Castillo - Tribunal y su dinámica YUMPU
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Prólogo 31<br />
pertrechado. Pero por otro lado, ha pesado mucho la adopción<br />
de una tesis falaz, por más brillante que haya sido la<br />
cantera de la cual la extrajeron. Y ella es la que sostiene que el<br />
<strong>Tribunal</strong> Constitucional es un comisionado del poder constituyente.<br />
Y con esta tesis nuestro <strong>Tribunal</strong> re<strong>su</strong>lta casi en una<br />
altura celestial en donde puede hacer cualquier cosa y aun<br />
más cualquier dislate, como lo hemos visto en algún caso.<br />
La tesis, como se sabe, fue formulada por el eminente<br />
publicista Eduardo García de Enterría, y la hizo conocer sin<br />
mayores ahondamientos, en pleno proceso de la transición<br />
española a la democracia, en donde tanto se esperaba del<br />
<strong>Tribunal</strong> Constitucional, especialmente para llenar muchos<br />
cabos <strong>su</strong>eltos que ex professo había dejado el legislador constituyente<br />
(como fue el problema de la construcción del mapa<br />
autonómico). Pero esta frase, que se emparentaba con cierto<br />
sector de la doctrina norteamericana, válida en ese ambiente<br />
con las limitaciones propias de <strong>su</strong> sistema, fue formulada en<br />
España en otro contexto, en sentido más político que jurídico<br />
y sin olvidar <strong>su</strong> sentido prospectivo. Comisionado es el que<br />
cumple una comisión, o sea, un encargo que es precisamente<br />
hacer actuar la Constitución y no alterarla. Y desde un amplio<br />
punto de vista, como precisamente <strong>Castillo</strong> lo señala,<br />
comisionados hay varios, pues todos, públicos y privados,<br />
tenemos el deber de defender y hacer operativa la Constitución.<br />
Y así lo ha entendido la doctrina y la práctica española,<br />
en donde el <strong>Tribunal</strong> Constitucional no solo tiene sentencias<br />
más <strong>su</strong>stantivas y mejor armadas que las sentencias emitidas<br />
aquí, sino que no ha enmendado la plana a la misma<br />
Constitución, como aquí se ha pretendido hacer.<br />
Dicho en otras palabras, el concepto “comisionado del<br />
poder constituyente” es metafórico, tiene un sentido genérico,<br />
pero en rigor es inexacto si pretendemos como se ha pretendido,<br />
que el comisionado es, en cierto sentido un apoderado<br />
que tiene carta blanca para actuar, cuando la situación