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MANUAL_CONVIVENCIA_AÑO_2016_FINAL1 2

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las situaciones convivenciales que se presenten de estudiantes hacia<br />

otros miembros de la comunidad educativa, o de otros miembros de<br />

la comunidad educativa hacia estudiantes. Estas estrategias<br />

pedagógicas, serán asumidas como oportunidades para el<br />

aprendizaje y la práctica de competencias ciudadanas.<br />

6.9.1. PROTOCOLO PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES<br />

<strong>CONVIVENCIA</strong>LES TIPO I.<br />

Para este tipo de situaciones se debe seguir el siguiente<br />

procedimiento:<br />

1. El profesor o Directivo que detecte el caso, o ante el cual se<br />

denuncie la situación escucha a las partes involucradas, con el fin<br />

de actuar como mediador y detectar las causas, factores o<br />

motivos que generan el conflicto dejando registro en la ficha<br />

de seguimiento a estudiantes, en el cual se describe la situación<br />

convivencial y se consigna las estrategias de seguimiento: llamado<br />

de atención verbal, remisión al titular del curso, remisión a servicio<br />

de psi orientación, Remisión a coordinación de bienestar estudiantil<br />

y citación a padres de familia.<br />

2. Conocidos los argumentos generadores del conflicto el mediador<br />

buscará la reconciliación entre las partes, al tiempo que deben<br />

buscar la reparación de los daños causados, el restablecimiento de<br />

los derechos. Dichos acuerdos o compromisos también quedarán<br />

registrados en la ficha de seguimiento a estudiantes.<br />

3. Para todas las situaciones de convivencia atendidas, el docente las<br />

pondrá en conocimiento de del comité escolar de convivencia para<br />

que de manera conjunta se haga el debido seguimiento.<br />

4. En caso de que la situación se convierta en tipo II o tipo III, se<br />

seguirán los protocolos establecidos en el presente Manual de<br />

Convivencia para la atención de este tipo de situaciones.<br />

5. De la relación de lo sucedido, desde el momento en que se inició el<br />

conflicto hasta su solución, incluida la reparación de los daños<br />

causados y el restablecimiento de los derechos se dejará constancia<br />

en el observador del estudiante.<br />

6. En todos los casos y en todas las instancias la institución<br />

salvaguarda la integridad de la información suministrada por las<br />

personas que intervienen en la normatización según lo determinado<br />

por la Ley 1098 de 2006, en la Ley estatutaria 1581 de 2012, en el<br />

Decreto 1377 de 2013 y demás normas aplicables a la materia”,<br />

también cuando se trate de informaciones confidenciales.<br />

6.9.2. PROTOCOLO PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES<br />

<strong>CONVIVENCIA</strong>LES TIPO II.<br />

Se debe desarrollar el siguiente procedimiento para la atención de<br />

situaciones tipo II<br />

1. Recepción de la queja por parte de la coordinación de bienestar<br />

estudiantil. El docente, estudiante o cualquier miembro de la<br />

comunidad educativa que tenga conocimiento de una situación de<br />

este tipo la pondrá en conocimiento de manera inmediata.<br />

2. En caso de presentar daño al cuerpo o a la salud se debe<br />

garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los<br />

involucrados mediante la remisión a las entidades competentes en el<br />

documento denominado ficha de remisión de situaciones<br />

convivenciales tipo II y III<br />

3. La coordinación de Bienestar estudiantil al recibir la denuncia,<br />

adoptará las medidas necesarias para proteger a los involucrados en<br />

el conflicto, para lo cual podrá solicitar la colaboración del personal<br />

docente o administrativo que considere pertinente.<br />

4. La coordinación de Bienestar estudiantil informará de manera<br />

inmediata a los padres de familia o acudientes de todos los<br />

estudiantes involucrados y permitirá espacios para que los<br />

estudiantes en compañía de sus padres o acudientes puedan<br />

exponer y precisar lo acontecido.<br />

5. Expuestos los argumentos de cada una de las partes involucradas<br />

en los hechos y de quienes el directivo docente solicitó alguna<br />

versión para ampliar conocimiento sobre lo sucedido (al docente o<br />

personal administrativo que conozcan de la situación y estudiante no<br />

involucrado en la situación que tiene conocimiento de los hechos),<br />

se buscará la reparación de los daños, el restablecimiento de los<br />

derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones<br />

constructivas en el establecimiento educativo. Se diligencia la ficha<br />

de seguimiento a estudiantes.<br />

6. El Coordinador de bienestar estudiantil y/o rector procederá a<br />

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