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Untitled - Cortolima

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2.1.9.2. Políticas de CORTOLIMA para el Manejo y Control de la Calidad del<br />

Aire en Ibagué.<br />

La Corporación Autónoma Regional del Tolima (CORTOLIMA), ejerciendo sus<br />

funciones de autoridad ambiental de la región, cuenta con una red de monitoreo de<br />

calidad del aire desde el año 2000 cuando inició su operación. Las estaciones de<br />

monitoreo son manuales y miden concentraciones de PM10 y PST.<br />

Con el objeto de tener un mayor conocimiento de las concentraciones de los<br />

contaminantes en el aire, CORTOLIMA ha realizado monitoreos en diferentes zonas<br />

de su jurisdicción. Para el 2006, la red contaba con nueve (9) estaciones de<br />

monitoreo, de las cuales cuatro (4) están ubicadas en la ciudad de Ibagué y las otras<br />

cinco (5) en los municipios de Lérida, Espinal, y San Luis. En la siguiente tabla se<br />

presenta la red de monitoreo de calidad del aire que actualmente está en operación<br />

en la jurisdicción de CORTOLIMA.<br />

Tabla 24. Estaciones de monitoreo de la red de Calidad del Aire de CORTOLIMA.<br />

2007.<br />

ESTACIÓN<br />

MUNICIPIO<br />

PARÁMETROS<br />

MEDIDOS<br />

Payandé San Luis PST<br />

CORTOLIMA Ibagué PST<br />

Salado Ibagué PST<br />

Hospital Reina Sofía Lérida PM10<br />

Colegio Policía Ibagué PM10<br />

ITFIP Espinal PST<br />

Hospital San Rafael Espinal PST<br />

Corregiduría San Luis PST, PM10<br />

La Garita Ibagué PST<br />

2.1.9.3. Medidas de Pico y Placa<br />

Fuente: CORTOLIMA<br />

A nivel de la Alcaldía Municipal de Ibagué, por medio del Decreto No. 1.1-0665 de<br />

Septiembre 13 de 2006 se estableció la restricción del pico y placa a los vehículos<br />

particulares, no sólo con el ánimo de descongestionar las calles y facilitar la<br />

movilidad tanto vehicular como peatonal, reducir el deterioro de la malla vial, sino<br />

también la de disminuir los índices de contaminación ambiental.<br />

<br />

Vehículos particulares: La restricción a la circulación de estos vehículos<br />

particulares operará solamente en el horario comprendido entre los siguientes<br />

dos (2) periodos del día: De 7:30 a.m. a 9:00 a.m. y de 5:30 p.m. a 7:00 p.m.<br />

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