12.05.2013 Views

REGLAMENTO DE TRANSITO DEL MUNICIPIO DE TIJUANA

REGLAMENTO DE TRANSITO DEL MUNICIPIO DE TIJUANA

REGLAMENTO DE TRANSITO DEL MUNICIPIO DE TIJUANA

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

8<br />

2.- Letras y Símbolos:<br />

<strong>REGLAMENTO</strong> <strong>DE</strong> <strong>TRANSITO</strong> PARA EL <strong>MUNICIPIO</strong> <strong>DE</strong> <strong>TIJUANA</strong>, BAJA CALIFORNIA<br />

a) Cruce de ferrocarril: El símbolo “FXC” advierte la proximidad de un crucero<br />

de ferrocarril, Los conductores extremarán sus precauciones.<br />

b) Para uso de carrilles direccionales en intersecciones: Indican al conductor<br />

el carril que debe tomar al aproximarse a una intersección, según la<br />

dirección indicada por las marcas.<br />

3.- Marcas en obstáculos.<br />

a) Indicadores de peligro: Advierten a los conductores la presencia de<br />

obstáculos y son tableros con granjas oblicuas de color blanco y negro<br />

alternadas. Las franjas pueden estar pintadas directamente sobre el<br />

obstáculo.<br />

b) Indicadores de alineamiento (fantasmas): son postes cortos de color<br />

blanco con una franja negra perimetral en su parte inferior y material<br />

reflectante cerca de la parte superior. Delinean la orilla de los<br />

acotamientos.<br />

Los vibradores son acanalamientos de la superficie de rodamiento,<br />

transversales al eje de la vía, que advierten la proximidad de un peligro. Ante<br />

esta advertencia los conductores debes disminuir la velocidad y extremar sus<br />

precauciones.<br />

Las isletas ubicadas en los cruceros de las vías de circulación o en sus<br />

inmediaciones, podrán estar delimitadas por guarniciones, tachuelas, rayas u otros<br />

materiales, y sirven para canalizar el tránsito o como zonas exclusivas de peatones.<br />

Sobre éstas isletas queda prohibida la circulación y el estacionamiento de vehículos.<br />

ARTÍCULO 20.- Fue reformado en Sesión Ordinaria de Cabildo, publicado en<br />

el Periódico Oficial No. 48, de fecha 02 de Noviembre de 2001, Tomo CVIII, expedido<br />

por el Honorable XVI Ayuntamiento Constitucional de Tijuana, Baja California, siendo<br />

Presidente Municipal el C. Lic. Francisco Vega de Lamadrid 1998-2001; para quedar<br />

vigente como sigue:<br />

ARTICULO 20.- Tipos de señalamiento.- Las señales de tránsito se clasifican<br />

en preventivas, restrictivas e informativas, y su significado y características son las<br />

siguientes:<br />

I.- Preventivas: tienen por objeto advertir la existencia y naturaleza de un<br />

peligro, o el cambio de situación en la vía pública. Los conductores están obligados<br />

a tomar las precauciones necesarias que se deriven de ellas. Dichas señales tendrán<br />

fondo de color amarillo con caracteres en color negro. Son las siguientes:<br />

SP-1 Curva, derecha o izquierda.<br />

SP-2 Codo, derecho o izquierdo.<br />

SP-3 Curva inversa, derecha-izquierda o izquierda-derecha.<br />

SP-4 Codo inverso, derecho-izquierdo o izquierdo-derecho.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!