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Tras muchos meses de negociaciones,<br />
organizaciones agrarias y las empresas<br />
integradoras han llegado un acuerdo<br />
sobre el contenido del acuerdo marco<br />
por el que se regulan las relaciones en la<br />
avicultura de carne. Este acuerdo afecta<br />
a más de 5.000 granjeros y se pretende<br />
que el mismo constituya la base para regular las<br />
relaciones entre ambas partes.<br />
En cuestiones económicas, supone un acuerdo de<br />
mínimos que se puede mejorar en las negociaciones<br />
entre las partes. Para el sector productor se trata de<br />
un acuerdo importante al establecer de una forma<br />
clara una serie de condiciones, sobre todo en materia<br />
de sanidad, sistemas de producción y remuneraciones.<br />
El acuerdo marco no establece un periodo mínimo<br />
del contrato, ni el número de crianzas que se<br />
deban hacer cada año, siendo algo que se deja a la<br />
negociaciones entre las partes. Sin embargo, sí establece<br />
que cada crianza no podrá supera los 58 días.<br />
En materia de la situación de los pollos que entren<br />
en la granja, al acuerdo marco contempla que los<br />
mismos deberán ir acompañados de la guía correspondiente<br />
de origen y sanidad oficial o documento<br />
homologado de la comunidad autónoma. Sobre las<br />
responsabilidades en la crianza, siempre que el integrado<br />
haya cumplido con las exigencias en materia<br />
de instalaciones, manejos y control medioambiental,<br />
el integrador asumirá el valor de los pollitos<br />
muertos los primeros cinco días por nave cuando<br />
excedan del 2%<br />
En lo que afecta a los piensos, los mismos deberán<br />
tener una etiqueta normalizada con indicación de<br />
su composición y sus características. A la llegada del<br />
LA REVISTA<br />
COYUNTURA AGRARIA<br />
CONTRATO MARCO PARA<br />
LA AVICULTURA DE CARNE<br />
El mismo fija las obligaciones y derechos de los ganaderos y las firmas integradoras<br />
pienso a la granja y, a petición del integrado, el conductor<br />
del vehiculo de transporte tomará en presencia<br />
del avicultor tres muestras de pienso que, una<br />
vez selladas, se destinarán para el ganadero, otra<br />
para el integrador y una tercera a la Oficina<br />
Comarcal Agraria para posibles análisis contradictorios<br />
La empresa integradora, entre otras, tiene la obligación<br />
de suministrar los animales debidamente identificados,<br />
pienso en calidad y cantidad suficiente,<br />
dar asesoramiento técnico, hacerse cargo del transporte,<br />
tanto en la entrega como en la retirada de<br />
los animales y el 100% de las vacunas de los programas<br />
sanitarios. Los gastos de medicación y de carga<br />
serán al 50% entre las dos partes, pudiendo una de<br />
las partes asumir el 100% de uno de los dos conceptos.<br />
Los ganaderos tienen a su vez la obligación de mantener<br />
en perfecto estado las instalaciones, disponer<br />
de mano de obra suficiente, facilitar el acceso a la<br />
granja del integrador o la persona designada, tener<br />
una ficha técnica de la cría y Libro de Registro,<br />
administrar los medicamentos, alimentar a los animales<br />
según las indicaciones técnicas o veterinarias,<br />
tramitar y obtener las guías de origen y sanidad<br />
pecuaria, no realizar actividades avícolas para terceros<br />
en la granja y, en conjunto, cumplir con la normativa<br />
vigente sobre buenas prácticas.<br />
El integrador deberá abonar el importe de la crianza<br />
en el plazo máximoA de 30 días siguientes a la<br />
finalización de la misma.<br />
El cumplimiento del Contrato se hará por una<br />
Comisión de Seguimiento formada de forma paritaria<br />
entre avicultores y empresas integradoras<br />
LA REVISTA CORPORATIVA DEL GRUPO COREN [13]