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V 37 N 95

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SARMIENTO-FRANCO, J.F., SOSA-ALCARAZ, M.A., EASTMOND-SPENCER, A, Y GIJON-NOH, E.M.

Gudynas (2011), reconoce diferentes maneras de concebir la

sustentabilidad: la primera es desarrollo sustentable débil,

donde se acepta la crisis ambiental actual y se postula que es

necesario promover un desarrollo que no destruya su base

ecológica, considerando que el desarrollo responde al

crecimiento económico y tomando a la naturaleza como parte

de un mercado de recursos. El segundo enfoque es el

desarrollo sustentable fuerte, considera que no es suficiente

integrar la naturaleza al mercado y resalta la necesidad de

asegurar los componentes de cada ecosistema.

Finalmente, Gudynas (2011), enfatiza como último enfoque

que la sustentabilidad súper-fuerte comprende una pluralidad

de valoraciones de la naturaleza. En la dimensión ética,

además de los valores económico y ecológico, se reconocen

valoraciones sociales, culturales, estéticas, religiosas, entre

otras. En efecto, las personas despliegan múltiples

valoraciones sobre el ambiente que les rodea y como actores

sociales establecen una relación directa como promotores de

su propio desarrollo siendo corresponsables con la Tierra y

los recursos que ésta les provee.

Por otro lado, Marañón (2021), replantea que la

“sustentabilidad” descolonial, tendría una potencialidad

mayor a la sustentabilidad superfuerte, la misma que supera

a la “sustentabilidad” débil y fuerte, ya que implica la crítica

al desarrollo, al progreso y al capitalismo, introduce una

valoración de la naturaleza, misma que pone en evidencia una

consideración entre la justicia ambiental y la justicia

ecológica, asociada a una perspectiva biocéntrica sobre la

naturaleza.

Asimismo, desde la crítica ecológica fue emergiendo una

idea de sustentabilidad vinculada a la necesidad de establecer

límites a la acumulación capitalista y de practicar otras

formas de vida que cuidaran los ecosistemas y estableciera

una relación respetuosa entre los humanos y la “naturaleza”.

Por lo tanto, vendría a evidenciar lo que estaba sucediendo

en el planeta con los temas de pobreza, desigualdad y

deterioro de la naturaleza. Esto viene a confirmar que se debe

proponer una sustentabilidad considerando lo ambiental, lo

ecológico y lo intercultural, que llevan a prácticas

alternativas de sociedad, con el fin de multiplicar el respeto,

la complementariedad y la reciprocidad con la madre tierra,

atendiendo los problemas de pobreza y desigualdad que se

producen y reproducen por el funcionamiento de la

acumulación capitalista (Marañón, 2021).

Situación de la propiedad social y el parcelamiento de los

núcleos agrarios en la Península de Yucatán

De acuerdo con la Ley Agraria de 1992, el ejido típico se

conforma por tres tipos de tierras: tierras parceladas, tierras

de uso común y tierras de asentamiento humano. Las tierras

parceladas son aquellas asignadas a ejidatarios de manera

individual o colectiva (grupos de ejidatarios), que cuentan

con certificados parcelarios registrados ante el RAN. Las

tierras parceladas pueden cambiar de régimen de propiedad

y pasar a dominio pleno. Este cambio supone la

desincorporación de la tierra ejidal y su conversión a

propiedad privada. Esta conversión es realizada por los

titulares de las parcelas de manera individual en aquellos

ejidos donde la asamblea aceptó el cambio a dominio pleno

(Deniau et al, 2020).

Las tierras del asentamiento humano están compuestas por

los terrenos donde se ubica la zona de urbanización y su

fundo legal. El fundo legal y el asentamiento urbano son

tierras destinadas a usos habitacionales de los ejidatarios y

demás vecinos, y fueron asignados o reconocidos con la

dotación cuando los ejidos se crearon. Por su parte, las

reservas territoriales son áreas creadas tras el paso de

PROCEDE por la Asamblea general de ejidatarios (Deniau

et al, 2020).

En la Península de Yucatán el porcentaje de propiedad social

supera la media nacional que es del 51%, con el 53.2% en

Yucatán, 55.8% en Campeche y 84.3% en Quintana Roo. El

reparto agrario en la región se realizó fundamentalmente

como dotación de ejidos, con tan solo dos comunidades

(agrarias) reconocidas en Yucatán: Tekax y Progreso en

municipios del mismo nombre. Algunas de las características

principales de la propiedad social en la Península, son: el

predominio de tierras de uso común ejidal, que en 2017 el

porcentaje de las tierras de uso común ejidal a nivel nacional

era del 49%. En la Península de Yucatán este porcentaje era

mayor: 69.9% en Yucatán, 65.9% en Campeche y 94.4% en

Quintana Roo. Este alto porcentaje se debe a que durante el

paso del programa PROCEDE entre 1993 y 2006 la mayoría

de los ejidos optó por mantener sus tierras de uso común

(Deniau et al, 2020).

Asimismo, se da un alto porcentaje de superficie forestal en

las zonas de uso común de los ejidos. De acuerdo con datos

de Registro Agrario Nacional RAN (2019) y CONABIO

(2015) el 47% de la superficie forestal en Campeche, 44% en

Yucatán y 66% en Quintana Roo se encuentra en propiedad

social. En total el 53% de la superficie forestal en la

Península de Yucatán se ubica en ejidos y en la Tabla 1 se

puede ver cómo se encuentra conformada la estructura de la

propiedad social en la Península de Yucatán.

Por otro lado, de acuerdo con Deniau et al, (2020), en 1992

fue reformado el Artículo 27 de la Constitución mexicana

que rige los bienes y recursos de la nación, incluyendo la

tierra, el subsuelo y las aguas. La reforma tuvo varios

objetivos entre ellos: finalizar el reparto de tierras vía la

reforma agraria y abrir al mercado aquellas tierras dotadas o

restituidas como ejidos y comunidades. Para implementar los

cambios legales de la nueva Ley Agraria, en 1993 se creó el

Programa de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación

de Solares (PROCEDE). El programa PROCEDE

regularizaba la tenencia de la tierra, fijando los límites de los

ejidos que lo aceptaron y otorgaba títulos individuales de

derechos, ya fuera de uso común y/o de parcelas en aquellos

ejidos que hubieran aceptado parcelar.

REVISTA DEL CENTRO DE GRADUADOS E INVESTIGACIÓN. INSTITUTO TECNOLÓGICO MÉRIDA Vol. 37 NÚM. 94 3

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