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Estatuto Canaprosucre

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4. Elaborar y ejecutar el proyecto de Educación Formal, No formal, informal y<br />

Superior.<br />

5. Presentar al Consejo informes semestrales sobre el desarrollo de las actividades<br />

programadas con el objeto de ser divulgadas en la Asamblea General.<br />

6. Elaborar el Plan de Desarrollo Educativo y Social de la Cooperativa, que<br />

incluya: diagnostico de la de Educación Cooperativa, recopilación, divulgación<br />

de la información, capacitación permanente, alineamiento de la página web,<br />

publicaciones, entre otros aspectos.<br />

7. Ofrecer personalmente el servicio de Educación Solidaria a asociados y no<br />

asociados en los ámbitos de la formación, promoción, capacitación, asistencia<br />

técnica, e investigación, en forma directa o a través de convenios, mediante la<br />

ejecución de programas que atiendan.<br />

a. Percibir de manera integral asociados como seres humanos, como<br />

personas, como agentes sociales de la localidad, la religión y el<br />

país; así como a quienes opten por participar en el modelo<br />

solidario.<br />

b. Desarrollar y fortalecer el modelo solidario para la generación de<br />

empleo, a través de organizaciones asociativas que permitan<br />

mejorar las condiciones de vida de los asociados y comunidad en<br />

general.<br />

c. Motivar a los asociados a que participen en la gestión de la<br />

cooperativa en el diseño y ejecución de planes y proyectos de<br />

desarrollo que incidan en la vida social, económica, política,<br />

administrativa, y cultural de la organización y su entorno.<br />

d. Incentivar la generación de conocimiento humanísticos, sociales,<br />

científicos, técnicos y gerenciales más avanzados que mediante la<br />

investigación permitan fortalecer la Cooperativa.<br />

e. Promover una cultura ecológica solidaria en los asociados para<br />

garantizar un desarrollo sostenible desde las actividades<br />

socioeconómicas que ejecuta.<br />

f. Contribuir a la formación en el respeto a la ley, estatuto,<br />

reglamento y principios que regulan las organizaciones solidarias.<br />

g. Desarrollar el sentido de pertenecía de los asociados hacia la<br />

Cooperativa y hacia el sector solidario para fomentar una cultura<br />

de autocontrol sobre la gestión de la misma.<br />

8. Fomentar la consolidación de una cultura solidaria en la región a través de la<br />

realización de eventos de integración cooperativa, académicos, científicos, de<br />

investigación, del arte y de la cultura en sus diferentes manifestaciones.<br />

9. Otras señaladas por el Consejo de Administración o la Asamblea General.<br />

PARÁGRAFOS. La Educación Solidaria será ofrecida por organismos cooperativos de<br />

segundo grado o por instituciones auxiliares del Cooperativismo o de la Economía<br />

Solidaria dedicadas a la educación Cooperativa debidamente autorizadas por entidad<br />

competente.<br />

ARTICULO 82. Comité de Crédito: Es el encargado de desarrollar las acciones<br />

relacionadas con todo lo referente a los créditos de la Cooperativa, exceptuando los de<br />

Emergencia, Educación, Mercancía y Consumo.<br />

ARTICULO 83. Funciones. Son funciones del Comité de Crédito.

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