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V 37 N 95

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IMPACTO DE LA URBANIZACIÓN DE MÉRIDA EN DZITYÁ: ACONTECIMIENTOS Y SUSTENTABILIDAD

Tabla 1. La propiedad social en la Península de Yucatán

Yucatán Campeche

Quintana

Roo

Superficie ejidal registrada en hectáreas

(RAN indicadores básicos 2017)

2’190,238.5 3’000’983.7 2’758,241.05

Propiedad social por entidad federativa

(%) (XII Censo Ejidal 2007)

53.2 55.8 84.3

Núcleos agrarios 2018 (RAN

indicadores básicos propiedad social)

738 ejidos

2 comunidades

386 ejidos

0 comunidades

282 ejidos

0 comunidades

Superficie ejidal registradas con tierras

destinadas al uso común (ha) (RAN

indicadores básicos de la propiedad

1’524.789.18 1’977,982.11 2’604,370.7

social)

Tierra de uso común 2017 (%) 69.62 65.91 94.42

Superficie de tierras con cambio de

destino (ha) Post-PROCEDE (1994- 103,575.5 43,260 46,670.2

2018)

Superficie de tierras con cambio a

dominio pleno (ha) (1994-2018) (RAN)

78,142.99 65,967.04 46,670.2

Ejidatarios (2017) (RAN indicadores

básicos de la propiedad social)

107,305 56,515 38,233

Total de sujetos agrarios 2017 (RAN

indicadores básicos de la propiedad

social)

123,071 63,310 41,889

Fuente: Tomado de Geocomunes, elaborado a partir de datos provisto por el

RAN

En la Península de Yucatán el programa PROCEDE pasó en

1,248 ejidos (264 en Campeche, 708 en Yucatán y 276 en

Quintana Roo). Por otro lado, en la actualidad el valor de la

tierra ejidal es alto por los intereses que sobre éstos tienen los

capitales asociados con el desarrollo urbano, turístico,

agroindustrial (Torres-Mazuera y Gómez Godoy, 2020). El

parcelamiento de tierras ejidales en la región se observa

asociado a tres fenómenos: el proceso de urbanización de los

ejidos colindantes a la ciudad de Mérida, donde además de

parcelar tierras, también se cambiaron a dominio pleno, y con

ello salieron del régimen de propiedad ejidal. También se

observa parcelamiento en la región ganadera de Yucatán al

oriente del estado, en donde destaca el municipio de Tizimín,

y al sur del estado, en los municipios de Tzucacab y Peto

(Deniau et al, 2020).

Figura 1. Tierras de uso común, parceladas y con cambio a dominio pleno

en la Península de Yucatán

Fuente: Tomado de Geocomunes, elaborado a partir de datos provisto por RAN

Acaparamiento de tierras y expansión capitalista en la

Península de Yucatán

El acaparamiento de tierras en el sureste es un fenómeno

prácticamente inexistente, dado el pequeño porcentaje

(menor al 5 %) de conversión de tierras ejidales a propiedad

privada. Sin embargo, como se describirá más adelante, estas

afirmaciones no consideran los cambios en la estructura

interna de los núcleos agrarios que generan la privatización y

la mercantilización de las tierras de uso común ejidal. En

particular, en regiones donde este tipo de tierras superan la

media nacional, como la PY (Yucatán y Quintana Roo), y se

han convertido en lugares atractivos para la inversión

capitalista, la cual ha logrado el acaparamiento mediante

diferentes mecanismos legales y extra-legales (cambios de

destino, enajenación y contratos de usufructo) de grandes

extensiones de tierras (Torres-Mazuera et al, 2020).

Asimismo, el análisis del acaparamiento reciente de tierras

ejidales en la PY debe considerar, además, la economía

política detrás de este proceso; en específico, la lógica

extractivista que implica no solo la extracción intensiva de

un recurso natural para la exportación, sino: 1) un modo de

apropiación monopólica de una riqueza previa, que puede ser

de índole variada; 2) que genera pocos o nulos beneficios

económicos a la población local, y 3) que conlleva

externalidades negativas como la destrucción de paisajes y

biodiversidad, la contaminación, el desempleo o la

degradación en la calidad del trabajo y el desplazamiento de

población indígena. En este marco de análisis,

caracterizamos que el acaparamiento de tierras en la PY

como un proceso que permite la incorporación de la tierra

ejidal al mercado, bajo una modalidad de apropiación

monopólica para fines capitalistas (acaparamientos) y una

lógica extractivista que genera pocos beneficios sociales y

económicos para los ejidatarios y ejidos (Torres-Mazuera et

al, 2020).

Una particularidad del contexto mexicano es que el

acaparamiento de tierras implica procedimientos que violan

la Ley Agraria y otras legislaciones que regulan el

ordenamiento territorial. Como describimos más adelante,

los procedimientos ilegales o de simulación legal han sido

facilitados por una red de actores con poder económico y

político, que periodistas y académicos identifican como

mafia agraria. Para Marín Guardado (2015), se trata de una

compleja red de personas e instituciones que sirven para dar

cauce a trámites oficiales agrarios, catastrales, juicios,

peritajes, compromisos, orientados a obtener tierras de

propiedad colectiva a bajo precio y por cualquier medio legal

o extralegal, para después concretar transacciones

comerciales de gran utilidad en el ramo de los bienes raíces.

Según Torres-Mazuera et al (2020), una buena parte de los

ejidos peninsulares cuentan con cubierta forestal: en el 2019,

el 53 % de la superficie forestal se encontraba bajo tenencia

ejidal. A esta riqueza se añade la biodiversidad de flora y

fauna, la abundancia de agua subterránea y cenotes, así como

el viento. Por otro lado, la riqueza de las tierras ejidales reside

en la población que vive en los ejidos y en la forma de

tenencia comunal predominante: el 94.4 % en Quintana Roo,

el 69.9 % en Yucatán y el 65.9 % en Campeche. La riqueza

asociada al capital humano de los ejidos deriva de cierta

cohesión comunitaria, actividades productivas (milpa y

apicultura) y una organización social vinculada a la cultura

campesina maya. Es fundamental considerar que la

4 REVISTA DEL CENTRO DE GRADUADOS E INVESTIGACIÓN. INSTITUTO TECNOLÓGICO MÉRIDA Vol. 37 NÚM. 94

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