Paso a paso - Centro Virtual de Aprendizaje
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Siguiendo esta línea <strong>de</strong> reflexión, el MTySS 91 , en su nuevo rol <strong>de</strong> fiscalizador, contrató una consultoría externa para evaluar y <strong>de</strong>terminar<br />
la pertinencia <strong>de</strong> modificar la normativa. Esta investigación permitirá <strong>de</strong>terminar si es pertinente avanzar en una reforma, y <strong>de</strong> serlo, qué<br />
tipo <strong>de</strong> reforma sería requerida. En dicha consultoría se prevé un diálogo social para po<strong>de</strong>r relevar la opinión y mirada <strong>de</strong> un grupo <strong>de</strong><br />
interlocutores sociales públicos y privados involucrados en la temática (sector textil y cuero).<br />
“Es menester construir una nueva Ley, ya que la Ley <strong>de</strong> trabajo a domicilio está <strong>de</strong>sactualizada y no sirve a los fines. Este<br />
nuevo diseño <strong>de</strong>berá permitir cumplir con todos los objetivos: recuperar todos los <strong>de</strong>rechos <strong>de</strong> los trabajadores y no afectar<br />
la competitividad <strong>de</strong>l sector. Ariel Échale, fundación PROTEJER<br />
Uno <strong>de</strong> los puntos más controversiales <strong>de</strong> la Ley entre empleadores y trabajadores es la antigüedad <strong>de</strong> la figura <strong>de</strong>l tallerista: éste podría<br />
ser consi<strong>de</strong>rado empresario por ciertos aspectos como por el volumen <strong>de</strong> facturación y la cantidad <strong>de</strong> empleados-obreros que tienen a su<br />
cargo, mientras que algunos sectores sindicales alegan que el tallerista no <strong>de</strong>bería ser consi<strong>de</strong>rado empresario ya que no asume riesgos<br />
empresarios, no es generador <strong>de</strong> trabajo ni tampoco comercializa los productos.<br />
Los pequeños y medianos empresarios, más cercanos a la realidad <strong>de</strong> los talleres, promueven esta modificación <strong>de</strong>l régimen <strong>de</strong> trabajo a<br />
domicilio, se busca mayor responsabilidad por parte <strong>de</strong>l tallerista y/o que exista una diferenciación en el grado <strong>de</strong> responsabilidad exigido<br />
a éstas respecto a su ca<strong>de</strong>na <strong>de</strong> proveedores en relación a las gran<strong>de</strong>s marcas. Mientras que entre los talleristas registrados se alega la<br />
<strong>de</strong>pen<strong>de</strong>ncia <strong>de</strong>l trabajo brindado por estos como dadores <strong>de</strong> trabajo.<br />
Es esta doble figura <strong>de</strong> talleristas y talleristas intermediarios, el ser receptor <strong>de</strong> trabajo y dador <strong>de</strong> trabajo, lo que está en el seno <strong>de</strong><br />
la discusión. Según la Ley <strong>de</strong> trabajo, la existencia <strong>de</strong> una relación laboral se <strong>de</strong>fine por la existencia <strong>de</strong> los siguientes atributos <strong>de</strong><br />
sublimación: Sublimación Técnica (un tercero le dice qué hacer y cómo), Sublimación Económica (el valor remunerado lo <strong>de</strong>fine un<br />
tercero), y Sublimación Disciplinaria (existen fechas <strong>de</strong> entrega, controles <strong>de</strong> calidad y <strong>de</strong>volución <strong>de</strong> prendas si es necesario).<br />
De aquí se <strong>de</strong>spren<strong>de</strong> que tanto los talleristas como los talleristas-intermedios presentan estos 3 atributos, implicando que existe una<br />
relación formal laboral con las empresas-marcas dadoras <strong>de</strong> trabajo. Si bien estas no los excluyen <strong>de</strong> su responsabilidad frente a sus<br />
empleados registrados 92 , no se les podría enmarcar bajo el rótulo <strong>de</strong> empresarios. Existen tantos tipos <strong>de</strong> relaciones con las empresasmarcas<br />
como tipos <strong>de</strong> relaciones con los empleados-obreros <strong>de</strong> éstos. A continuación un esquema sencillo muestra estas relaciones 93 :<br />
91 Para ampliar información ver: stakehol<strong>de</strong>r Gobierno Nacional-Ministerio <strong>de</strong> Trabajo, Empleo y Seguridad Social.<br />
92 Ver caracteristicas <strong>de</strong> la responsabilidad solidaria que el reglamento prevee.<br />
93 Fuente <strong>de</strong> elaboración propia.<br />
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