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Derecho consuetudinario y memoria - E-Archivo - Universidad ...

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DERECHO CONSUETUDINARIO Y MEMORIA<br />

de la Escuela Histórica como un organismo vivo, como un ser no creado<br />

que se desarrollaba bajo el impulso de su propia vida. Estas metáforas<br />

savignanas caracterizaron el tono de la romanística alemana, como se<br />

puede ver en W. Kunkel, cuando plantea que “el derecho romano es el<br />

resultado de un desarrollo natural que fue raramente perturbado por un<br />

plan racional” 7 . Para Savigny los conceptos jurídicos tenían toda la naturalidad<br />

de los objetos bien reales. Lejos de ser el fruto de especulaciones<br />

abstractas, de una voluntad individual, habían sido impuestos a los jurisconsultos<br />

en un proceso de larga frecuentación de la vida y se les habían<br />

manifestado “bajo una trama genética” 8 . Para la pandectística el derecho,<br />

como todas las demás creaciones del espíritu del hombre, el arte, la ciencia,<br />

especialmente el lenguaje, brotaba de la exteriorización inmediata,<br />

y, en parte inconsciente, del espíritu del pueblo apareciendo en forma de<br />

costumbre para fijarse luego en la ley. En el Sistema del <strong>Derecho</strong> romano<br />

actual (1840-48), Savigny señalaba que el <strong>Derecho</strong> positivo vivía en la<br />

conciencia común del pueblo y que, por tanto, todo <strong>Derecho</strong> debería poder<br />

ser llamado también “<strong>Derecho</strong> popular” 9 . Este derecho popular se manifestaba<br />

de forma inmediata a través de la costumbre y de forma mediata<br />

a través de la ley 10 . La costumbre era de este modo no un hecho creador de<br />

7 Kunkel (1966), 77.<br />

8 Thomas (1999), 271.<br />

9 Savigny (1839).<br />

10 Es interesante prestar atención a la pirueta que tiene que hacer Savigny para<br />

lograr darle un lugar privilegiado a la costumbre en el derecho romano ya que para la Escuela<br />

Histórica la costumbre era el más científico de todos los derechos. Una famosa ley<br />

del emperador Constantino (C. 8, 53, 2) planteaba que si bien la antigüedad de la costumbre<br />

era un elemento significativo en su definición no era suficiente para vencer a la razón y<br />

a la ley (“Consuetudinis ususque longaevi non vilis auctoritas est, verum non usque adeo<br />

sui valitura momento, ut aut rationem vincat aut legem”). Savigny se enfrenta aquí con<br />

un problema: sus investigaciones habían apuntado a demostrar, por un lado, la autoridad<br />

del derecho romano como fundamento del orden profano, y, por otro, el papel clave de la<br />

costumbre en tanto expresión del derecho de un pueblo. Esta ley imperial, según la cual la<br />

costumbre no debía ser válida más que como complemento de la ley, parecía contradecir<br />

el papel que Savigny le asignaba a la costumbre en relación con el derecho en general. En<br />

un intento por resolver esta contradicción, en el apéndice del Suplemento II del tomo I<br />

del Sistema del derecho romano actual, le asigna a esta cita una significación distinta<br />

de la tradicional. El contenido de este pasaje, dice Savigny, plantea la relación que debe<br />

establecerse entre una costumbre local y el Estado: las costumbres locales pierden validez<br />

al entrar en conflicto con el interés del Estado. No toda ley posee más validez que la cos-<br />

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