mujeres correspondiente
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08 es causa de la desigualdad y una limitante para el goce<br />
de las libertades y derechos.<br />
Precisamente la Convención sobre la eliminación de<br />
todas las formas de discriminación contra la mujer<br />
(CEDAW) enfocó sus esfuerzos al tema, reconociendo<br />
los siguientes derechos para las <strong>mujeres</strong>: a la no discriminación,<br />
a la integridad personal, a participar libremente<br />
en la política, a la educación en igualdad de<br />
condiciones, a la salud, a los mismos derechos y oportunidades<br />
para la mujer campesina, al trabajo igual,<br />
igualdad ante la ley, a prestaciones familiares, préstamos<br />
bancarios, a adquirir, cambiar o conservar la nacionalidad<br />
independientemente del estado civil.<br />
En Belém Do Pará, Brasil, la Asamblea General de la OEA<br />
adoptó la Convención Interamericana para prevenir,<br />
sancionar y erradicar la violencia contra las <strong>mujeres</strong>,<br />
ratificada por 33 de los 34 países Partes. Los países<br />
latinoamericanos adoptaron derechos y obligaciones,<br />
entre los derechos integrados como derechos humanos:<br />
el derecho a una vida libre de violencia en el ámbito<br />
público y privado. Y obligaciones como abstenerse de<br />
cualquier acción o práctica de violencia, de actuar con las<br />
debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar<br />
la violencia contra las <strong>mujeres</strong>, abolir leyes y prácticas<br />
que toleren la violencia, garantizar un procedimiento<br />
legal y eficaz, así como el acceso al resarcimiento y<br />
reparación del daño.<br />
Estos instrumentos jurídicos internacionales de los que<br />
México forma parte son un referente básico para reconocer<br />
el derecho de las <strong>mujeres</strong> a la no discriminación<br />
y a una vida libre de violencia, además de todos los<br />
derechos señalados en la declaración y en los pactos.<br />
También son un referente de marco normativo en<br />
cuanto a jurisprudencia internacional, mientras que las<br />
sentencias de la Corte son de carácter vinculante.<br />
La reforma constitucional en materia de derechos<br />
humanos de 2011 reafirmó el compromiso de las<br />
autoridades del Estado mexicano de incorporar los<br />
tratados internacionales en materia de derechos<br />
humanos y adoptó el principio a favor de la persona<br />
como eje central de la impartición de justicia:<br />
Las normas relativas a los derechos humanos se<br />
interpretaran de conformidad con esta Constitución<br />
y con los tratados internacionales de la<br />
materia favoreciendo en todo tiempo a las<br />
personas la protección más amplia. 1<br />
Una sociedad democrática y respetuosa de los derechos<br />
humanos demanda impartidores e impartidoras<br />
de justicia apegados a un orden de respeto a los<br />
derechos humanos que garanticen el principio a favor<br />
de la persona y la igualdad entre hombres y <strong>mujeres</strong><br />
garantizadas en el artículo 4° constitucional.<br />
1<br />
Párrafo segundo del artículo 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.