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Andres C. Bermejo - Escuelas Católicas de Castilla y Leon

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Asesoría JurídicaPÁGINA WEB ELABORADA POR ALUMNOS:¿INTENCIÓN DE INJURIAR O DE DIVERTIRSE?.EXTRAÑA RESOLUCIÓN DEL FISCAL DE MENORES.Un colegio <strong>de</strong> Valladolid presentó <strong>de</strong>nuncia ante la Fiscalía <strong>de</strong> Menores porque dos alumnos habíanelaborado una página Web en la que incluían fotografías <strong>de</strong> los profesores y otros compañeros <strong>de</strong> clase,con comentarios "poco apropiados", cómics con caricaturas <strong>de</strong> profesores en las que se vertían contenidosinjuriosos tal y como reconoce el propio Fiscal, foros en los que se insultaba a los profesores,etc... Recor<strong>de</strong>mos que la injuria, según lo <strong>de</strong>fine el Código Penal, es la acción o expresión que lesionala dignidad <strong>de</strong> otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación. No nosexten<strong>de</strong>mos más en la <strong>de</strong>scripción <strong>de</strong> los cómics, porque no es muy difícil saber <strong>de</strong> qué tipo eran lascaricaturas y <strong>de</strong> qué trataban.Lo preocupante <strong>de</strong> esta resolución es que según el Fiscal el cómic tiene un contenido que realmentepue<strong>de</strong> resultar injuriante para los profesores, pero entien<strong>de</strong> que no proce<strong>de</strong> incoar expediente a losmenores, entre otros argumentos jurídicos, porque los menores manifestaron que "no tenían intención<strong>de</strong> injuriar, sino tan sólo <strong>de</strong> divertirse" (¿?), porque pidieron perdón a los afectados y, a<strong>de</strong>más fueron"severamente sancionados" por el centro (la sanción fue el cambio <strong>de</strong> centro).Si la Fiscalía <strong>de</strong> Menores, que <strong>de</strong>bería ser un instrumento importante para prevenir que estas actitu<strong>de</strong>sse reproduzcan, justifica la no incoación <strong>de</strong>l Expediente porque los alumnos ya han sido sancionadospor el Centro, y porque "el ánimo" <strong>de</strong> los menores no era el <strong>de</strong> injuriar sino el <strong>de</strong> divertirse, laverdad es que es para echarse a temblar. Esperemos que esta resolución no sea más que una excepcióna la regla general.DENUNCIA AL DIRECTOR DE UN COLEGIOPOR PROPINAR UN BOFETÓN A UN ALUMNO.Educamos en Cyl - página 30El Director <strong>de</strong> un Centro docente dio una bofetada a un alumno que se estaba riendo <strong>de</strong> un profesor.Los padres, en vez <strong>de</strong> reñir a su hijo, que sería lo razonable y es lo que hacían los padres cuandoyo iba al colegio, <strong>de</strong>nunciaron al Director por una falta <strong>de</strong> lesiones.Pues bien, la sentencia dice que efectivamente quedó acreditado el bofetón dado al alumno, y tambiénquedó acreditado que el alumno se estaba riendo <strong>de</strong> un profesor, lo que hacía que el resto <strong>de</strong>compañeros <strong>de</strong> clase también le rieran las gracias, pero "el bofetón lo <strong>de</strong>bemos encuadrar <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong>

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