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Propuestas STC 2019-22

Estas son algunas de las propuestas que con tu colaboración pueden hacerse realidad

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DEMOSLE LA VUELTA<br />

PLAN DE PENSIONES Y SEGURO DE RIESGO<br />

SITUACIÓN ACTUAL:<br />

El plan de Pensiones de Empleados de<br />

Telefónica fue constituido el 21 de<br />

diciembre de 1992 como un plan de<br />

empleo, en el que tanto el empleado<br />

como el promotor realizan<br />

aportaciones mensuales.<br />

El promotor realiza una aportación<br />

mensual al plan de pensiones del<br />

trabajador en función de la fecha de<br />

entrada a la empresa. Si la entrada<br />

fue antes del 30/06/1992 la empresa<br />

aporta el 6,87% del salario regulador,<br />

y si fue posterior al 30/06/92, la<br />

aportación es del 4,51%<br />

Los acuerdos de previsión social del 3<br />

de noviembre de 1992 determinaron<br />

que el importe consolidado del Plan de<br />

Pensiones formará parte de la<br />

indemnización del SEGURO DE<br />

RIESGO, por lo que, a mayor capital<br />

aportado al plan de pensiones, menor<br />

importe indemniza la aseguradora.<br />

Esta concurrencia de cantidades da<br />

como resultado que, en caso de<br />

indemnización, el trabajador ha<br />

abonado con su aportación al Plan de<br />

Pensiones, una parte de la<br />

indemnización recibida. Sin embargo,<br />

en lo referente a la designación de<br />

beneficiarios, la concurrencia no<br />

existe. Si el trabajador no designa los<br />

mismos beneficiarios en el plan de<br />

pensiones (FONDITEL) y el seguro de<br />

riesgo (ANTARES), es posible que sus<br />

beneficiarios se encuentren con<br />

sorpresas desagradables.<br />

El órgano de dirección del Plan de<br />

Pensiones es la Comisión de Control.<br />

Hasta 2003, los representantes de los<br />

partícipes y beneficiarios de la<br />

comisión de control se elegían<br />

mediante proceso electoral. A partir<br />

de ese año, los representantes se<br />

eligen por designación directa, con la<br />

consiguiente merma democrática. En<br />

2011 una sentencia favorable en el<br />

Tribunal Constitucional obligó a<br />

realizar el proceso electoral de nuevo,<br />

pero solo para los representantes de<br />

los beneficiarios (2 miembros). Los<br />

partícipes no tienen derecho a elegir.<br />

NUESTRA PROPUESTA:<br />

Desde <strong>STC</strong> “Démosle la vuelta”<br />

PROPONEMOS:<br />

• Elecciones a la Comisión de<br />

Control del Plan de Pensiones.<br />

Que sean para todos los<br />

partícipes y los beneficiarios. En<br />

su defecto, los representantes<br />

de los partícipes en la Comisión<br />

de control tendrán una<br />

representación proporcional a<br />

la del Comité Intercentros.<br />

• Reclamar que para todos los<br />

empleados activos el promotor<br />

haga el mismo aporte del 6,87%<br />

de su salario regulador<br />

independientemente de su fecha<br />

de entrada en la compañía.<br />

• Que las inversiones que se<br />

realicen no sean tan<br />

especulativas y se invierta<br />

menos en renta variable. Debido<br />

a la media de edad de los<br />

partícipes que actualmente es<br />

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