GUÃA pARA el InveRsoR - Uruguay XXI
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Guía para <strong>el</strong> Inversor<br />
Cap. 6 Aspectos Tributarios<br />
El tributo se aplica a tasas progresivas que varían d<strong>el</strong> 0,7% al 2,5%, con un mínimo no imponible individual de<br />
aproximadamente US$ 110.000, que se duplica para núcleos familiares.<br />
Las personas físicas domiciliadas en <strong>el</strong> exterior, así como las personas jurídicas d<strong>el</strong> exterior, no están sujetas<br />
al pago de este impuesto con respecto a los saldos por exportaciones, préstamos y depósitos realizados a<br />
residentes uruguayos. Las personas físicas son consideradas como domiciliadas en <strong>el</strong> país a efectos fiscales<br />
cuando residen o desarrollan la mayoría de sus actividades en <strong>Uruguay</strong>.<br />
Los activos de las personas físicas, núcleos familiares y sucesiones indivisas, son valuados a valor d<strong>el</strong> mercado,<br />
con determinadas excepciones, principalmente en <strong>el</strong> caso de inmuebles y vehículos cuyos valores son<br />
determinados periódicamente por <strong>el</strong> gobierno.<br />
Los siguientes activos se encuentran exentos:<br />
1. Acciones de entidades sujetas al pago de este impuesto y de entidades financieras dedicadas exclusivamente<br />
a la realización de operaciones off-shore.<br />
2. Deuda pública.<br />
3. Depósitos bancarios de personas físicas.<br />
Los pasivos deducibles incluyen solamente deudas con bancos locales hasta <strong>el</strong> límite en que excedan la suma<br />
de los activos exentos más los activos localizados en <strong>el</strong> exterior.<br />
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