La corrupción y su freno. Ciudadanía, instituciones y normas
La corrupción y su freno. Ciudadanía, instituciones y normas
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Arriesgamos la hipótesis de que esta modalidad puede ser particularmente signifi -<br />
cativa en el Uruguay, donde la reducida extensión territorial y una población relativamente<br />
escasa se <strong>su</strong>man a factores culturales, como la fl uidez de las relaciones interpersonales<br />
y la infl uencia de las organizaciones políticas, para facilitar irregularidades y tolerancias<br />
indebidas que a menudo no se explican por el pago de una <strong>su</strong>ma de dinero.<br />
<strong>La</strong>mentablemente, estas formas de <strong>corrupción</strong>, aunque perceptibles, son las más<br />
difíciles de probar. Por eso, raras veces ingresan en los registros de los organismos encargados<br />
de prevenir y reprimir la <strong>corrupción</strong>, lo que hace casi imposible cuantifi car el número<br />
y la importancia de los casos en que se presenta. Tal vez la única medida relativamente<br />
efi caz para limitar esta clase de irregularidades sea el estricto control ciudadano y la transparencia<br />
de los procedimientos administrativos, aunque fuerza es reconocer que, si siempre<br />
es difícil detectar a la <strong>corrupción</strong>, mucho más lo es cuando no va acompañada por un<br />
benefi cio material directo para el funcionario pre<strong>su</strong>ntamente corrupto.<br />
Es posible que la enorme amplitud y diversidad de los fenómenos clasifi cables<br />
como <strong>corrupción</strong> haya determinado la adopción generalizada de la defi nición clásica, más<br />
estrecha, que analizamos al inicio, según la cual es <strong>corrupción</strong> “el abuso de una posición<br />
o cargo público para obtener un benefi cio privado ilícito”. Si bien ese benefi cio privado<br />
ilícito podría consistir en cosas mucho más amplias que un benefi cio material inmediato<br />
(podría consistir, por ejemplo, en favorecer a un amigo, hacer carrera política, asegurarse<br />
la permanencia en el cargo, procurarse un ascenso u obtener la confi anza y la buena voluntad<br />
de personas o empresas infl uyentes) esa no <strong>su</strong>ele ser la interpretación habitual de la<br />
expresión ni el sentido que se le da en el derecho positivo.<br />
<strong>La</strong> <strong>corrupción</strong> en el derecho positivo uruguayo<br />
En el Uruguay es notorio un cambio histórico en la noción legislativa de la <strong>corrupción</strong>.<br />
En la Constitución de la República aprobada en 1934 era evidente la preocupación<br />
por la <strong>corrupción</strong> política, al punto que la mayor parte de las <strong>normas</strong> constitucionales que<br />
pretendían prevenir la <strong>corrupción</strong> administrativa estaban en realidad teñidas por una ostensible<br />
intención de limitar los abusos con motivación política. Así, el artículo 58, que todavía<br />
hoy inicia el articulado dedicado a la regulación de la función pública, comienza declarando:<br />
“Los funcionarios están al servicio de la Nación y no de una fracción política”, lo que re<strong>su</strong>lta<br />
revelador de un clima político enrarecido, dominado por la lucha de fracciones que, terminadas<br />
las guerras civiles, se disputaban por otros medios el control del Estado. En el mismo<br />
sentido puede leerse el artículo 59, que dice: “<strong>La</strong> ley establecerá el Estatuto del Funcionario<br />
sobre la base fundamental de que el funcionario existe para la función y no la función para el<br />
funcionario”, que hoy puede interpretarse como un criterio de buena administración, pero<br />
en <strong>su</strong> tiempo intentaba prevenir, a menudo sin éxito, el uso arbitrario de los cargos públicos<br />
como moneda de cambio por parte de los jefes políticos. En la misma época se crearon la<br />
Corte Electoral y el Tribunal de Cuentas, como órganos constitucionales de contralor autónomos<br />
de los tres poderes del Estado. Otra señal de la preocupación por poner al control de<br />
la Administración Pública fuera de la órbita del poder político.<br />
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