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NÚMERO 132 ABRIL 2010 - AEFJ

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Se aprueba la Ley General de la Comunicación AudiovisualEl 18 de marzo era aprobada en el pleno del Congreso la LeyGeneral de la Comunicación Audiovisual 7/<strong>2010</strong> de 31 de marzo,publicada en el Boletín Oficial del Estado el 1 de abril de <strong>2010</strong>.Esta ley, que supone la transposición de la Directiva 2007/65/CE deServicios de Comunicación Audiovisual del Parlamento Europeo ydel Consejo de 11 de diciembre de 2007, trata de compendiar lanormativa sobre legislación audiovisual y regular las nuevassituaciones carentes de marco legal, al tiempo que dar respuesta auna nueva realidad basada en la amplitud de las señales de radio ytelevisión.Las comunicaciones comerciales sobre productosespecialmente dirigidos a menores, como los juguetes, nodeberán inducir a error sobre las características de losmismos, ni sobre su seguridad, ni tampoco sobre lacapacidad y aptitudes necesarias en el menor parautilizarlas sin producir daño para sí o a tercerosLos principales puntos sobre los que incide esta Ley y que afectan ala publicidad de juguetes son los siguientes:Género: Es un tema recurrente, que aparece mencionado endiferentes partes de la Ley. La norma aspira a promover unasociedad más equitativa, en base a la Ley Orgánica 1/2004 de28 de diciembre, de protección integral contra la violencia degénero y la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo para laigualdad efectiva de hombres y mujeres. De hecho, la emisiónde publicidad que utilice la imagen de la mujer con caráctervejatorio será considerada como falta muy grave.Transparencia: En el artículo 6 “El derecho a unacomunicación audiovisual transparente”, se establece que lacomunicación comercial debe estar claramente diferenciadadel resto de contenidos audiovisuales, consideración a tenerespecialmente en cuenta ante las nuevas formas publicitariasque se integran en los contenidos audiovisuales.Autorregulación: la posibilidad y condiciones deautorregulación y de emisión de contenidos publicitariosconstituyen otros dos grandes apartados de derechos en estaLey.La creación del Consejo Estatal de Medios Audiovisuales(CEMA), órgano regulador y supervisor del sector, que entreotros fines, velará por la plena eficacia de los derechos yobligaciones referidos al menor.Los derechos del menor. El artículo 7 está referido exclusivamentea este tema:- Se establecen tres franjas de protección reforzada: entre las 8y las 9 horas y entre las 17 y las 20 horas en el caso de los díaslaborables y entre las 9 y las 12 horas sábados, domingos yfiestas de ámbito estatal.Estipula que las comunicaciones comerciales no deberánproducir perjuicio moral o físico a los menores. Enconsecuencia tendrán las siguientes limitaciones:a) No deben incitar directamente a los menores a la comprao arrendamiento de productos o servicios aprovechandosu inexperiencia o credulidad.b) No deben animar directamente a los menores a quepersuadan a sus padres o terceros para que comprenbienes o servicios publicitados.c) No deben explotar la especial relación de confianza quelos menores depositan en sus padres, profesores, u otraspersonas.d) No deben mostrar, sin motivos justificados, a menores ensituaciones peligrosas.e) No deben incitar conductas que favorezcan la desigualdadentre hombres y mujeres.f) Las comunicaciones comerciales sobre productos especialmentedirigidos a menores, como los juguetes, nodeberán inducir a error sobre las características de losmismos, ni sobre su seguridad, ni tampoco sobre lacapacidad y aptitudes necesarias en el menor parautilizarlas sin producir daño para sí o a terceros.Bloques publicitarios: Queda establecido en 12 minutospublicitarios por hora de reloj, incluyendo la televenta, peroexcluyéndose el patrocinio, el emplazamiento y latelepremoción (que no podrá suponer más de 3 minutos porhora de reloj).Los programas infantiles podrán ser interrumpidos por cadaperiodo previsto de 30 minutos, si el programa dura más detreinta minutos.Emplazamiento de producto: Queda prohibido el emplazamientode producto en la programación infantil.12<strong>132</strong> / abril <strong>2010</strong>

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