26.12.2016 Views

Derechos indígenas

SCDqQ1

SCDqQ1

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

<strong>Derechos</strong> políticos y sistemas normativos <strong>indígenas</strong>. Caso Oaxaca<br />

de constitucionalidad, pues lleva a cabo una interpretación conforme<br />

al bloque de constitucionalidad y, si este se encuentra conformado<br />

por el bloque de convencionalidad, en el mismo ejercicio el juez efectúa<br />

el control difuso de convencionalidad.<br />

En otras palabras, el control de constitucionalidad debe atender el<br />

control de convencionalidad, esto es, que las normas constitucionales<br />

sobre derechos humanos deben interpretarse también de conformidad<br />

con los tratados internacionales y con la jurisprudencia convencional<br />

(Bustillo 2013, 19). De acuerdo con las consideraciones expresadas en<br />

la contradicción de tesis 293/2011, la nueva conformación del catálogo<br />

de derechos humanos no puede ser estudiada en términos de jerarquía<br />

ni tampoco para distinguir las normas en atención a la fuente de<br />

la que provienen.<br />

El control de convencionalidad implica no solo observar, confirmar<br />

o inaplicar una norma de acuerdo con los “parámetros” o el<br />

“estándar mínimo” del ius comunne (incluso las fuentes provenientes<br />

del derecho internacional de los derechos humanos) (bloque de<br />

constitucionalidad), sino que consiste en una serie de pasos que los<br />

“controladores”, los jueces y otras autoridades deben realizar al enfrentarse<br />

a resoluciones o toma de decisiones que involucren la protección<br />

de los derechos humanos.<br />

Todas las autoridades electorales estatales y federales tanto administrativas<br />

como jurisdiccionales deben aplicar el control de<br />

constitucionalidad-convencionalidad electoral, así como realizar<br />

un control de la Constitución y de la Convención mediante una<br />

interpretación conforme, y observar el bloque de constitucionalidad.<br />

En el caso del tepjf, además del artículo 1 de la cpeum, en el<br />

precepto 99 de la misma Carta Magna se establece su facultad para<br />

efectuar el control constitucional a las normas que se consideren<br />

inconstitucionales a los casos concretos.<br />

El control constitucional y convencional electoral está regido por<br />

los principios rectores cuyo objeto es hacer efectiva la aplicación y protección<br />

de los derechos humanos: el principio pro persona, el principio<br />

de progresividad, por una interpretación conforme a un parámetro de<br />

control de la regularidad constitucional, que incluye las normas sobre<br />

el ejercicio de los derechos político-electorales, y en la que se busca la<br />

armonización de las normas estudiadas, y finalmente la inaplicación<br />

de una norma considerada inconstitucional e inconvencional.<br />

35

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!