Para la elaboración <strong>de</strong> los informes sobre las activida<strong>de</strong>s que correspon<strong>de</strong>n a los citados Comités previstosen el Artículo 43 (cuarenta y tres) <strong>de</strong> la Ley <strong>de</strong>l Mercado <strong>de</strong> Valores, así como <strong>de</strong> las opiniones señaladasen el Artículo 42 (cuarenta y dos) <strong>de</strong> la misma Ley, los Comités <strong>de</strong> prácticas societarias y <strong>de</strong> auditoría<strong>de</strong>berán escuchar a los directivos relevantes y, en caso <strong>de</strong> existir diferencia <strong>de</strong> opinión con estos últimos,incorporarán tales diferencias en los citados informes y opiniones.El o los Comités con funciones <strong>de</strong> prácticas societarias y <strong>de</strong> auditoría podrán reunirse cuando loconsi<strong>de</strong>ren conveniente, pudiendo ser convocados por su Presi<strong>de</strong>nte, o a través <strong>de</strong>l Secretario o <strong>de</strong>lProsecretario <strong>de</strong>l Consejo <strong>de</strong> Administración.Para la celebración <strong>de</strong> las sesiones ordinarias y extraordinarias <strong>de</strong>l o <strong>de</strong> los Comités referidos se <strong>de</strong>berácontar con la asistencia <strong>de</strong> la mayoría <strong>de</strong> sus miembros y las <strong>de</strong>cisiones se adoptarán por el voto favorable<strong>de</strong> la mayoría <strong>de</strong> los miembros presentes.ARTÍCULO VIGÉSIMO NOVENO.- Las funciones <strong>de</strong> gestión, conducción y ejecución <strong>de</strong> los negocios <strong>de</strong> laSociedad y <strong>de</strong> las personas morales que ésta controle, serán respon<strong>sab</strong>ilidad <strong>de</strong>l Director General,sujetándose para ello a las estrategias, políticas y lineamientos aprobados por el Consejo <strong>de</strong>Administración. En todo caso el Director General <strong>de</strong>berá dar cumplimiento a los <strong>de</strong>beres y obligaciones asu cargo establecidos en la Ley <strong>de</strong>l Mercado <strong>de</strong> Valores y en estos estatutos sociales, y en especial a lasfunciones establecidas en el Artículo 44 (cuarenta y cuatro) <strong>de</strong> dicho or<strong>de</strong>namiento legal, así como aaquellas otras funciones, obligaciones, encargos y <strong>de</strong>beres que le encomien<strong>de</strong> la Asamblea General <strong>de</strong>Accionistas o el Consejo <strong>de</strong> Administración <strong>de</strong> la Sociedad.El Director General, para el cumplimiento <strong>de</strong> sus funciones, contará con las más amplias faculta<strong>de</strong>s pararepresentar a la Sociedad en actos <strong>de</strong> administración y pleitos y cobranzas, incluyendo faculta<strong>de</strong>sespeciales que conforme a las leyes requieran Cláusula especial. Tratándose <strong>de</strong> actos <strong>de</strong> dominio, elDirector General ejercerá dichas faculta<strong>de</strong>s en los términos y condiciones que el Consejo <strong>de</strong>Administración <strong>de</strong> la Sociedad <strong>de</strong>termine.El Director General, para el ejercicio <strong>de</strong> sus funciones y activida<strong>de</strong>s, así como para el <strong>de</strong>bido cumplimiento<strong>de</strong> sus obligaciones se auxiliará <strong>de</strong> los directivos relevantes <strong>de</strong>signados para tal efecto y <strong>de</strong> cualquierempleado <strong>de</strong> la Sociedad o <strong>de</strong> las personas morales que ésta controle.ARTÍCULO TRIGÉSIMO.- El Auditor Externo será <strong>de</strong>signado, y en su caso, removido, previa la opinión <strong>de</strong>lComité con funciones <strong>de</strong> auditoría, por el Consejo <strong>de</strong> Administración <strong>de</strong> la Sociedad, mismo que podrá serconvocado a las sesiones <strong>de</strong>l Consejo <strong>de</strong> Administración, en calidad <strong>de</strong> invitado con voz y sin voto,<strong>de</strong>biendo abstenerse <strong>de</strong> estar presente respecto <strong>de</strong> aquéllos asuntos <strong>de</strong>l or<strong>de</strong>n <strong>de</strong>l día en los que tenga unconflicto <strong>de</strong> interés o que puedan comprometer su in<strong>de</strong>pen<strong>de</strong>ncia. La persona física <strong>de</strong>signada por lapersona moral que proporcione los servicios <strong>de</strong> Auditoría Externa, podrá asistir a las Asambleas <strong>de</strong>Accionistas <strong>de</strong> la Sociedad.ARTÍCULO TRIGÉSIMO PRIMERO.- La vigilancia <strong>de</strong> la gestión, conducción y ejecución <strong>de</strong> los negocios<strong>de</strong> la Sociedad y <strong>de</strong> las personas morales que controle, consi<strong>de</strong>rando la relevancia que tengan estasúltimas en la situación financiera, administrativa y jurídica <strong>de</strong> la primera, estará a cargo <strong>de</strong>l Consejo <strong>de</strong>Administración a través <strong>de</strong>l o los Comités que constituya para que lleven a cabo las activida<strong>de</strong>s en materia<strong>de</strong> prácticas societarias y <strong>de</strong> auditoría, así como por conducto <strong>de</strong> la persona moral que realice la AuditoríaExterna <strong>de</strong> la Sociedad, cada uno en el ámbito <strong>de</strong> sus respectivas competencias, según lo señalado en laLey <strong>de</strong>l Mercado <strong>de</strong> Valores.En términos <strong>de</strong> lo dispuesto por el Artículo 41 (cuarenta y uno) <strong>de</strong> la Ley <strong>de</strong>l Mercado <strong>de</strong> Valores, laSociedad no estará sujeta a lo previsto en el Artículo noventa y uno, fracción V <strong>de</strong> la Ley General <strong>de</strong>Socieda<strong>de</strong>s Mercantiles, ni le serán aplicables los Artículos 164 (ciento sesenta y cuatro) a 171 (cientosetenta y uno), 172 (ciento setenta y dos), último párrafo, 173 (ciento setenta y tres) y 176 (ciento setenta yseis) <strong>de</strong> esta última Ley, por lo que, <strong>de</strong> un modo general, la Sociedad no contará con uno o variosComisarios, ni se le aplicarán las disposiciones legales relativas a su nombramiento ni al <strong>de</strong>sempeño <strong>de</strong>sus funciones.CAPÍTULO QUINTOEJERCICIO SOCIAL, DOCUMENTACIÓN ANUAL A LA ASAMBLEA DE ACCIONISTAS Y UTILIDADES.75
ARTÍCULO TRIGÉSIMO SEGUNDO.- Los ejercicios sociales coincidirán con el año <strong>de</strong> calendario, salvo enaquellos casos <strong>de</strong> excepción que prevean las disposiciones legales aplicables.En términos <strong>de</strong> lo dispuesto por la fracción IV <strong>de</strong>l Artículo 28 (veintiocho) <strong>de</strong> la Ley <strong>de</strong>l Mercado <strong>de</strong> Valores,el Consejo <strong>de</strong> Administración presentará a la Asamblea General <strong>de</strong> Accionistas que se celebre con motivo<strong>de</strong>l cierre <strong>de</strong> cada ejercicio social:a) Los informes <strong>de</strong>l o <strong>de</strong> los Presi<strong>de</strong>ntes <strong>de</strong>l o <strong>de</strong> los Comités con funciones en materia <strong>de</strong> prácticassocietarias y <strong>de</strong> auditoría, a que se refiere el Artículo 43 (cuarenta y tres) la Ley <strong>de</strong>l Mercado <strong>de</strong> Valores.b) El informe que el Director General elabore conforme a lo señalado en el Artículo 44 (cuarenta y cuatro),fracción XI <strong>de</strong> la Ley <strong>de</strong>l Mercado <strong>de</strong> Valores, acompañado <strong>de</strong>l dictamen <strong>de</strong>l Auditor Externo.c) La opinión <strong>de</strong>l Consejo <strong>de</strong> Administración sobre el contenido <strong>de</strong>l informe <strong>de</strong>l Director General a que serefiere el inciso anterior.d) El informe <strong>de</strong>l propio Consejo a que se refiere el Artículo 172 (ciento setenta y dos), inciso b) <strong>de</strong> la LeyGeneral <strong>de</strong> Socieda<strong>de</strong>s Mercantiles en el que se contengan las principales políticas y criterios contables y<strong>de</strong> información seguidos en la preparación <strong>de</strong> la información financiera.e) El informe sobre las operaciones y activida<strong>de</strong>s en las que hubiere intervenido el Consejo <strong>de</strong>Administración conforme a lo previsto en la Ley <strong>de</strong>l Mercado <strong>de</strong> Valores.ARTÍCULO TRIGÉSIMO TERCERO.- De las utilida<strong>de</strong>s netas que arrojen los estados financieros<strong>de</strong>bidamente aprobados por la Asamblea General <strong>de</strong> Accionistas, se separará anualmente un 5% (cincopor ciento), cuando menos, para constituir, incrementar o, en su caso, reponer el fondo <strong>de</strong> reserva quemarca la Ley, hasta que dicho fondo <strong>de</strong> reserva sea equivalente al 20% (veinte por ciento) <strong>de</strong>l capital socialpagado <strong>de</strong> la Sociedad, y también se separarán, en su caso, las cantida<strong>de</strong>s que la Asamblea General <strong>de</strong>Accionistas <strong>de</strong> la Sociedad llegare a acordar para constituir los fondos extraordinarios, especiales oadicionales que se estimen convenientes o para la creación o incremento <strong>de</strong> reservas generales oespeciales. El resto <strong>de</strong> las utilida<strong>de</strong>s podrá aplicarse y repartirse <strong>de</strong> la manera que se <strong>de</strong>termine en laAsamblea General <strong>de</strong> Accionistas.La distribución <strong>de</strong> utilida<strong>de</strong>s se regirá según lo dispuesto por el Artículo 19 (diecinueve) <strong>de</strong> la Ley General<strong>de</strong> Socieda<strong>de</strong>s Mercantiles. Después <strong>de</strong> que un divi<strong>de</strong>ndo haya sido <strong>de</strong>cretado, la Asamblea Ordinaria <strong>de</strong>Accionistas o, en su caso, el Consejo <strong>de</strong> Administración, fijará la fecha en que habrá <strong>de</strong> efectuarse supago. Todos los divi<strong>de</strong>ndos que no sean cobrados en un período <strong>de</strong> 5 (cinco) años a partir <strong>de</strong> la fechaseñalada para su pago, se enten<strong>de</strong>rán renunciados y cedidos en favor <strong>de</strong> la Sociedad.CAPÍTULO SEXTODISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓNARTÍCULO TRIGÉSIMO CUARTO.- La Sociedad se disolverá al concluir el plazo <strong>de</strong> 99 (noventa y nueve)años, contados a partir <strong>de</strong> su constitución, a menos que dicho término sea prorrogado antes <strong>de</strong> suexpiración por acuerdo tomado en Asamblea General Extraordinaria <strong>de</strong> Accionistas, o previamente poralguna <strong>de</strong> las causas siguientes:a).- En el caso <strong>de</strong> que llegue a ser imposible para la Sociedad llevar a cabo el principal objeto para el cualfue constituida o por quedar éste consumado.b).- Por concurso mercantil <strong>de</strong> la Sociedad legalmente <strong>de</strong>clarada.c).- Por resolución tomada en Asamblea Extraordinaria <strong>de</strong> Accionistas.d).- Cuando el número <strong>de</strong> accionistas sea inferior al establecido por la Ley.e).- Por la pérdida <strong>de</strong> las dos terceras partes <strong>de</strong>l capital social.ARTÍCULO TRIGÉSIMO QUINTO.- En el caso que sea necesario liquidar la Sociedad, los Accionistas<strong>de</strong>signarán para tal efecto a uno o más liquidadores en una Asamblea General Extraordinaria. Cuandosean varios los liquidadores, éstos <strong>de</strong>berán obrar conjuntamente.El o los liquidadores no necesitan ser accionistas, funcionarios o consejeros <strong>de</strong> la Sociedad. El o losliquidadores, estarán facultados para concluir las operaciones <strong>de</strong> la Sociedad y liquidar sus negocios, paracobrar las cantida<strong>de</strong>s que se a<strong>de</strong>u<strong>de</strong>n a la Sociedad y para pagar las que ésta <strong>de</strong>ba; para ven<strong>de</strong>r losbienes <strong>de</strong> la Sociedad a los precios que estimen convenientes según su leal <strong>sab</strong>er y enten<strong>de</strong>r; paradistribuir entre los accionistas el remanente <strong>de</strong>l activo <strong>de</strong> la Sociedad, <strong>de</strong>spués <strong>de</strong> pagar todas las <strong>de</strong>udassociales, <strong>de</strong> acuerdo con el número <strong>de</strong> acciones que cada uno posea; para tomar las medidas que sean76
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ÍNDICE DEL CONTENIDOI. INFORMACIÓ
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II. LA EMISORA1. HISTORIA Y DESARRO
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En enero de 2009, la Compañía ven
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Participación en Ventas Netas por
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NIF C-10, Instrumentos financieros