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Cuaderno de Análisis Gestión Pública Territorial de la Seguridad Ciudadana

Edicion No. 1 - Volumen No. 2 Aprendizaje para la Gestión Pública

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Aprendizaje para la Gestión Pública

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Cuaderno de Análisis No. 2

a las quejas, denuncias, peticiones o reconocimientos reportados en relación

con la función y la actividad de policía en cada jurisdicción.

Junto con lo anterior, es necesario empezar a diseñar nuevos mecanismos,

sistemas o formas de recoger información que resulten útiles para realizar

seguimiento y evaluación a la aplicación del Código Nacional de Policía y

Convivencia. Así como, para la toma de decisiones en las materias que este

contempla. Algunos de estos mecanismos o sistemas serán de carácter local,

seccional y otros del orden nacional. La sinergia que exista entre los mismos,

la forma como se recojan los datos, se procesen y analicen, permitirá tener

mayor comprensión sobre los problemas públicos ligados a la indisciplina o

el desorden social, así como al control social que se ejerce por parte de las

autoridades (externo) y los ciudadanos (interno).

En este orden de ideas, la expedición del nuevo Código Nacional de Policía y

Convivencia y su entrada en vigencia el 30 de enero de 2017, es una variable

fundamental que altera el normal funcionamiento de las demás categorías

de instrumentos para la gestión pública territorial de la seguridad ciudadana.

Además, que amplia y dispone nuevas reglas de juego para las autoridades

político-administrativas territoriales en este ámbito de acción específico.

La apropiación e implementación del Código Nacional de Policía y Convivencia

se da en el ámbito local bajo el liderazgo de las autoridades territoriales,

con el apoyo de las entidades del orden nacional y a través de la

participación y aprehensión por parte de los ciudadanos. Para su adecuada

implementación, se requiere de múltiples capacidades locales, que no sólo

están representadas en la existencia de infraestructura especializada para

ciertas temáticas, sino en el fortalecimiento de capacidades en materia de

recursos humanos, administrativos, nuevas tecnologías de la información y

las comunicaciones y capital social positivo alrededor de la implementación

de esta normativa. A continuación, se clasifican las capacidades que demanda

la implementación efectiva de la Ley 1801 de 2016, haciendo la salvedad

de que al referirse a la generación de capacidades en las instituciones, estas

últimas deben ser entendidas en su sentido amplio y no sólo como entidades

organizacionales. Razón por la que es importante comprender que la

Ley 1801 de 2016, en la medida en que modifica instituciones y formas de

actuación de las organizaciones, entendidas estas como entidades, implica

un proceso de largo aliento, puesto que es un proceso entre seres humanos

que deben modificar sus comportamientos sopesando múltiples variables en

cada momento.

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