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REVISTA PESCA MARZO 2018

La revista Pesca es un medio de información alternativo referido a temas del mar y de la pesquería. Proporciona información e ideas obtenidas de diversas fuentes, que exponen la temática de la pesca en el Perú y el mundo, con el objeto de contribuir a la formación de opinión propia en base a la lectura de las notas publicadas. Siendo la pesca una actividad poco difundida y poco conocida por el ciudadano común, pretende contribuir a la generación de mayor conocimiento individual derivada del análisis de los artículos. Se publica en forma mensual, en formato digital y su descarga es gratuita para quien desee conocer el sector pesquero y mantenerse informado sobre su temática.

La revista Pesca es un medio de información alternativo referido a temas del mar y de la pesquería. Proporciona información e ideas obtenidas de diversas fuentes, que exponen la temática de la pesca en el Perú y el mundo, con el objeto de contribuir a la formación de opinión propia en base a la lectura de las notas publicadas.

Siendo la pesca una actividad poco difundida y poco conocida por el ciudadano común, pretende contribuir a la generación de mayor conocimiento individual derivada del análisis de los artículos. Se publica en forma mensual, en formato digital y su descarga es gratuita para quien desee conocer el sector pesquero y mantenerse informado sobre su temática.

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emisión de la norma y solo se ha dado a conocer a la opinión<br />

publica algunas citas de los mismos en la exposición de motivos<br />

6 .<br />

Del documento de trabajo denominado: “LA ANCHOVETA Y<br />

LA ORDENACIÓN DE SU PESQUERÍA, EN EL CONTEXTO<br />

DE LA DINÁMICA DEL MAR PERUANO” al que finalmente<br />

tuve acceso, se pueden extraer las siguientes conclusiones:<br />

1) Que la ordenación pesquera en el mar peruano, está estrechamente<br />

ligada a las características del mar, y depende<br />

fuertemente del monitoreo de las condiciones climáticas.<br />

2) Que como quiera que la gran variabilidad ambiental es<br />

fuente de gran incertidumbre, la mejor estrategia de ordenación,<br />

ha sido el manejo adaptativo.<br />

3) Que la anchoveta, adaptada a la dinámica del ecosistema,<br />

presenta manifestaciones en sus características poblacionales<br />

altamente variables, particularmente relacionadas a su abundancia.<br />

4) El rol de la ordenación pesquera se centraliza en contribuir<br />

a reducir el impacto de la pesquería sobre sus poblaciones, y<br />

a mantener su resiliencia 7 ;<br />

5) Desde el año 2012, vivimos un periodo de características<br />

climáticas cálidas, con el desarrollo de un evento El Niño<br />

débil en 2014 y un evento El Niño fuerte entre 2015 y 2016,<br />

que se mantiene hasta la fecha.<br />

6) Este periodo es distinto al observado en la década previa;<br />

la anchoveta, ha tenido un comportamiento acorde con las<br />

condiciones climáticas cálidas preponderantes en estos últimos<br />

años, variando su estrategia de distribución espacial.<br />

7) Su capacidad de ocupar mayores espacios está limitada al<br />

poco espacio óptimo disponible, determinado por la presencia<br />

de Aguas Costeras Frías;<br />

8) En ese contexto, la conciliación de una explotación óptima<br />

con la conservación de los recursos vivos (objeto de la LGP)<br />

se enmarca en los principios de un manejo adaptativo,<br />

para lo cual hay que combinar dinámicamente distintos instrumentos<br />

de ordenación;<br />

9) Finalmente, cuando se trata de ordenar la pesca artesanal<br />

(y de menor escala), la administración pesquera debe abordar<br />

el manejo adaptativo en el más amplio contexto, pudiendo<br />

incluso asignar temporalmente mayor prioridad a criterios no<br />

biológicos en la regulación, acorde con las circunstancias ambientales,<br />

biológicas, sociales y económicas.<br />

En cuanto al "Informe análisis poblacional de la pesquería de<br />

anchoveta en el ecosistema marino peruano", al que también<br />

tuve acceso, este refiere que la pesca de anchoveta tiene tres (3)<br />

tipos de impactos en el ecosistema: tecnológico, biológico y productivo,<br />

siendo que el Impacto tecnológico se refiere al impacto mecánico<br />

de la red sobre los fondos cuando la altura de la red es mayor a la<br />

profundidad de la zona, que ocasionan a su vez una remoción de<br />

sulfuros que captan el oxígeno y la disminución del oxígeno en las<br />

capas de fondo donde habitan muchas especies de peces e invertebrados;<br />

mientras que el Impacto biológico se refiere al impacto de<br />

la pesca incidental dentro de la zona de 0 a 10 millas que son vitales<br />

para la pesca artesanal, que en la primera temporada de<br />

pesca norte-centro 2013, ha representado la extracción<br />

de alrededor de 59,467 toneladas de otras especies; y por<br />

último el impacto productivo se refiere al impacto de la<br />

pesquería de anchoveta a los largo de la historia en la producción<br />

de otros recursos que desde 1950 ha variado<br />

de acuerdo a la contribución de la anchoveta y que a<br />

su vez presenta fluctuaciones anuales, mientras que a<br />

inicios de los 90 hasta el 2012, los desembarques de anchoveta<br />

presentan una tendencia negativa y de la misma<br />

manera, los desembarques de otras especies presentan<br />

las mismas tendencias negativas que corrobora el rol de<br />

la anchoveta en el ecosistema marino costero, llegándose<br />

a la conclusión que la sobreexplotación de la anchoveta<br />

puede afectar no solo su sostenibilidad, sino también la de<br />

otras especies; y por ende los ingresos de todos los actores<br />

económicos vinculados con la extracción, procesamiento, almacenamiento,<br />

transporte y comercialización de los recursos<br />

pesqueros.<br />

Respecto del Decreto Supremo N° 005-2017-PRODUCE, publicado<br />

en el Diario Oficial El Peruano el día 14 de abril del<br />

2017, consideramos que en cuanto a su aspecto general, este<br />

Reglamento de Ordenamiento Pesquero realmente no tiene<br />

como fin promover preferentemente la industria de anchoveta<br />

para Consumo humano directo.<br />

En cuanto al Artículo 2, este define en el literal d) para efectos<br />

del presente Reglamento, como Embarcación de cerco<br />

artesanal o de menor escala: ¨Aquella que cuenta con<br />

una capacidad de bodega de hasta 32,6 metros cúbicos y una<br />

eslora de hasta 15 metros lineales.¨ E Indica que ¨Cuando,<br />

cualquiera de las operaciones de lance, cierre o cobrado de<br />

la red de cerco se realice con medios mecanizados u otros<br />

accionados con el motor de propulsión ubicado bajo la cubierta<br />

(motor central) o con el uso de un motor o equipo auxiliar<br />

conectado al motor de propulsión, la embarcación es considerada<br />

de menor escala.¨ Considero que esta norma infringe<br />

el Artículo 51° de la Constitución que establece el principio de<br />

Supremacía de la Constitución sobre toda norma legal; y de la<br />

ley, sobre las normas de inferior jerarquía. Además infringe el<br />

Revista Pesca Marzo <strong>2018</strong> 75

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