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LEY DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE MENDOZA

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función del Balance Hídrico de cada cuenca hidrológica, y la dotación de infraestructuray equipamiento.c) Conciliar el desarrollo económico y social, actual y futuro, con la conservación delambiente y de los recursos naturales fortaleciendo la organización territorial; regulandoy protegiendo el uso racional de los recursos naturales; de las cuencas hídricas y delsuelo; minimizando la degradación de las áreas urbanas y rurales; propiciando lareducción de la vulnerabilidad ante peligros naturales, ambientales y tecnológicos tantoen los oasis como en las zonas no irrigadas, preservando el patrimonio y la diversidadnatural, histórica y cultural.d) Establecer las condiciones físicas, sociales, económicas y espaciales necesarias parasatisfacer los requerimientos y necesidades de la comunidad en materia de viviendas,servicios públicos, infraestructura, equipamiento, industria, comercio y actividades deservicio, de conformidad a las pautas culturales ambientales y técnicas existentes, segúnsus condiciones de crecimiento.e) Propender a la ejecución de acciones de preservación, mitigación, y reparación delambiente en general, a través de una adecuada planificación y organización de lasactividades en el territorio provincial.f) Impulsar y promover los procesos de integración y coordinación entre la Provincia ylos Municipios para lograr políticas consensuadas de desarrollo territorial, garantizandola participación ciudadana y de las organizaciones intermedias, mediante mecanismosclaros y transparentes de información pública y respeto por el derecho de iniciativa,propiciando la solución concertada de conflictos y deferencias.g) Lograr lo coordinación interinstitucional, multidisciplinaría y permanente, queincluya los medios de consulta, participación y control ciudadano para la elaboración eimplementación de los Planes de Ordenamientos Territorial en sus diferente escalas.h) Establecer los principios, normas y procedimientos que hagan obligatorio elordenamiento territorial a partir de los conceptos, principios y objetivos prescriptos enesta Ley.i) Tutelar la propiedad de los glaciares y del ambiente peri-glacial sobresaturado enhielo, pertenecientes al dominio público de la Provincia, con el objeto de preservarloscomo reservas estratégicas de recursos hídricos para el consumo humano, la agriculturay las actividades industriales y como proveedores de agua para la recarga de cuencashidrográficas, la generación de energía eléctrica y atractivo turístico..ARTÍCULO 4º: OBJETIVOS ESPECIFICOSSe establecen como objetivos específicos del ordenamiento territorial:a) Fortalecer el desarrollo sustentable del territorio, priorizando las accionesprovinciales, municipales y sectoriales que garanticen la participación social en cadauna de las fases del proceso para asegurar la gobernabilidad del mismo, construcción dela paz, el fortalecimiento del tejido social y la legitimidad del Estado.3

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