24.06.2015 Views

vitaminas y minerales

vitaminas y minerales

vitaminas y minerales

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

Natural Solutions Foundation<br />

www.HealthFreedomUSA.org ; naturalsolutions@optionline.net<br />

(B) que -<br />

(i) destinados a la ingestión o otros assimilación nutrientes, en pastillas, cápsulas, polvos,<br />

softgel, gelcap, forma líquida/crema o similar, o<br />

(ii) no destinados al consumo por lo que no se representa como los alimentos convencionales<br />

y no es representado para su uso como un elemento único de una comida o la dieta.<br />

(2) Para fines de lo dispeuesto en (1)(B)(i), un alimento deben ser considerados para la ingestión<br />

en forma líquida, si se formula en un líquido portador, y de la administración o ingestión destinado<br />

à ingestão ou administração a través de la boca o orifício similar, en cuantidades diarias medida en<br />

gotas o similares pequeñas unidades de medida, como onzas, cucharillas, cucharas, mililítros,<br />

centímetros o otras unidades similares.<br />

(3) Para efectos de este capitulo, la palabra ''uso dietético especial'', tal como se aplica a los<br />

alimentos utilizados por los seres humanos, un uso particular de un alimento que se propone, o se<br />

representa a utilizar, incluyendo pero no limitado a las seguientes:<br />

(A) Proporcionar necesidade dietética especiales que existen en razón de problemas<br />

físicos, fisiológicos, patológicos, o otra condición, incluyendo pero no limitado a la condición<br />

de enfermedad, convalescencia, embarazo, lactancia, infancia, hipersensibilidad alérgica a<br />

los alimentos, el peso bajo, o la necessidad de controlar la ingestión de sodio o de otros<br />

<strong>minerales</strong> o<br />

(B) La provisión de una vitamina, mineral, o otro ingrediente para el uso de un ser humano<br />

para complementar la dieta, para mantener o aumentar la ingestión total de alimento.<br />

(C) La provisión de necesidades dietéticas especiales, debido ser un alimento para ser<br />

utilizado como un único elemento de la dieta.<br />

(D) La desintoxicación y la eliminación de sustancias tóxicas<br />

(E) Prevención, o protección en contra, enfermedades o circunstancias.<br />

(e) Información eficaz. Suplementos alimentarios -<br />

(1) pueden ser etiquetado después de la fecha de promulgación de esta Ley, en<br />

conformidad con los términos de la misma.<br />

(2) deben ser etiquetado un año después de la fecha de promulgación de esta Ley, en<br />

conformidad con los términos de la misma.<br />

§8. Nuevos Ingredientes Dietéticos.<br />

(a) De un modo general - un suplemento alimenticio que contiene un nuevo ingrediente alimentario<br />

debe considerarse adulterado a menos que cumpla un de los siguientes requisitos:<br />

(1) El suplemento dietético sólo contiene ingredientes alimentares que han llegado a estar<br />

presentes en el suministro alimentario como artículo para la alimentación, de un modo en que<br />

los alimentos no ha sio alterado químicamente, por lo menos en la fecha de promulgación de la<br />

presente Ley, o<br />

(2)<br />

(i) Hay una historico de uso y/o otras preubas de seguradad razonable, indicando que el<br />

ingrediente de alimentos, cuando se utilicen en las condiciones recomendadas o sugeridas<br />

en etiquetado de los suplementos dietéticos cumple con las expectativas razonables de<br />

seguradad y,<br />

(ii) al menos antes de 60 días de introducción o entregado para su introdución en el<br />

mercado, el fabricante o el distribuidor de un ingrediente alimentario y/o suplemento<br />

dietético proporciona<br />

30

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!