Derecho consuetudinario y memoria - E-Archivo - Universidad ...
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DERECHO CONSUETUDINARIO Y MEMORIA<br />
lex en estado original, invisible y silenciosa. En definitiva, la costumbre es<br />
esencia de la naturaleza humana que por su repetición genera un derecho<br />
de tipo contestatario en tanto emerge de una matriz popular. No existen<br />
grandes diferencias para Thompson entre costumbre y cultura popular.<br />
Si abandonamos por un momento la introducción, en la que<br />
Thompson reflexiona acerca de sus objetivos y deseos, y nos adentramos<br />
en el texto, nos topamos con una definición más activa de la costumbre en<br />
tanto que ya no tiene un lugar fijo asignado: “En el área de fricción entre la<br />
ley y la práctica agraria encontramos la costumbre. La costumbre misma<br />
es el área de fricción, toda vez que se la pueda considerar tanto la praxis<br />
como la ley” 64 . Si la costumbre queda definida como la zona de fricción entre<br />
dos elementos que se enfrentan, la costumbre es, la fricción en sí misma,<br />
sin que pueda determinarse de antemano cuál es ese lugar. Aunque a<br />
lo largo del trabajo termine reduciendo a la costumbre a determinaciones<br />
de clase, se abre aquí la posibilidad de pensar la costumbre sin determinación<br />
a priori. La costumbre es, según el pasaje recién citado, el campo<br />
mismo en que se desarrolla la lucha y no un elemento que pertenece a una<br />
clase. Ambas dimensiones de la costumbre, la praxis y la ley, pueden ser<br />
cuestionadas por las fuerzas en lucha en ese campo. Por lo tanto, no se<br />
trata de que a la dimensión práctica corresponda lo popular y a la ley, la<br />
elite, sino que en tanto situación equívoca la costumbre se constituye en<br />
el campo mismo de la disputa. Es posible ver con claridad aquí la tensión<br />
existente entre las doble dimensión de la costumbre: la de praxis y la de<br />
ley.<br />
El trabajo de Guriévich tiene varios puntos de encuentro con la<br />
perspectiva thompsoniana. La costumbre, sostiene el investigador, es una<br />
categoría específica de la cultura medieval cuya particularidad esencial es<br />
no haber perdido su vinculación con la sociedad. A diferencia de la ley que<br />
se transformó en monopolio de un grupo reducido de eruditos, la costumbre<br />
conservaba el “cordón umbilical que la unía a la sociedad”. Su oralidad<br />
y su carácter local la hacían más cercana a todos los hombres que la ley.<br />
Para Guriévich el derecho <strong>consuetudinario</strong> es el elemento creativo de la<br />
sociedad del medioevo, es “ratio vivens y no ratio scripta” 65 .<br />
A diferencia de Thompson que nos propone una interpretación<br />
acerca del origen del derecho <strong>consuetudinario</strong>, Guriévich no se preocupa<br />
64 Thompson (1995), 116.<br />
65 Guriévich (1990), 211.<br />
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