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El Guadalquivir, vía fluvial romana.pdf - RUA

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126 LORENZO ABAD CASAL<br />

provincia se formarla un patrimonio imperial (155), cuyos productos<br />

se exportarían a Roma, para uso de la casa imperial y<br />

para venderse, formando parte de la annona o de los abastos<br />

de productos naturales. Esta es la ratio o arca, la caja del<br />

patrimonio imperial de las provincias (156). Precisamente la<br />

mención de esta ratio en los rótulos fue lo que confundió a<br />

Dressel, pues la identificó con el arca que aparece en los tiempos<br />

anteriores a la confiscación seguida de un nombre en<br />

genitivo y creyó que éste seria el de un representante imperial.<br />

No cayó en la cuenta, como dice Hübner (157), de que la posesión<br />

de un arca o caja general administrada por esclavos o<br />

empleados no es algo privativo del emperador, sino que también<br />

podían tenerla los particulares. Etienne (158) deduce de todo<br />

ello la confiscación por los Severos de muchas propiedades<br />

privadas y al mismo tiempo la existencia de una flota estatal<br />

que transportaba el producto desde Hispalis. Hacia el afio 235,<br />

fin de la dinastía, se termina esta relación comercial y las<br />

exportaciones decrecen en gran medida.<br />

La confirmación de que los Severos fueron intervencionistas<br />

en materia económica la tenemos en el hecho de que<br />

la mayoría de los procuradores conocidos pertenecen a esta<br />

época (159). <strong>El</strong> principal problema lo plantea Sextus lultus Posse880r,<br />

quien desempefió el cargo de praefectus annonae ad<br />

oleum afrum et hispanum recensendum y posteriormente el de<br />

procurator augustorum ad ripam Baetis, todo ello en tiempos de<br />

Marco Aurelio y Lucio Vero (161-169 d. C.). Esto ha servido de<br />

punto de apoyo a los que defendian una estatal1zación del comercio<br />

en época anterior a los Severos, pero ya hemos visto<br />

anteriormente cuáles eran en realidad las funciones de este<br />

procurator (160).<br />

(1SS) Etienne, R.: ''Les amphores du Testaccio au llIeme. siecIe", MEFR, LXI, 1949;<br />

págs. ISl ss. Garcla y Bellido, A.: AEArq, 19S1; pág. 230.<br />

(IS6) Hfibner, E.: Op. cit., pág. 472.<br />

(IS7) Idero: pág. 481.<br />

(1S8) Etienne: Op. cit., págs. lS1 ss.<br />

(lS9) Véase cap. 111, págs. 84 ss.<br />

(160) Callender y Van Nostrand (Callender, Op' cit., pág. SO) sugieren que fuera UD<br />

Inspector del gobierno encargado de vigilar la calidad del aceite. Nos parece, sin embargo,<br />

que sus funcIones eran más amplias.

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