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Derecho consuetudinario y memoria - E-Archivo - Universidad ...

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INTRODUCCIÓN<br />

“<strong>Derecho</strong> <strong>consuetudinario</strong>: derecho originado en usos ancestrales orales<br />

que evolucionan de manera muy lenta y que se transmiten de generación<br />

en generación”; esta breve definición sintetiza el paradigma dominante en<br />

las Ciencias Sociales sobre el derecho <strong>consuetudinario</strong>. En la actualidad<br />

su vigencia se advierte por ejemplo en la perspectiva del pluralismo jurídico<br />

que la ha retomado para señalar la clara y problemática oposición entre<br />

el derecho estatal y el derecho indígena. Así, por ejemplo Rodolfo Stavenhagen,<br />

referente fundamental de esta corriente de pensamiento, define al<br />

derecho <strong>consuetudinario</strong> como un derecho oral, generalmente no escrito,<br />

que suele ser compartido por una colectividad y que no está vinculado<br />

al poder estatal 1 . El derecho <strong>consuetudinario</strong>, en estas aproximaciones,<br />

deviene rasgo identitario de los pueblos indígenas, en oposición a la ley,<br />

derecho de Estado, escrito y positivo.<br />

Los medievalistas no han estado al margen de esta concepción;<br />

por el contrario han leído con mucha frecuencia la documentación jurídica<br />

medieval relativa a la costumbre bajo este paradigma haciendo hincapié<br />

en el carácter popular y auténtico del derecho <strong>consuetudinario</strong> en<br />

oposición a un derecho elitista y erudito como serían el derecho romano<br />

o el derecho común.<br />

Ahora bien, como hemos aprendido gracias a los aportes de la<br />

epistemología de las ciencias todo paradigma tiene una historia hecha de<br />

continuidades, rupturas y prejuicios. En este caso particular el modelo de<br />

un derecho <strong>consuetudinario</strong> naciendo del suelo de los ancestros de natu-<br />

1 Stavenhagen R., Iturralde, D. (1990) (comps.), p. 30-31. En la misma línea J.<br />

González Galván sostiene que los derechos estatal y <strong>consuetudinario</strong> son dos manifestaciones<br />

contemporáneas de lo jurídico: “el derecho estatal, entendido como la concepción<br />

de lo jurídico caracterizado por la organización social de conductas a través de reglas escritas<br />

derivadas de un órgano especializado y legitimado por las mismas reglas, y el derecho<br />

<strong>consuetudinario</strong>, como la concepción de lo jurídico, caracterizado por la organización social<br />

de conductas a través de reglas-prácticas concebidas en comunicación con las fuerzas<br />

de la naturaleza y transmitidas, fundamentalmente, de manera oral”. J. González Galván<br />

(1995), p. 203.<br />

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