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California

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PAS generan un expediente, el cual<br />

puede presentarse en la corte como<br />

pruebas. Otros aparatos PAS no<br />

generan tal expediente, así que el<br />

policía le puede pedir un examen<br />

del aliento o de la sangre después<br />

del PAS. Usted no tiene derecho<br />

a consultar un abogado antes de<br />

escoger o terminar un examen.<br />

Si un examen subsiguiente revela<br />

una BAC de 0.05% o más, el policía<br />

le expedirá una orden de suspensión,<br />

lo arrestará por DUI (§23140<br />

CV) y lo detendrá hasta que pueda<br />

ser entregado a sus padres o a las<br />

autoridades juveniles. Si su BAC es<br />

de 0.08% o más, el policía lo puede<br />

arrestar (§§23152 ó 23153 CV)<br />

Si el oficial cree de manera razonable<br />

que usted está bajo la influencia<br />

de una combinación de alcohol y<br />

drogas y usted ya se ha sometido al<br />

examen PAS y/o al del aliento, aún<br />

se le puede exigir que se someta a<br />

un examen de la sangre o de la orina<br />

porque el del aliento no detecta la<br />

presencia de drogas.<br />

Si usted se niega a someterse a<br />

cualquiera de los exámenes, es<br />

posible que su privilegio de manejo<br />

sea suspendido por dicha negación.<br />

Aun si después cambia de parecer y<br />

está de acuerdo en tomar el examen,<br />

su privilegio de manejo pueder ser<br />

suspendido por ambas razones,<br />

aunque las dos acciones seguirán<br />

su curso al mismo tiempo.<br />

CONDENAS DUI DE LA CORTE<br />

Si usted es convicto por manejar<br />

con una BAC excesiva o bajo la<br />

influencia del alcohol o drogas o<br />

ambos (DUI), puede ser sentenciado<br />

a cumplir hasta seis meses en la<br />

cárcel y pagar una multa de entre<br />

- 67 -<br />

US$390 y US$1,000 (más casi tres<br />

veces la multa en valoraciones de<br />

penalidad) por la primera vez que<br />

sea convicto. Su vehículo puede ser<br />

confiscado y estar sujeto a pagos /<br />

cobros de almacenamiento.<br />

Por la primera condena la corte<br />

suspenderá su privilegio de manejo<br />

por seis meses y le exigirá a<br />

usted completar un programa DUI<br />

antes de reinstalarle la licencia.<br />

La duración del programa puede<br />

variar. Si su BAC fue de 0.15% o<br />

más y usted ya tenía un expediente<br />

de violaciones por otras razones,<br />

o bien, usted se negó a someterse<br />

al examen químico, la corte le<br />

puede ordenar que complete un<br />

programa de nueve meses o más.<br />

Si su BAC fue de 0.20% o más y<br />

la corte lo refiere a un programa<br />

DUI, su licencia será suspendida<br />

por 10 meses.<br />

También se le podría exigir instalar<br />

un alcoholímetro en el encendido<br />

del motor (IID) de su vehículo.<br />

El alcoholímetro (IID) le impide<br />

arrancar su vehículo si detecta<br />

cualquier cantidad de alcohol en su<br />

aliento. Si cualquiera resulta herido<br />

cuando usted conducía, el periodo<br />

de suspensión es de un año.<br />

En casos de muerte o de graves heridas<br />

corporales, se le puede castigar<br />

bajo la “Ley de a la Tercera Va la<br />

Vencida” de <strong>California</strong>. También<br />

podría enfrentar una demanda civil.<br />

Todas las condenas por DUI permanecen<br />

en los expedientes del DMV<br />

por 10 años, y las cortes, así como<br />

el DMV, pueden imponer sanciones<br />

más rigurosas por violaciones posteriores<br />

durante ese periodo.

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