinación de defectos, que afecten seriamente la apariencia, o lacalidad comercial o de consumo de las lechugas durante la cosecha, el empacado,el transporte o directamente durante su presentación al público consumidor.Defectos PermanentesSe refiere a defectos que no son sujetos a cambio durante el envío o elalmacenamiento, incluyendo pero no limitado a lechugas blandas, reventadas,cabezas abiertas o pobremente cortadas, crecimiento excesivo del tallo, osuciedad.7


Defectos de CondiciónSe refiere a defectos que son sujetos a cambio durante el envío o elalmacenamiento, incluyendo pero no limitado a pudriciones, puntas quemadas,punteado pardo, costilla rosada, decoloración de la costilla, y daño porcongelamiento.Completamente bien formadoSignifica que las lechugas no están maduras o presentan deformaciones deacuerdo a la variedad. La madurez en la lechuga esta basada en la compactaciónde la cabeza. Una cabeza compacta es la que requiere de una fuerza manualmoderada para ser comprimida, y es considerada apta para ser cosechada. Unacabeza muy suelta está inmadura y no deben ser consideradas comocompletamente bien formadas.Sobre maduroSignifica que la cabeza de las lechugas esta demasiado firme. Una lechuga muyfirme o extremadamente dura es considerada sobre madura. Las cabezasinmaduras y maduras tienen mucho mejor sabor que las sobre maduras y tambiéntienen menos problemas en poscosecha.Lote: Para fines de evaluación de la conformidad con respecto a este pliego decondiciones, el lote corresponderá a la totalidad de la carga de lechugasdebidamente empacada, que se embarca en la caja de un trailer, con el propósitode transportarlo hacia el destino en donde dicho producto será distribuido ocomercializado. Este lote de embarque a su vez podrá estar conformado poraquellos lotes o sub lotes provenientes de los campos y que deberán estarplenamente identificados, para los casos en que se requiera llevar a caboacciones de rastreabilidad.5. SIGNO DISTINTIVOEs el logotipo que los interesados incorporarán en las etiquetas de cada una delas cajas empacadas. Este signo distintivo permitirá al consumidor final identificarla calidad suprema de los productos que la contengan.El registro del signo distintivo ha sido otorgado por el Instituto Mexicano de laPropiedad Industrial en forma exclusiva a las Secretarías de Economía (SE); deAgricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA) y alBanco Nacional de Comercio Exterior S.N.C. (BANCOMEXT).8


6. CLASIFICACIÓN Y DESIGNACIÓN6.1 ClasificaciónLas lechugas objeto de este pliego de condiciones, solo tienen un grado decalidad: Calidad Suprema.6.2 Características y especificacionesEl producto objeto de este pliego de condiciones debe cumplir con las siguientesespecificaciones:a) Las lechugas deben ser:• Enteras, sanas y de aspecto fresco y brillante.• Firmes, compactas y turgentes.• Limpias; prácticamente exentas de cualquier material extraño visible comohojas secas, tallos, flores, etc.• Con un estado de desarrollo suficiente, correspondiente a su madurez.• De forma, sabor y color verde característico de su variedad.• Exentas de humedad exterior anormal.• Exentas de olor y/o sabor desagradable o extraño.• Libres de daños causados por herramientas de cosecha u otros materialesextraños.• Libres de defectos de origen meteorológico (granizo, quemaduras, daño porfrío) y entomológico (insectos).b) Deben excluirse todos las lechugas que estén afectadas por microorganismospatógenos o saprofitos de origen fungoso o deterioro (pudriciones por hongos,bacterias), al grado que sean inadecuadas para el consumo humano.9


6.3 Disposiciones relativas al calibradoLas lechugas de calidad suprema deberán de corresponder a una misma talla deacuerdo a su diámetro, conforme a las siguientes especificaciones:TallaDiámetro Ecuatorial(cm)A Mayor de 21B 19 - 21C 16 - 18D 13 - 15E Menor de 13NOTA: En caso de que alguna empresa decidiera manejar calibres no considerados en elcuadro, las lechugas deberán sujetarse a las Normas del país de destino, así como a loestablecido en la Norma Codex.10


6.4 Clasificación de DefectosDefecto Síntoma Daño Daño SerioMás de dos manchas Área conjunta de Área conjunta dede puntas quemadas puntas quemadas puntas quemadaspresentes en cualquier ocurriendo en ocurriendo enlugar de la porción cualquier lugar de cualquier lugar decompacta de la cabeza, la porciónla porcióno en el área conjunta compacta de la compacta de lade la punta quemada cabeza, que cabeza, quediscernible, sin exceda una exceda unaconsiderar color, que superficiesuperficieexceda una superficie rectangular de 1 rectangular de 3rectangular de 1 pulgada (25.4 cm) pulgadas (76.2 cm)pulgada (25.4 cm) de de largo y ½ de de largo y 1largo y ¼ de pulgada pulgada (12.7 mm) pulgada (25.4 mm)(6.4 mm) de ancho. de ancho.de ancho.PuntasQuemadasMildiu VellosoAberturasQue ocurra encualquier cabeza o hojaenvolvente.Fácilmenteaparente encualquier hoja de lacabeza; mildiu noacompañado dedecoloración, peroaparente en másde dos hojasenvolventes, odecoloraciónasociado con mildiuaparente encualquier hojaenvolvente.En una cabezadura o firme,cuando ¼ ó más dela cabeza estáseparada de suremanente.Materialmenteafectando laapariencia o lacalidad de envío decualquier hoja de lacabeza; mildiu noacompañado dedecoloración, peroaparente en másde tres hojasenvolventes, odecoloraciónasociado con mildiuaparente encualquier hojaenvolvente.11


Defecto Síntoma Daño Daño SerioExcesivamenteCuando causa quela cabeza selargo,separe o rompa, oCrecimientoexcesivamente cuando sobresale adel tallocurveado, correoso través de las hojaso fibroso.externas de lacabeza.Rompimientode lasnervadurasPunteadoPardoNervaduraRosaDecoloraciónde NervaduraPresente en cualquiergrado.Ocurriendo encualquier hoja de lacabeza.Ocurriendo encualquier hoja de lacabeza.Cuando sepresenten más dedos hojas de lacabeza connervaduras rotasdebido acrecimientoanormal.Presente encualquier grado.Nervaduras de másde dos hojasmostrando áreasde color rosaprofundo de másde dos pulgadas(50.8 cm) de largo,o cuando causaque más de doshojas de la cabezaesténexcesivamentepapeladas ocorreosas.Longitud conjuntade manchas caféso negras en lasuperficie externade cualquiercabeza que excedauna pulgada (25.4cm).Cuando sepresenten más decuatro hojas de lacabeza connervaduras rotasdebido acrecimientoanormal.Presente encualquier grado.Áreas de color rosaprofundo queafecten seriamentela apariencia o lacalidad comestiblede más de doshojas de la cabeza.Afectandoseriamente laapariencia o lacalidad comestiblede más de doshojas de la cabeza.12


Defecto Síntoma Daño Daño SerioPorción compacta dela cabeza que presentaadhesión de lodo, ohojas envolventes queestán con demasiadaadhesión de lodo, ocuando la porciónbasal esta enlodada ocon tierra.SuciedadInsectos yGusanosCongelamientoCualquierlevantamiento de lapiel externa o dañode sus tejidos, odecoloraciónamarrilla o café desus hojasenvolventes comoresultado deexposición atemperaturas decongelamiento encampo y que esaparente encualquier hojaexterna de lacabeza.Porción compacta dela cabeza que estainfestada, o las hojasenvolventes presentasevera infestación coninsectos o gusanos, opresenta daño poralimentación deinsectos en la porcióncompacta de lacabeza.Levantamiento de lapiel externa o daño desus tejidos en más de¾ de área de la coronaen más de dos hojasde la cabeza, odecoloración amarilla ocafé resultado deexposición atemperaturas decongelamiento encampo que se extiendasobre más de la ½ dela corona, o las hojasenvolventes seencuentran seriamentedañadas pordecoloración debido alcongelamiento.Porción compactade la cabeza queesta infestada, olas hojasenvolventespresenta severainfestación coninsectos ogusanos, opresenta daño poralimentación deinsectos en más dedos hojas de lacabeza.13


Defecto Síntoma Daño Daño SerioCualquiera de lossiguientes tipos, ocombinación de doso más tipos, en loscuales la severidadexceda el máximopermitido para unsolo tipo.Decoloración(diferente alcausado porcongelamiento)(1) Decoloraciónamarilla o café decualquier causaafectando cualquierporción de la hoja, ocuando se afectamaterialmente laapariencia de lashojas envolventes.(2) Decoloraciónamarilla o café decualquier causacuando es bastanteaparente en laporción compactade la cabeza.(3) Decoloración pormagullamientoafectandonotablemente laapariencia de másde dos hojasexternas de lacabeza.Cualquiera de lossiguientes tipos, ocombinación de dos omás tipos, en loscuales la severidadexceda el máximopermitido para un solotipo.(1) Amarillo o caféafectando cualquierporción de la hoja, ocuando se afectaseveramente laapariencia de las hojasenvolventes.(2) Amarillo o cafématerialmenteafectando la aparienciade la cabeza,excluyendo las hojasenvolventes.(3) Decoloración pormagullamientoafectandomaterialmente laapariencia de más dedos hojas externas dela cabeza.Cualquiera de lossiguientes tipos, ocombinación dedos o más tipos, enlos cuales laseveridad excedael máximopermitido para unsolo tipo.(1) Decoloraciónamarilla o caféafectando cualquierporción de la hoja,o cuando se afectamuy severamentela apariencia de lashojas envolventes.(2) Amarillo o caféseriamenteafectando laapariencia de lashojas de la cabeza,excluyendo lashojas envolventes.(3) Decoloraciónpor magullamientoafectandoseriamente laapariencia de másde dos hojasexternas de lacabeza.14


7. ESPECIFICACIONES TÉCNICASLas lechugas objeto de este pliego de condiciones además de cumplir con loanteriormente indicado, deberán dar cumplimiento a las siguientesespecificaciones:• Nombre del campoDatos del campo de• Propietariodonde proviene los• Número de registro SAGARPAfrutos• Número de Cartilla Fitosanitaria• Caja con lechugas sin golpes ni rajaduras.Daños mecánicos• Caja con menos de 5% de lechugas con superficiesdañadas por rozaduras, raspaduras o costrasmenores de 1.0 cm 2• Caja con lechugas que no muestren síntomas deDaños fitopatológicos enfermedades causadas por hongos o bacterias quedesarrollen pudriciones posteriores.Daños entomológicos• Caja con lechugas sin mostrar superficies dañadaspor insectos, gusanos o ácaros.Residuos • Frutos sin residuos de plaguicidas.• Caja sin frutos dañados por heladas.Daños físicos• Caja sin frutos dañados por quemadura de sol• Cajas sin frutos rotos, rajados o quebrados.• Uniformidad en el calibre de acuerdo a lo que sedeclara en la etiqueta con no más del 5% deUniformidadvariación en el tamaño.• Uniformidad en el color• Uniformidad en el acomodo de los frutosPesoEmpaque• El peso promedio de cajas en tarimas debe ser elcorrespondiente al nominal ± 3%• Cajas con el peso de acuerdo al calibre de laslechugas.• Cajas de cartón encerado diseñada con ventilasverticales no mayores de 2.5 cm de ancho y 10 cmde largo y con un mínimo del 6% de ventilación delárea superficial de la caja.• Las lechugas no deben sobresalir del nivel superiorde la caja.15


El embalaje debepresentar condicionesadecuadas en:Sellos en empaques ycajasRefrigeraciónCarga o TransporteDatos del embarque• Verticalidad• Tarimas• Esquineros• Flejado• Número de registro del campo• Identidad del producto• Nombre del productor.• Dirección del productor.• Nombre del exportador• Nombre del distribuidor.• Domicilio del distribuidor.• Calibres y/o denominaciones homólogas colocadasen caras exteriores (visibles) de cada una de lascajas.• PLU (en el caso de los países que lo requieran)• Código de fecha en que se empacó.• Recomendaciones de manejo y almacenamiento• La empacadora debe contar con cámara derefrigeración para reducir el calor de campo.• El intervalo de temperatura en el fruto debe ser de 0a 2°C (32 a 35°F) y una humedad relativa entre 95 y100%.• Los lechugas son susceptibles al daño porcongelamiento a temperaturas inferiores a -0.2°C(31.7°F).• Evitar almacenar o transportar las lechugas junto conproductos productores de etileno como tomate,aguacate, mango, etc.• La caja del transporte debe ser refrigerada a unatemperatura de 0 a 2°C, limpia, desinfectada ycerrada al llegar a la empacadora.• Equipo de refrigeración funcionando correctamente• Registro de temperatura del equipo de refrigeracióndel transporte, que demuestre que se alcanza y semantiene la temperatura durante el tiempo detraslado requerido para la conservación del producto.• Razón social de la empacadora• Domicilio• Tipo de lechuga• Número de identificación del lote• Número de cajas por lote• Peso total del lote16


Documentación delembarqueMano de Obra InfantilControl de PlagasTrabajadores AgrícolasEtiquetado• Número de cajas del embarque• Certificado de cumplimiento con el Pliego deCondiciones.• Ausencia de mano de obra infantil durante lasoperaciones de siembra, cosecha y empaque delproducto.• Se recomienda la adopción de programas de manejointegrado de control de plagas dentro y fuera delempaque• Se recomienda la adopción de programas integralesque promuevan el desarrollo de los trabajadoresagrícolas y sus familias que mejoren el nivel de vidaen el campo.• Para el caso de la comercialización en el mercadonacional la etiqueta debe ajustarse a lo señalado enla NOM-128-SCFI-1998.8. TOLERANCIASSe permite una tolerancia máxima del 5% en el tamaño de lechugas dentro de unacaja y hasta un 5% de lechugas con daños sin llegar a ser éstos daños serios paraser considerados de Calidad Suprema.9. CONTAMINANTES9.1 Metales pesadosSe deberán realizar periódicamente estudios necesarios para asegurase de que elproducto no esté contaminado con metales pesados. En el caso de que esto seaposible, se deberán implementar acciones pertinentes para reducir la presencia demetales pesados en cantidades que puedan representar un peligro para la saludhumana.9.2 Residuos de plaguicidasSe deberá garantizar la ausencia de residuos de plaguicidas.10. HIGIENEEl producto al que se refiere este Pliego de Condiciones, se preparará ymanipulará de acuerdo con lo establecido en la NOM-120-SSA1-1994. Bienes yservicios. Prácticas de higiene y sanidad para el proceso de alimentos, bebidas noalcohólicas y alcohólicas; o lo estipulado en las secciones pertinentes del Código17


Internacional Recomendado de Prácticas-Principios Generales de Higiene de losAlimentos, así como en la Guía Mexicana para la adopción de las BuenasPrácticas Agrícolas y de Manufactura que permitan asegurar la inocuidad enFrutas y Hortalizas Frescas realizado por la SAGARPA.El producto deberá estar exento de sustancias objetables que puedan representarun peligro para la salud humana.El examen del producto mediante los métodos adecuados de muestreo y análisisdeberá mostrar que:• Está exento de microorganismos en cantidades que puedan representar unpeligro para la salud.• Está exento de parásitos en cantidades que pueden representar un peligropara la salud.• No contener ninguna sustancia generada por microorganismos en cantidadesque puedan representar un peligro para la salud.11. MODALIDADES Y PERIODICIDAD DE LOS CONTROLES DE CALIDADPara evidenciar el cumplimiento con el pliego de condiciones, se tienen dosmodalidades, y de acuerdo a la modalidad seleccionada, quedará establecida laperiodicidad de los controles de calidad:a) Auditoria del ProcesoLa empacadora debe tener establecido, cuando menos, un sistema conprocedimientos y registros documentados de control de calidad, que permitaevidenciar ante una auditoria de tercera parte, que las actividades del proceso derecepción de frutos, selección, empaque, almacenamiento y posterior puesta en eltransporte, se realizan de manera permanente y con apego a la normativaaplicable, al Pliego de Condiciones correspondiente y a las Buenas Prácticas deManejo.Con esta modalidad, el organismo certificador toma como base los resultados dela evaluación de la conformidad que efectúa a una muestra aleatoria del productoy los confronta con el pliego de condiciones de referencia, siempre y cuando enuna auditoria previa al proceso, se haya evidenciado documentalmente, que secuenta con los controles sistemáticos y confiables que garantizan un producto decalidad uniforme y constante.18


La vigencia de la certificación será de dos años y durante este periodo se llevarána cabo auditorias de seguimiento semestrales y, en cada ocasión se evaluaránmuestras del 5% del tamaño del lote (embarque).b) Auditoria del ProductoEs la certificación que se realiza por lote y que consiste en la verificaciónpermanente de las actividades del proceso de recepción de frutos, selección,empaque, almacenamiento y posterior puesta en el transporte, y que tiene comoobjetivo evaluar que dichas actividades se realizan con apego a la normativaoficial aplicable, al pliego de condiciones correspondiente y, a las BuenasPrácticas de Manejo. Durante la verificación de las actividades de selección, seevalúan muestras del 5% del tamaño del lote proveniente del campo.12. RÉGIMEN POR INCUMPLIMIENTOEl organismo acreditado en su calidad de licenciatario y sublicenciante tiene laresponsabilidad de vigilar el buen uso de dicho distintivo y para esto, actuaráconforme a lo establecido en los artículos 76 y 78 de la Ley Federal de Metrologíay Normalización (LFMN), 84 al 86 de su Reglamento, 87, 88, 213, 214 y 223 dela Ley de Propiedad Industrial y 1º, 24, 44, 96 y 125 de la Ley Federal deProtección al Consumidor, así como las obligaciones a las que esta sujeto en elcontrato de licencia y sublicencia correspondientes sobre el derecho de uso de lamarca. Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones correspondientes previstasen otros ordenamientos legales.13. REGLAS PARA EL USO DE LA MARCA OFICIALCualquier persona que produzca, empaque o comercialice lechugas podrá teneracceso al uso de la marca oficial, siempre y cuando cumpla con las reglas que seestablecen para el uso del distintivo, lo cual incluye el cabal cumplimiento, ante unorganismo de certificación acreditado y aprobado, de las especificacionesdescritas en este pliego de condiciones, más las que se establezcan por lasSecretarías de Economía (SE); de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pescay Alimentación (SAGARPA) y el Banco Nacional de Comercio Exterior S.N.C.(BANCOMEXT) cotitulares de la marca oficial.14. CONCORDANCIA CON NORMAS OFICIALES MEXICANAS, NORMASMEXICANAS Y NORMAS O LINEAMIENTOS INTERNACIONALESEste pliego de condiciones tiene concordancia parcial con las normas,reglamentos, estándares, planes de trabajo binacionales, especificacionesconsensuadas entre exportadores y guías; que se mencionan en el apartado 3.Referencias, de este documento.19


15. TRANSITORIOÚnico.- Como medida preventiva, para reducir los riesgos de contaminaciónBiológica, Química y Física de la lechuga, el productor o empacador deberápresentar al Organismo Certificador lo siguiente: Diseño e inicio de operaciones de un programa de Buenas PracticasAgrícolas y/o Buenas Prácticas de Manejo. Análisis microbiológico, fisicoquímico y de residuos tóxicos (metalespesados), de la(s) fuente(s) de abastecimiento de agua (campo yempaque). Los análisis deberán ser realizados por un laboratorioacreditado conforme a la guía ISO 17025, por la Entidad Mexicana deAcreditación (EMA) y/o por la Secretaría de Salud. Contar con un sistema de rastreabilidad, reproducible y verificable.20

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