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GUíA pARA el InveRsoR - Uruguay XXI

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Guía para <strong>el</strong> Inversor<br />

Cap. 6 Aspectos Tributarios<br />

El tributo se aplica a tasas progresivas que varían d<strong>el</strong> 0,7% al 2,5%, con un mínimo no imponible individual de<br />

aproximadamente US$ 110.000, que se duplica para núcleos familiares.<br />

Las personas físicas domiciliadas en <strong>el</strong> exterior, así como las personas jurídicas d<strong>el</strong> exterior, no están sujetas<br />

al pago de este impuesto con respecto a los saldos por exportaciones, préstamos y depósitos realizados a<br />

residentes uruguayos. Las personas físicas son consideradas como domiciliadas en <strong>el</strong> país a efectos fiscales<br />

cuando residen o desarrollan la mayoría de sus actividades en <strong>Uruguay</strong>.<br />

Los activos de las personas físicas, núcleos familiares y sucesiones indivisas, son valuados a valor d<strong>el</strong> mercado,<br />

con determinadas excepciones, principalmente en <strong>el</strong> caso de inmuebles y vehículos cuyos valores son<br />

determinados periódicamente por <strong>el</strong> gobierno.<br />

Los siguientes activos se encuentran exentos:<br />

1. Acciones de entidades sujetas al pago de este impuesto y de entidades financieras dedicadas exclusivamente<br />

a la realización de operaciones off-shore.<br />

2. Deuda pública.<br />

3. Depósitos bancarios de personas físicas.<br />

Los pasivos deducibles incluyen solamente deudas con bancos locales hasta <strong>el</strong> límite en que excedan la suma<br />

de los activos exentos más los activos localizados en <strong>el</strong> exterior.<br />

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