REGLAMENTO DE TRANSITO DEL MUNICIPIO DE TIJUANA
REGLAMENTO DE TRANSITO DEL MUNICIPIO DE TIJUANA
REGLAMENTO DE TRANSITO DEL MUNICIPIO DE TIJUANA
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
8<br />
2.- Letras y Símbolos:<br />
<strong>REGLAMENTO</strong> <strong>DE</strong> <strong>TRANSITO</strong> PARA EL <strong>MUNICIPIO</strong> <strong>DE</strong> <strong>TIJUANA</strong>, BAJA CALIFORNIA<br />
a) Cruce de ferrocarril: El símbolo “FXC” advierte la proximidad de un crucero<br />
de ferrocarril, Los conductores extremarán sus precauciones.<br />
b) Para uso de carrilles direccionales en intersecciones: Indican al conductor<br />
el carril que debe tomar al aproximarse a una intersección, según la<br />
dirección indicada por las marcas.<br />
3.- Marcas en obstáculos.<br />
a) Indicadores de peligro: Advierten a los conductores la presencia de<br />
obstáculos y son tableros con granjas oblicuas de color blanco y negro<br />
alternadas. Las franjas pueden estar pintadas directamente sobre el<br />
obstáculo.<br />
b) Indicadores de alineamiento (fantasmas): son postes cortos de color<br />
blanco con una franja negra perimetral en su parte inferior y material<br />
reflectante cerca de la parte superior. Delinean la orilla de los<br />
acotamientos.<br />
Los vibradores son acanalamientos de la superficie de rodamiento,<br />
transversales al eje de la vía, que advierten la proximidad de un peligro. Ante<br />
esta advertencia los conductores debes disminuir la velocidad y extremar sus<br />
precauciones.<br />
Las isletas ubicadas en los cruceros de las vías de circulación o en sus<br />
inmediaciones, podrán estar delimitadas por guarniciones, tachuelas, rayas u otros<br />
materiales, y sirven para canalizar el tránsito o como zonas exclusivas de peatones.<br />
Sobre éstas isletas queda prohibida la circulación y el estacionamiento de vehículos.<br />
ARTÍCULO 20.- Fue reformado en Sesión Ordinaria de Cabildo, publicado en<br />
el Periódico Oficial No. 48, de fecha 02 de Noviembre de 2001, Tomo CVIII, expedido<br />
por el Honorable XVI Ayuntamiento Constitucional de Tijuana, Baja California, siendo<br />
Presidente Municipal el C. Lic. Francisco Vega de Lamadrid 1998-2001; para quedar<br />
vigente como sigue:<br />
ARTICULO 20.- Tipos de señalamiento.- Las señales de tránsito se clasifican<br />
en preventivas, restrictivas e informativas, y su significado y características son las<br />
siguientes:<br />
I.- Preventivas: tienen por objeto advertir la existencia y naturaleza de un<br />
peligro, o el cambio de situación en la vía pública. Los conductores están obligados<br />
a tomar las precauciones necesarias que se deriven de ellas. Dichas señales tendrán<br />
fondo de color amarillo con caracteres en color negro. Son las siguientes:<br />
SP-1 Curva, derecha o izquierda.<br />
SP-2 Codo, derecho o izquierdo.<br />
SP-3 Curva inversa, derecha-izquierda o izquierda-derecha.<br />
SP-4 Codo inverso, derecho-izquierdo o izquierdo-derecho.