La Bocina Nº 333 - Mayo 2016
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- * * _ _ * _ . /. / - * _ tragedia de soldati . / - * _ * _ . / * _ . / . / - * _ .<br />
Asusta la velocidad con que<br />
los grandes medios instalan<br />
y borran un tema de la<br />
"agenda" a través de la cual<br />
digitan los pensamientos<br />
de gran parte de sus espectadores.<br />
¿Se acuerdan de la<br />
tragedia de Soldati, en la<br />
que se cayeron tres pibes<br />
de un balcón, debido al<br />
estado de abandono de los<br />
edificios que el IVC nunca<br />
terminó de poner en condiciones?<br />
Foto: Télam<br />
PARECE que hubiera ocurrido hace<br />
años. Pero apenas pasaron ocho<br />
meses de aquel doloroso episodio.<br />
Acallado el malón mediático, el asunto<br />
quedó en manos de la Justicia.<br />
Lo peor: por las actitudes del ente<br />
gubernamental porteño, parece que<br />
haber perdido la vida de un chico no<br />
valió nada. ¡El IVC sigue con la misma<br />
conducta displicente!<br />
Ahora, la Justicia debió intimarlo a<br />
que cumplan con la medida cautelar<br />
dictada hace dos meses, en la cual se<br />
ordenó que se rehabilite el servicio de<br />
ascensores en el Nudo 4 del complejo<br />
habitacional de Villa Soldati, se reali-<br />
cen las obras indispensables para evitar<br />
futuros siniestros e incendios, y se<br />
limpien los tanques a fin de garantizar<br />
la potabilidad del agua, entre otras<br />
acciones.<br />
Dice el informe de I Judicial: <strong>La</strong> titular<br />
del juzgado en lo Contencioso<br />
Administrativo y Tributario N° 7 de la<br />
Ciudad de Buenos Aires, Lidia <strong>La</strong>go,<br />
resolvió intimar al Instituto de la<br />
Vivienda de la Ciudad (IVC) y al<br />
Gobierno Porteño (GCBA) a cumplir<br />
“en el plazo de 10 días” con la medida<br />
cautelar, dictada el pasado 27 de<br />
Febrero en la cual ordenó una serie de<br />
acciones relativas a garantizas la seguridad<br />
y condiciones de habitabilidad<br />
de las personas que habitan el Nudo 4<br />
del Complejo Soldati.<br />
De acuerdo a lo resuelto por la magistrada<br />
el pasado 19 de abril, en caso de<br />
no dar estricto cumplimiento a la cautelar<br />
ordenada se impondrá “una<br />
multa de pesos dos mil (2000) por cada<br />
día de retardo” en cabeza del<br />
Presidente del IVC, Pablo Roviralta.<br />
En la resolución, la jueza <strong>La</strong>go advirtió<br />
“un claro comportamiento elusivo por<br />
parte de la demandada con relación a<br />
la manda cautelar efectuada en autos<br />
no sólo respecto a la elaboración del<br />
informe general sobre el Nudo 4 requerido<br />
a fin de tener un cabal estado de<br />
situación […] sino que directamente<br />
desconoce las circunstancias que motivaron<br />
su dictado y condicionando su<br />
actividad tanto al resultado de procesos<br />
licitatorios que estarían en marcha<br />
(ascensores, instalaciones contra incendios<br />
e iluminación de emergencia)<br />
como a requerimientos expresos del<br />
consorcio involucrado (servicio de gas),<br />
con claro desconocimiento de la orden<br />
aquí impartida“ n<br />
FUENTE: I Judicial