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ESTATUTO REGLAMENTACIÓN INTERNA - Sindicato Wal-Mart Chile

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ARTÍCULO 6º: cuando el servicio de bienestar organice el bingo anual, el sindicato<br />

realizara un descuento extraordinario de un valor de $1.500 (mil quinientos pesos) a<br />

todos lo socios y socias del sindicato en el mes anterior a la fecha del evento, que<br />

corresponderá a la cancelación de la entrada, sin perjuicio de lo anterior, si algún socio<br />

o socia del sindicato no asiste a dicha actividad el valor de la entrada no será devuelta.<br />

TITULO II: Desglose de la cotización y de la<br />

comisión del servicio de bienestar social<br />

ARTÍCULO 7º: el aporte mensual del servicio de bienestar social se desglosara en<br />

cinco ítems, que ha continuación se detalla de la siguiente manera:<br />

$2.100 Bienestar Social<br />

$3.500<br />

$1.000 Cuota Mortuoria<br />

$200 Comisión de Deportes<br />

$150 Actividad para Niños<br />

$50 Solidaridad Sindical<br />

ARTÍCULO 8º: este fondo será administrado por una comisión, la cual tendrá<br />

solamente facultades administrativas y de gestión, su composición será de siete<br />

personas, seis de la respectiva comisión y un integrante de la comisión de finanzas del<br />

sindicato, no obstante a esto, el director a cargo de la comisión y responsable directo<br />

del fondo del servicio de bienestar será el tesorero del sindicato.<br />

ARTÍCULO 8-A: sin perjuicio al artículo anterior, en el caso del ítem comisión<br />

de deportes será administrado por la propia comisión y será responsable directo el<br />

dirigente a cargo de la comisión, y en el caso del ítem de solidaridad sindical será<br />

administrado por la directiva sindical.<br />

ARTÍCULO 8-B: el ítem de solidaridad sindical se ocupara para ir en ayuda de:<br />

huelgas, sindicatos nuevos que nazcan por apoyo de la directiva sindical y cuando<br />

lo solicite la corriente político sindical. Este apoyo corresponderá a la entrega de un<br />

monto de $50.000 (cincuenta mil pesos), que podrá ser en alimentos no perecibles<br />

o en dinero en efectivo, esto es, siempre que los fondos del respectivo ítem así lo<br />

permitan.<br />

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