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MANUAL_CONVIVENCIA_AÑO_2016_FINAL1 2

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Y faltas gravísimas Son aquellos comportamientos que tienen gran<br />

transcendencia negativa y perjudicial en la marcha institucional,<br />

además lesionan y perjudican física y/o sicológicamente a los otros<br />

miembros de la comunidad educativa.<br />

Son consideradas situaciones tipo III y faltas gravísimas las siguientes:<br />

1. Atentar contra la propia vida, o la vida de otra persona.<br />

2 . I ncurrir en delitos penalizados por la ley actual o relacionada con<br />

el porte ilegal de armas, la distribución y/o consumo de bebidas<br />

alcohólicas, sustancias psicoactivas, y cualquier otra sustancia que<br />

genere dependencia o adicción o que alteren la integridad física y/o<br />

emocional, dentro del colegio o durante las salidas programadas por<br />

la Institución o fuera de ella portando el uniforme.<br />

3. Propiciar y/o pertenecer a grupos al margen de la ley.<br />

4. Utilización de artículos detonantes, sustancias químicas etc.,<br />

dentro y fuera del colegio o en actividades donde representen a la<br />

institución, con el propósito de causar daño o indisciplina originando<br />

anormalidad en el evento.<br />

5. Promover, ocultar o facilitar la trata de personas, la pornografía<br />

infantil, la violencia carnal, las relaciones sexuales prematuras y toda<br />

forma de prostitución que conlleven o no al embarazo y/o al aborto.<br />

6. Promover, ocultar o facilitar el trato degradante y la violencia<br />

psíquica y/o afectiva o las acciones que atenten contra la integridad<br />

Física y la salud y seguridad de las personas dentro y fuera de la<br />

institución.<br />

7. Atentar contra la libertad y el libre desarrollo de las personas<br />

a través del trato discriminatorio e intolerante por cualquier<br />

medio de amenaza y violencia, como soborno, extorsión, chantaje<br />

o exclusión.<br />

8. Atentar contra la honra y dignidad, intimidad personal y familiar,<br />

al destruir el buen nombre por calumnia, difamación o violación de la<br />

vida privada<br />

9. Reincidir en acciones que atentan contra el bien común<br />

general o de la comunidad educativa en particular, según<br />

parámetros establecidos en el PEI y Manual de Convivencia, como<br />

malversación de fondos, agresión verbal o física, sustracción,<br />

adulteración o mal uso de documentos públicos o privados,<br />

propios o ajenos, falsificación de firmas, sellos o similares.<br />

10. Promover acciones que degradan la ética y la moral públicas y,<br />

que atentan contra la igualdad y dignidad de las personas.<br />

11. Elaborar anónimos o escritos que denigren o intimiden a<br />

personas de la institución, utilizando cualquier medio de<br />

comunicación o redes sociales.<br />

12. Promover y/o realizar escándalos en el colegio o cualquier otro<br />

lugar comprometiendo el buen nombre de la Institución, portando el<br />

uniforme.<br />

13. Acosar sexualmente.<br />

14. La incursión reiterada en faltas graves y prohibiciones.<br />

15. Atentar contra la vida y sostenibilidad del medio ambiente<br />

mediante productos químicos o medios físicos prohibidos por la ley.<br />

16. Traficar con especies u ocasionar sufrimientos injustificados<br />

contra los animales.<br />

17. El incumplimiento a lo estipulado en el acuerdo conciliatorio<br />

Parágrafo 1. Incurrir en una situación de convivencia Tipo III, o falta<br />

gravísima es causal de inicio de Proceso Disciplinario garantizando el<br />

debido proceso establecido en el protocolo de atención del presente<br />

Manual.<br />

a. DEBIDO PROCESO<br />

Consideramos la educación como un proceso y una práctica de<br />

interacción comunicativa. Por ello creemos que el diálogo<br />

orientado al entendimiento y acuerdo mutuo es el vehículo más<br />

apropiado para el logro de una educación integral, para la<br />

formación del criterio y de una conciencia individual basada en la<br />

responsabilidad.<br />

Por lo tanto, en todos los procesos disciplinarios debe recurrirse<br />

siempre y en primera instancia al diálogo entre los agentes del<br />

proceso educativo implicados, con el fin de lograr el<br />

entendimiento, la conciliación, y un ambiente de aceptación y<br />

cumplimiento de las normas, deberes y derechos. De este modo<br />

se procederá por convicción, no por coacción, y se motivará al<br />

cumplimiento de las responsabilidades.<br />

Las acciones correctivas de los hechos o faltas se aplicaran después<br />

de escuchar al estudiante involucrado en la situación problema y<br />

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