63 La Corte Suprema de los Estados Unidos tuvo que resolver un caso que involucraba una cuestión parecida a la resuelta por el Tribunal Constitucional alemán; se trata del caso Wallace vs. Jaffree de 1985, en donde la Corte tuvo que decidir si la queja de un padre de familia sobre la obligación que les imponía una ley de Alabama a los alumnos de realizar cada día una meditación silenciosa o un rezo era o no constitucional. La parte más interesante de la sentencia puede verse en O’Brien, David M., Constitutional law and politics. Volume two. Civil rights and civil liberties, cit., pp. 705-715. 64 Consultable en <strong>Carbonell</strong>, <strong>Miguel</strong>, Pérez Portilla, Karla y Moguel, Sandra (comps.), Derecho internacional de los derechos humanos. Textos básicos, t. I, cit., pp. 435 y ss. 65 Observación general 13, del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, párrafo 28; se puede consultar en <strong>Carbonell</strong>, <strong>Miguel</strong>, Pérez Portilla, Karla y Moguel, Sandra (comps.), Derecho internacional de los derechos humanos. Textos básicos, t. I, cit., p. 583. 66 A cada una de estas distintas disposiciones les dedica un tomo de su obra Kent Greenawalt, Religion and the Constitution, cit., que contiene uno de los análisis más completos que existen hoy en día sobre el tema. También es muy relevante el texto de Nussbaum, Martha, Libertad de conciencia. Contra los fanatismos, Barcelona, Tusquets, 2009, que igualmente analiza muchos casos derivados de la lucha por defender el contenido de la primera enmienda en materia de <strong>libertad</strong> <strong>religiosa</strong>. 67 Un completo panorama de la cuestión se puede ver en Urofsky, Melvin, Religious freedom. Rights and liberties under the law, Santa Bárbara, ABC-CLIO, 2002, que le dedica un capítulo entero a la estabishment clause (capítulo 3, pp. 53 y ss.) y otro a la free exercise clause (capítulo 4, pp. 113 y ss.). Tanto en el libro de Urofsky como en otros puede encontrarse el texto de las sentencias más relevantes de la Corte Suprema de los Estados Unidos en materia de <strong>libertad</strong> <strong>religiosa</strong>; por ejemplo, en Patrick, John J. y Long, Gerald P. (eds.), Constitutional debates on freedom of religion, Westport, Greenwood Press, 1999. El tema de la <strong>libertad</strong> <strong>religiosa</strong> se aborda en todos los manuales de derecho constitucional de los Estados Unidos; por ejemplo, en O’Brien, David M., Constitutional law and politics. Volume two. Civil rights and civil liberties, pp. 655 y ss., y en Tribe, Laurence H., American Constitutional Law, 2a. ed., cit., pp. 1154 y ss. 68 Sigo la exposición de Urofsky, obra citada. 69 Ibidem, pp. 135 y 136. 70 Ibidem, p. 137. 71 El párrafo completo puede verse en Hall, Kermit L. (ed.), The Oxford Guide to the United States Supreme Court Decisions, Oxford, Oxford University Press, 2000, p. 331. 72 Los pasajes más interesantes de la sentencia y de un importante voto particular del juez Félix Frankfurter puede verse en Beltrán de Felipe, <strong>Miguel</strong> y González García, Julio V., Las sentencias básicas del Tribunal Supremo de los Estados Unidos de América, Madrid, CEPC, BOE, 2005, pp. 255-262. notas 69
Colección de cuadernos “<strong>Jorge</strong> <strong>Carpizo</strong>”. Para entender y pensar la laicidad, núm. 22, <strong>Laicidad</strong> y <strong>libertad</strong> <strong>religiosa</strong> en México, editado por el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, se terminó de imprimir el 13 de mayo de 2013 en Impresión Comunicación Gráfica, S. A. de C. V., Manuel Ávila Camacho 689, col. Santa María Atzahuacán, delegación Iztapalapa, 09500 México, D. F. Se utilizó tipo Optima de 9, 11, 13, 14 y 16 puntos. En esta edición se empleó papel cultural 70 x 95 de 90 kilos para los interiores y cartulina couché de 300 kilos para los forros; consta de 1,000 ejemplares (impresión offset).