You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
10 Viernes 22 de octubre de 2021 CLASIFICADOS
Diario Co Latino
EDICTO
SANTOS BALMORIS PEÑA
ALFARO, Notario, del domicilio
de Cojutepeque, Departamento
de Cuscatlán, con oficina
situada en Final novena
avenida norte, frente a cruz
roja, Ciudad de Cojutepeque,
departamento de Cuscatlán.
Al público para los efectos
de Ley HACE SABER: Que
RUFINO EFRAIN ESCOBAR
ESPINOZA, se ha presentado
ante mis Oficios Notariales,
solicitando Diligencias de
la Jurisdicción Voluntaria de
TITULACION DE PREDIO
URBANO, a su favor, sobre
un inmueble de naturaleza
urbano, con construcciones,
situado en los Suburbios del
Barrio El Calvario, de la Villa
de Jutiapa, Departamento de
Cabañas; de una extensión
superficial de DIECIOCHO
MIL CIENTO CINCUENTA
PUNTO DIECISIETE ME-
TROS CUADRADOS, de
las medidas y linderos siguientes:
LINDERO NORTE,
colindando con inmueble en
sucesión de Oliverio Fuentes
Chávez, así como también
con los inmuebles propiedad
de los señores Santos
Pedro Echeverría, Rufino
Efraín Escobar Espinoza y
Pedro Echeverría. LINDERO
ORIENTE, colindando con
inmuebles propiedad del
señor Jesús Ventura Argueta
Escobar; LINDERO SUR,
colindando con inmuebles
propiedad de los señores
Roberto Rosa Peña, Aníbal
Lara, Jesús Ventura Argueta,
Yancy Yaneth Rodríguez
Tobar, Blanca Peña, Santos
Miranda Lara, y Lorenzo
Recinos Rodas, calle vecinal
de por medio. LINDERO
PONIENTE colindando con
inmuebles propiedad de los
señores Esmeralda Tobar y
del solicitante señor Rufino
Efraín Escobar Espinoza.
Dichos colindantes son actuales
y del mismo domicilio
del solicitante; el inmueble
a titular no es dominante,
ni sirviente, ni pertenece
al Estado, no es ejidal; ni
está en proindivisión, y no
tiene cargas o derechos que
pertenezcan a terceras personas
o a la Municipalidad;
que desde su adquisición por
más de diez años sumando
la posesión de su tradente,
por lo que unida la posesión
de su tradente, data más de
diez años de posesión, tal
como lo dispone el artículo
setecientos cincuenta y seis
del Código Civil; ha poseído
el inmueble en forma quieta,
pacífica e ininterrumpida,
pero carece de Título de
dominio inscrito; y lo valúa en
DIEZ MIL DOLARES, de los
Estados Unidos de América.-
Lo pone en conocimiento del
público, para los efectos de
Ley. Librado en mí oficina
jurídica, en la ciudad de Cojutepeque,
Departamento de
Cuscatlán, a los diecinueve
días del mes de octubre del
año dos mil veintiuno.-
SANTOS BALMORIS
PEÑA ALFARO
ABOGADO Y NOTARIO
3a. Publicación
(20-21-22 de
Octubre/2021)
JORGE ALBERTO MARMOL
MENDEZ, Notario, de este
domicilio, con oficina jurídica,
ubicada en Avenida Central
Norte, Número tres, segunda
planta, edificio la Campana,
de esta ciudad, HACE SA-
BER: Que por resolución del
suscrito Notario proveída a
las diez horas de este mismo
día, se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio
de inventario la herencia Testamentaria
que a su defunción
ocurrida el día diecinueve de
Junio del año dos mil veintiuno,
en Rivas, Municipio de Rivas,
República de Nicaragua, siendo
la ciudad Santa Tecla, Departamento
de la Libertad, su último
domicilio, dejó el señor SALVA-
DOR EDUARDO MAYORGA
ECHEVERRÍA, de parte de
la señora EMPERATRIZ EU-
GENIA MAYORGA CABEZAS,
en su concepto de Heredera
Testamentaria del causante,
habiéndosele conferido la administración
y representación
interina de la sucesión, con las
facultades y restricciones de
los curadores de la herencia
yacente- En consecuencia por
este medio se cita a todos los
que se crean con derecho a
la referida herencia, para que
se presenten a dicha oficina
en el término de quince días
contados desde el siguiente a la
última publicación del presente
edicto- Librado en la oficina
del Notario JORGE ALBERTO
MARMOL MENDEZ.-
En la ciudad de Aguilares, a los
quince días del mes de Octubre
de dos mil veintiuno.-
LIC. JORGE ALBERTO
MARMOL MENDEZ
NOTARIO
2a. Publicación
(21-22-23 Octubre/2021)
JORGE ALBERTO MARMOL
MENDEZ, Notario, de este
domicilio, con Oficina jurídica
ubicada en Avenida Central
Norte, Número Tres, Segunda
Planta, Edificio la Campana,
de esta ciudad, HACE SABER:
Que por resolución del suscrito
Notario proveída a las diez
horas de este mismo día, se
ha tenido por aceptada expresamente
y con beneficio de
inventario la herencia Intestada
que a su defunción ocurrida a
la una hora cincuenta y cinco
minutos del día dieciocho de
Diciembre de dos mil quince, en
Hospital General, del Instituto
Salvadoreño del Seguro Social,
de la ciudad de San Salvador,
departamento de San Salvador,
siendo la ciudad de Aguilares,
departamento de San Salvador,
su último domicilio, dejó el señor
MIGUEL ANGEL MENJIVAR
AVELAR, de parte del señor MI-
GUEL ORLANDO MENJIVAR
SUAREZ, en su concepto de
hijo sobreviviente del causante,
habiéndosele conferido la
administración representación
interina de la sucesión con las
facultades y restricciones de
los curadores de la herencia
yacente.- En consecuencia por
este medio se cita a todos los
que se crean con derecho a la
referida herencia, para que se
presenten a dicha oficina en el
término de quince días contados
desde el siguiente a la última
publicación del presente edicto.
Librado en la oficina del Notario
JORGE ALBERTO MARMOL
MENDEZ-
En la ciudad de Aguilares, a
trece días del mes de Octubre
de dos mil veintiuno.
LIC. JORGE ALBERTO
MARMOL MENDEZ
NOTARIO
2a. Publicación
(21-22-23 Octubre/2021)
JORGE ALBERTO MARMOL
MENDEZ, Notario, de este domicilio,
con oficina jurídica, ubicada
en Avenida Central Norte,
Número tres, segunda planta,
edificio La Campana, de esta
ciudad, HACE SABER: Que por
resolución del suscrito Notario
proveída a las once horas de
este mismo día, se ha tenido
por aceptada expresamente
y con beneficio de inventario
la herencia Testamentaria que
a su defunción ocurrida a la
una hora veinte minutos, del
día veintiséis de Septiembre
de dos mil doce, en Colonia
Girón Avenida Troncal Sur
número veintiséis, Aguilares,
departamento de San Salvador,
siendo la ciudad de Aguilares,
Departamento de San Salvador,
su último domicilio, dejó el
señor APOLINARIO GALLAR-
DO CERON, de parte de los
señores ANTONIA AQUILINA
GALLARDO AYALA, MAR-
GARITA GALLARDO AYALA,
MARIA JULIA GALLARDO DE
AGUILUZ, y LEONIDAS ADAL-
BERTO GALLARDO AYALA, en
sus conceptos de Herederos
Testamentarios del causante,
habiéndoseles conferido la administración
y representación
interina de la sucesión, con
las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia
yacente.- En consecuencia por
este medio se cita a todos los
que se crean con derecho a
la referida herencia, para que
se presenten a dicha oficina
en el término de quince días
contados desde el siguiente a la
última publicación del presente
edicto. Librado en la oficina
del Notario JORGE ALBERTO
MARMOL MENDEZ.- En la
ciudad de Aguilares, a los trece
días del mes de Octubre de dos
mil veintiuno.
LIC. JORGE ALBERTO
MARMOL MENDEZ
NOTARIO
2a. Publicación
(21-22-23 Octubre/2021)
JORGE ALBERTO MARMOL
MENDEZ, Notario, de este
domicilio, con oficina jurídica,
ubicada en Avenida Central
Norte, Número Tres, Segunda
Planta, Edificio La Campana,
de esta ciudad, HACE SA-
BER. Que por resolución del
suscrito Notario proveída a
las doce horas de este misma
día, se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio
de inventario la herencia Testamentaria
que a su defunción
ocurrida a las diecisiete horas y
treinta minutos del día dieciséis
de Octubre del año dos mil diez,
en Barrio La Vega, Jurisdicción
de Colón, departamento de La
Libertad, siendo la ciudad de
Colón, departamento de La Libertad,
su último domicilio, dejó
la señora ANTONIA PAREDES
DE CABRERA, conocida por
ANTONIA PAREDES, de parte
del señor FRANCISCO AN-
TONIO CABRERA CRESPIN,
en su concepto de Heredero
Testamentario de la causante,
habiéndosele conferido la administración
y representación
interina de la sucesión, con
las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia
yacente. - En consecuencia por
este medio se cita a todos los
que se crean con derecho a la
referida herencia, para que
se presenten a dicha oficina
en el término de quince días
contados desde el siguiente a la
última publicación del presente
edicto.- Librado en la oficina
del Notario JORGE ALBERTO
MARMOL MENDEZ.-En la
ciudad de Aguilares, a los
dieciocho días del mes de
Octubre de dos mil veintiuno.-
LIC. JORGE ALBERTO
MARMOL MENDEZ
NOTARIO
2a. Publicación
(21-22-23 Octubre/2021)
No. de Expediente :
2021198764
No. de Presentación:
20210327374
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGIS-
TRADOR HACE SABER:
Que a esta oficina se ha presentado
ALEJANDRA MARIA
SANDOVAL RODRIGUEZ, de
nacionalidad SALVADOREÑA,
en su calidad de PROPIETA-
RIO, solicitando el registro de
la MARCA DE PRODUCTO,
consistente en: las palabras
NAZ BEAUTY CARE y diseño,
traducidas como NAZ
CUIDADO DE BELLEZA, que
servirá para: AMPARAR: ACEI-
TES ESENCIALES, ACEITES
NATURALES, SHAMPOOS,
ACONDICIONADORES, TRA-
TAMIENTOS PARA CABELLO:
PROTEINAS PARA CABELLO,
SUEROS CAPILARES, MAS-
CARILLAS PARA CABELLO,
GOTAS PARA CABELLO;
CREMAS CORPORALES,
EXFOLIANTES CORPORA-
LES y FACIALES, JABONES:
JABONES FACIALES, JABO-
NES LIQUIDOS, JABONES EN
BARRA, JABONES ANTlBAC-
TERIALES PARA MANO:
GELATINA PARA CABELLO;
GEL ALOE VERA; FILTROS
SOLARES; CREMAS FACIA-
LES; SUEROS FACIALES;
GEL PARA DEPILAR; PRO-
DUCTOS PARA CUIDADO E
HIGIENE PERSONAL. PRO-
DUCTOS PARA CUIDADO DE
LA PIEL, PRODUCTOS PARA
CUIDADO FACIAL, PRODUC-
TOS PARA CUIDADO DE
UÑAS, MAQUILLAJE, DES-
ODORANTES, PRODUCTOS
DE CUIDADO DE BELLEZA
PARA MUJERES, HOMBRES,
NIÑOS. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el
día veintidós de septiembre
del año des mil veintiuno, RE-
GISTRO DE LA PROPIEDAD
INTELECTUAL, Departamento
de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiocho de septiembre
del año dos mil veintiuno.
Herminia Elizabeth Lozano
Zelidón
Registradora
2a. publicación
(20-22-27 Octubre/2021)
ORACIÓN
MILAGROSA
Confió en Dios con todas
mis fuerzas, por eso pido
a Él que ilumine
mi camino y otorgue
la gracia que tanto
deseo.
(Mándela a publicar y
observe lo que ocurre
en el cuarto día).
(Rosalba)
OH BENDITO SAN JUDAS
TADEO, APOSTOL Y MARTIR,
GRANDE EN VIRTUD Y
ABUNDANTE EN MILAGROS,
FAMILIAR CERCANO
DE JESUCRISTO, FIEL
INTERCESOR DE TODOS
QUIENES TE INVOCAMOS
TU PATRONATO ESPECIAL
EN TIEMPO DE NECESIDAD
A TI RECURRO DESDE EL
FONDO DE MI CORAZÓN Y
HUMILDEMENTE IMPLORO
A TI SAN JUDAS TADEO QUE
CUMPLES MILAGROS Y AYUDAS
A QUIENES YA NO TIENEN
ESPERANZA.
A TI A QUIEN DIOS HA
OTORGADO ESE GRAN PODER
PARA VENIR EN MI AUXILIO,
AYÚDAME EN ESTA PETICIÓN
ACTUAL Y URGENTE. A CAMBIO
TE PROMETO DAR A CONOCER
TU NOMBRE Y HACER QUE
OTROS TE REINVOQUEN.
(Se debe prometer la publicación).
SAN JUDAS TADEO REZA POR
TODOS QUIENES INVOCAMOS
TU AYUDA. AMÉN
Reza la oración durante 9 días, 9
veces al día en un lugar cerrado y
solo, pidiendo 3 milagros, los que
verás cumplidos antes de terminar
esta novena. Debes difundir esta
Oración.
En Agradecimiento por Tres
milagros Recibidos.
(Efraín B.)
ORACIÓN PARA LOS
CASOS MÁS DIFÍCILES
Brazo poderoso del
Sagrado Corazón de Jesús,
ante tí vengo con la fe de
mi alma cristiana, a buscar
consuelo en tan difícil
situación para mí, no me
desampares las puertas
que han de abrirse en
mi camino, sea tu brazo
poderoso el que las abra o
las cierre, para devolverme
la tranquilidad que tanto
ansío.
Aquí ante tu imagen, a tus
plantas dejo la necesidad
de mi súplica, que hace
un corazón afligido por los
golpes del cruel destino,
que se siente vencido a toda
lucha y no puede combatir
si tu brazo poderoso no la
detiene, sucumbirá ante la
fuerza de la razón humana.
Brazo poderoso asísteme,
ampárame y condúceme
a la gloria celestial Amén.
Pedir tres cosas difíciles y
rezar esta oración durante
15 días empezando un
viernes publicar antes de
los 8 días
(Alejandra)
ventas@diariocolatino.com
Tel. 2222-1009,
2271-0671, 2271-1303