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Guía Básica del Trabajador: Preguntas y ... - LaboraPeru.com

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<strong>Guía</strong> <strong>Básica</strong> <strong>del</strong> <strong>Trabajador</strong>: <strong>Preguntas</strong> y Respuestas<br />

Si quieres calcular el depósito <strong>del</strong> semestre <strong>com</strong>pleto divide la<br />

remuneración <strong>com</strong>putable entre 2. Por ejemplo: 1,400 entre 2 es<br />

igual a 700 soles.<br />

Si quieres calcular meses menores a 6 divides la remuneración<br />

<strong>com</strong>putable entre 12 y multiplicas por el número de meses<br />

laborados. Por ejemplo: si trabajaste sólo 5 meses en el semestre<br />

dividirías 1,400 entre 12 y multiplicarías por 5 dando <strong>com</strong>o<br />

resultado 583 soles.<br />

Si quieres calcular días divides la remuneración <strong>com</strong>putable entre<br />

360 y multiplicas por el número de días laborados. Por ejemplo: si<br />

quieres calcular la CTS de 10 días en el semestre dividirías 1,400<br />

entre 360 y multiplicarías por 10 dando <strong>com</strong>o resultado 38 soles.<br />

Para el semestre Mayo – Octubre:<br />

Determina tu sueldo de Octubre y agrégale 1/6 de la gratificación<br />

recibida en Julio. Ya tienes la remuneración <strong>com</strong>putable. Por<br />

ejemplo: 1,200 (sueldo de Octubre) más 200 (1/6 de la<br />

gratificación de Julio) es igual a 1,400 soles.<br />

Si quieres calcular el depósito <strong>del</strong> semestre <strong>com</strong>pleto divide la<br />

remuneración <strong>com</strong>putable entre 2. Por ejemplo: 1,400 entre 2 es<br />

igual a 700 soles.<br />

Si quieres calcular meses menores a 6 divides la remuneración<br />

<strong>com</strong>putable entre 12 y multiplicas por el número de meses<br />

laborados. Por ejemplo: si trabajaste sólo 5 meses en el semestre<br />

dividirías 1,400 entre 12 y multiplicarías por 5 dando <strong>com</strong>o<br />

resultado 583 soles.<br />

Si quieres calcular días divides la remuneración <strong>com</strong>putable entre<br />

360 y multiplicas por el número de días laborados. Por ejemplo: si<br />

quieres calcular la CTS de 10 días en el semestre dividirías 1,400<br />

entre 360 y multiplicarías por 10 dando <strong>com</strong>o resultado 38 soles.<br />

51. Yo trabajo para una empresa registrada <strong>com</strong>o PYME. ¿Me<br />

corresponde CTS?.<br />

Respuesta.- El régimen especial laboral regulado en el Decreto<br />

Supremo N° 007-2008-TR) establece que los trabajadores de pequeñas<br />

empresas tienen derecho a 15 remuneraciones diarias de CTS por año<br />

con un máximo de 90 remuneraciones diarias. Es decir, el máximo de<br />

CTS para estos trabajadores equivale a 6 años de labores.<br />

52. Yo no estoy en planillas ¿Me corresponde CTS?<br />

Respuesta.- Por supuesto. La CTS es un beneficio social de todo<br />

trabajador <strong>del</strong> régimen general de la actividad privada, no sólo de los<br />

que se encuentren en planillas. Lo que ocurre es que los empleadores<br />

normalmente no pagan CTS al personal que labora por fuera de<br />

planillas. En ese caso el trabajador puede solicitar al Ministerio de<br />

Trabajo una inspección de cumplimiento de obligaciones laborales o<br />

interponer una demanda laboral. Generalmente este tipo de<br />

trabajadores demanda el pago de su CTS junto con todos sus demás<br />

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