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QUORUM28

La presente edición N° 28 de Quorum vuelve al formato impreso que siempre tuvo la revista desde sus inicios. Nos vimos obligados a llegar a ustedes a través del formato digital por la situación sanitaria que atravesamos por un largo periodo de tiempo. Por ello, sin abandonar esta última, a partir de ahora llegaremos a través de ambas modalidades para mayor comodidad de nuestros lectores [...]

La presente edición N° 28 de Quorum vuelve al formato impreso que siempre tuvo la revista desde sus inicios. Nos vimos obligados a llegar a ustedes a través del formato digital por la situación sanitaria que atravesamos por un largo periodo de tiempo. Por ello, sin abandonar esta última, a partir de ahora llegaremos a través de ambas modalidades para mayor comodidad de nuestros lectores [...]

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QUORUM Ed. 28

sede judicial si existe la posibilidad de solicitar la

reducción de la penalidad, bajo criterios de equidad

y equilibrio contractual 4 .

Por tanto, sin que la presente lista comprenda supuestos

únicos de incumplimiento de un NDA, configurará

tal supuesto, cuando la parte receptora de

información sensible o confidencial:

a) Revele dicha información a un tercero no

autorizado.

b) Use o divulgue la información, sin seguir

el procedimiento detallado en el acuerdo.

c) Utilice la información para un fin distinto

al acordado.

d) Divulgue la información con la finalidad

de perjudicar a la emisora y propietaria.

e) No adopte mecanismos de seguridad

para garantizar el cuidado de la información.

Finalmente, es posible concluir considerando a un

NDA como una herramienta útil que permite proteger

información considerada por su propietaria

como, información confidencial o sensible, la cual

será proporcionada para la ejecución de contratos;

en tal sentido, con la suscripción de un NDA

será exigible la no divulgación y/o uso de la información

para fines distintos a los regulados por las

partes; por lo que en caso de que la receptora de

la información, viole la prohibición antes señalada,

el emisor (propietario) podrá solicitar el cese

de dicha filtración, así como la restitución del daño

irrogado; sin perjuicio de pedidos adicionales, tales

como la prohibición de competencia, destrucción

de la base de datos que contenga la información,

solicitud de devolución del íntegro de la información

y atribución de titularidad, en caso de uso de

la información para fines de competencia en el

mercado.

4. Vidal, R. (2019). La cláusula penal en la práctica contractual

Elaboración y revisión de

contratos comerciales y civiles

Todas las relaciones contractuales y

comerciales se encuentran respaldadas por

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cumplir con las obligaciones legales y

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acerdena@munizlaw.com

08

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