ESTATUTO REGLAMENTACIÓN INTERNA - Sindicato Wal-Mart Chile
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ARTÍCULO 23º: Bono de incendio: para el otorgamiento de este beneficio el<br />
socio o socia deberá hacer entrega a cualquier integrante de la comisión los siguientes<br />
documentos:<br />
• Parte Policial o el Organismo que Corresponda<br />
• Fotocopia Cedula de Identidad<br />
• Ultima Liquidación de Sueldo<br />
Se deja establecido que este beneficio solamente es beneficiario el socio o socia<br />
titular.<br />
ARTÍCULO 24º: Prestamo de salud: para el otorgamiento de este beneficio el<br />
socio o socia deberá hacer entrega a cualquier integrante de la comisión los siguientes<br />
documentos:<br />
• Documentos que Demuestren Gastos Médicos Superiores o Iguales a $100.000<br />
(cien mil pesos)<br />
• Autorización de Descuento Firmada por el Socio (a)<br />
• Fotocopia Cedula de Identidad<br />
• Ultimas Tres Liquidación de Sueldo<br />
Se deja establecido que al monto del préstamo se le agregara un 10% de interés total y<br />
el máximo de cuotas es de cinco, adicional a esto nadie podrá solicitar otro préstamo<br />
si tiene cuotas pendientes de algún préstamo anterior. Sin perjuicio de lo anterior, será<br />
fundamental para la entrega del beneficio que el solicitante no este sobrepasado del<br />
15% de su remuneración total mensual, en lo que respecta a descuentos de préstamos<br />
por planilla.<br />
ARTÍCULO 25º: Préstamo a todo evento: para el otorgamiento de este beneficio<br />
el socio o socia deberá hacer entrega a cualquier integrante de la comisión los siguientes<br />
documentos:<br />
• Autorización de Descuento Firmada por el Socio (a)<br />
• Fotocopia Cedula de Identidad<br />
• Ultimas Tres Liquidación de Sueldo<br />
Se deja establecido que al monto del préstamo se le agregara un 10% de interés total<br />
y el máximo de cuotas es de dos, adicional a esto nadie podrá solicitar otro préstamo<br />
si tiene cuotas pendientes de algún préstamo anterior. Sin perjuicio de lo anterior, será<br />
fundamental para la entrega del beneficio que el solicitante no este sobrepasado del<br />
15% de su remuneración total mensual, en lo que respecta a descuentos de préstamos<br />
por planilla y que existan cupos disponibles, ya que en el caso de estos prestamos la<br />
comisión tiene cupos limitados para cada mes calendario.<br />
ARTÍCULO 26º: Cuota mortuoria: para el otorgamiento de este beneficio el<br />
socio o socia deberá hacer entrega a cualquier integrante de la comisión los siguientes<br />
documentos:<br />
• Certificado de Defunción<br />
• Fotocopia Cedula de Identidad<br />
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