Colecci%C3%B3n-Jorge-Carpizo-XXII-Laicidad-y-libertad-religiosa-Miguel-Carbonell
Colecci%C3%B3n-Jorge-Carpizo-XXII-Laicidad-y-libertad-religiosa-Miguel-Carbonell
Colecci%C3%B3n-Jorge-Carpizo-XXII-Laicidad-y-libertad-religiosa-Miguel-Carbonell
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
36<br />
laicidad y <strong>libertad</strong> <strong>religiosa</strong> en méxico<br />
fundamental es: ¿debemos cumplir una ley que nos<br />
obliga a dejar a un lado nuestras creencias filosóficas<br />
o <strong>religiosa</strong>s más profundas? Desde luego, es obvio<br />
que el derecho fundamental de <strong>libertad</strong> de conciencia<br />
y de religión no puede alcanzar para eximir a alguna<br />
persona de cumplir con un deber que le impone la<br />
misma Constitución; pero ¿qué sucede con los deberes<br />
que impone un ordenamiento subconstitucional?<br />
No hay respuestas fáciles a estas preguntas, cuya relevancia<br />
y profundidad requerirían sin duda un tratamiento<br />
muy detenido y extenso, que sobrepasa con<br />
creces las posibilidades de este ensayo. Sin embargo,<br />
hay en México un caso concreto que ha puesto a<br />
prueba la extensión de la <strong>libertad</strong> <strong>religiosa</strong>, y que ha<br />
arrojado bastante luz acerca de la necesidad de regular<br />
la objeción de conciencia: se trata del caso de los<br />
Testigos de Jehová en relación con los honores que<br />
deben rendirse a la bandera nacional. Vale la pena<br />
analizarlo con algún detenimiento. 41<br />
El artículo 15 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera<br />
y el Himno Nacionales dispone que en las instituciones<br />
de enseñanza elemental, media y superior se rindan<br />
honores a la Bandera nacional al inicio y fin de<br />
curso, así como todos los lunes del periodo lectivo. La<br />
obligación de rendir culto a los símbolos patrios está<br />
prohibida por las creencias <strong>religiosa</strong>s de los Testigos<br />
de Jehová, puesto que la entienden como una idolatría<br />
a un símbolo político y mundano, lo cual resulta<br />
inaceptable para ellos. Como respuesta a la falta de<br />
participación de niños que pertenecían a los Testigos<br />
de Jehová en las ceremonias que indica el artículo<br />
15 de la Ley sobre el Escudo, ya mencionado, se suscitaron<br />
a partir de los años noventa, expulsiones de<br />
esos menores de diversas escuelas primarias públicas