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AKTA 40 ACTA 40<br />
2005EKO MAIATZAK 31 31 DE MAYO DE 2005<br />
determinados elementos singulares de nuestra ciudad, o evitar su desnaturalización. El<br />
principal mecanismo mediante el cual los ayuntamientos garantizan que el desarrollo<br />
urbano no destruya el patrimonio natural o arquitectónico, es el planteamiento urbanístico, y<br />
en particular el catálogo de los bienes objetos de protección, junto con las medidas<br />
protectoras propiamente dichas. Este catálogo contiene el listado de los bienes objeto de<br />
protección determinados por el Ayuntamiento, y recoge también los edificios o conjuntos<br />
declarados bienes culturales, así como los espacios naturales protegidos establecidos por<br />
otros organismos competentes en la materia distintos al propio Ayuntamiento. El Plan<br />
General del 95 establece el correspondiente catálogo así como las medidas básicas de<br />
protección de los elementos contenidos en el mismo. Para completar estos mecanismos de<br />
protección, el propio Plan General establece que se formulará un plan especial de<br />
protección del patrimonio urbanístico, que defina las medidas particularizadas de<br />
protección, y regule en detalle las posibilidades de intervención sobre los diferentes<br />
elementos catalogados. Diez años después de la aprobación del Plan General, el<br />
Ayuntamiento no ha aprobado dicho plan especial, existiendo por tanto una laguna en los<br />
mecanismos de protección del patrimonio catalogado. Tampoco el Ayuntamiento ha<br />
desarrollado otros instrumentos normativos adicionales, que eviten actuaciones urbanísticas<br />
que eliminan o desnaturalizan elementos arquitectónicos o paisajísticos singulares de la<br />
ciudad. En base a estas consideraciones, y en atención a la creciente inquietud de muchos<br />
donostiarras con relación a la protección de determinados elementos del patrimonio<br />
arquitectónico y natural, es por lo que hacemos la propuesta de aprobación presentada en<br />
la Moción, y que ha sido los puntos leídos por el Secretario General del Ayuntamiento.<br />
SR. ALCALDE: Sr. Letamendia.<br />
SR. LETAMENDIA: Pues bien, en la Comisión de Pleno de hace unos días le pedí al Sr.<br />
Román Sudupe que retirara este punto. No me hizo caso y lo ha vuelto a traer a Pleno en<br />
forma de Moción. Y le pedí que lo retirara por una razón muy sencilla: porque comprendo<br />
que en ocasiones los grupos de oposición tienen una carga de trabajo tal que preparan<br />
algunas iniciativas de forma bastante improvisada; y como a veces no tienen el tiempo<br />
suficiente para trabajar, presentan cosas que ya están en marcha. Y por lo tanto, de la<br />
misma forma que el Niño Jesús jamás tuvo que recibir una petición por parte de su madre la<br />
Virgen, porque como era Dios se adelantaba y cumplía los deseos de su madre antes de<br />
que se expresara, es necesario decirle al Sr. Román Sudupe que hace dos años, en julio de<br />
2003, el Ayuntamiento de San Sebastián, y por lo tanto, debería saberlo, estando él ya de<br />
concejal y de portavoz de su grupo municipal, aprobó un encargo que se llama: “Trabajos<br />
preparatorios para la elaboración del Plan Especial de Protección del Patrimonio<br />
Urbanístico Catalogado”; que es un encargo de 194.000€, es decir por encima de los 30<br />
millones de pesetas; que se encargó en julio de 2003; que tiene un plazo de 27 meses para<br />
presentarse; que van a pedir además ampliación de plazo, porque inicialmente estaba<br />
previsto que se elaboraran 750 fichas y van a acabar haciendo 1.300 fichas, y están<br />
entregando ya 600; y que de todo esto el Sr. Román Sudupe podía haber tenido<br />
conocimiento antes de preparar y de presentar la proposición. Pero sobre todo tenía que<br />
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