CARTA DEL DIRECTORApreciado amigo:EL TLC DEL PERÚ CON EE.UU.: CONSECUENCIAS PARA ELTRABAJOA partir del segundo trimestre de 2004 Perú iniciará negociacionescon los Estados Unidos de América (EE.UU.) para lafirma de un Tratado de Libre Comercio (TLC).Interesa sin duda conocer qué significará para el Perú esteTratado en materia de trabajo y qué medidas deberían adoptarseantes de su vigencia para que el país pueda obtener el mayorprovecho.Una idea sobre los puntos centrales que serán consideradosla podemos encontrar en el TLC suscrito entre Chile y los EstadosUnidos de América (EE.UU.) el primero de los cuales seguramenteconsistirá en una Declaración de compromiso compartidopor la cual el Perú y EE.UU. reafirmarán sus obligaciones comomiembros de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ysus compromisos asumidos en virtud de la Declaración de la OITrelativa a los Principios y Derechos Fundamentales de los Trabajadores(Libertad Sindical, Negociación Colectiva, Prohibicióndel Trabajo Forzoso, Eliminación de las peores formas de TrabajoInfantil y de la Discriminación en Materia de Empleo y Ocupación)los que deberán ser reconocidos y protegidos por la legislacióninterna.La Declaración inicial del Tratado seguramente reconocerá,de acuerdo al precedente ya citado, el derecho de cada Parte aestablecer sus propias normas laborales internas y, consecuentemente,de adoptar o modificar su legislación laboral y determinarála obligación de garantizar que sus respectivas leyes establezcannormas laborales consistentes con los derechos laboralesinternacionalmente reconocidos.A continuación podría venir un compromiso de que cadaParte no dejará de aplicar efectivamente su legislación laborala través de medidas de acción o inacción sostenidas o recurrentes,de una manera que afecte su comercio después de la entradaen vigor de este Tratado y un reconocimiento de que cadaParte mantiene el derecho de ejercer su discrecionalidad respectode su propia legislación laboral.Habrá también, seguramente, un reconocimiento de que seráinapropiado promover el comercio o la inversión mediante eldebilitamiento o reducción de la protección contemplada en sulegislación interna.Los aspectos que vendrían a continuación estarían referidosa Garantías Procesales e Información Pública; Consejo de Asuntos<strong>Laborales</strong>; Mecanismos de Cooperación Laboral; ConsultasCooperativas; Lista de Árbitros; Definiciones y finalmente, el establecimientode un mecanismo de Cooperación Laboral.¿SERÁ POSITIVO EL TLC PARA EL EMPLEO?A juzgar por otras experiencias, no debería esperarse uncrecimiento general del empleo y hasta podría producirse uncrecimiento del desempleo en un primer momento.Lo probable es que algunos sectores se desarrollarán mientrasotros se perjudicarán. También que aumente la importaciónde alimentos cuyos precios se reducirán lo que conllevará unamejora del poder adquisitivo de la población. A posteriori, esposible esperar el crecimiento de la oferta exportadora que ennuestro país se viene desarrollando en el sector agrícola, dondecada vez se piensa más en la exportación de nuevos productos.¿QUÉ DEBERÍAMOS HACER?Sin duda prepararnos para este paso a marchas aceleradas,pues pasaremos a competir sin aranceles con una economía inmensamentemás grande que la de nuestro país, lo que no serátarea fácil.Además, luego de este trascendental paso vendrán otros Acuerdoscon Europa y varios países de nuestro continente y tambiénde otros, lo que cambiaría el panorama de nuestro Comercio Exteriory nos obligaría a mejorar la productividad de los trabajadoresy la competitividad de las empresas, sin las cuales no alcanzaremoslas metas que esperamos.Por eso, la educación, capacitación y formación profesional,deben ser desarrolladas ampliamente.También tendríamos que tener ordenada nuestra legislacióna través de la Ley General del Trabajo y mejor si ésta concluyecon su aprobación por el Consejo Nacional de Trabajo. Esta esuna asignatura pendiente a la que es necesario conceder la másalta prioridad.Afortunadamente, la revisión del proyecto con el que se cuenta,no ha sido dejado de lado en ningún momento, pero ahorase ha intensificado por el pleno del Consejo y por la Comisión deTrabajo que está sesionando varias veces por semana en jornadasde 3 horas cada vez que se reúne.Una experiencia que debemos tener en cuenta es la de Chileque modificó el Código de Trabajo en el año 2001 y cuenta conun Sistema Privado de Pensiones y uno de Riesgos Profesionalesambos muy eficientes y más recientemente, en mayo del 2003,este país dio un paso trascendental al comenzar a cobrar los primerosbeneficiados el Seguro de Desempleo. Recordemos sobreeste particular que el 80% de su PEA se encuentra formalizada.Las metas de crecimiento del empleo, decía, que no seránposiblemente fáciles de alcanzar en un primer momento comoha ocurrido en el caso de México en el que la agricultura se haafectado mucho y reducido los ingresos de los trabajadores asalariadosy de los independientes mientras que en el sector queha tenido desarrollo, el de la Maquila, goza éste de mínimaprotección social y bajos salarios.En conclusión, la firma de un TLC con los Estados Unidosconstituirá un desafío al que debemos hacer frente preparándonospara mejorar en todo sentido. Puede y seguramente representaráventajas económicas para nuestro país, pero nada hacepensar que podamos alcanzar el éxito sin que nos esforcemospor hacer las cosas bien. Además como ya fue señalado en estaCarta, luego de este paso vendrán otros similares por lo que elreto será aún más grande.Atentamente,LUIS APARICIO VALDEZDirectorENERO 2004 3
índiceAspectos Socioeconómicosy JurídicosDirectorLuis Aparicio ValdezSubdirectorAlfredo Chienda QuirozEquipo de InvestigaciónJorge Bernedo AlvaradoAlfredo Chienda QuirozAldo Vértiz IriarteAnna Vilela EspinosaAdministraciónMaría Helena AparicioDiagramación, Composiciónde Textos y CuadrosEstadísticosKatia Ponce I.Jeannette Flores V.Corrección de TextosTeresa Flores C.Diseño y MontajeManuel Saravia N.VentasSamuel Reppó C.Cursos y SeminariosHaydee Blanco O.ImpresiónServicios GráficosJosé Antonio E.I.R.L.,Teléfono: 791-5051ANÁLISIS LABORAL es unapublicación mensualeditada porAsesoramiento yAnálisis <strong>Laborales</strong> S.A.C.CARTA DEL DIRECTORESCENAS LABORALESANÁLISIS• OIT: Panorama Laboral 2003 de América Latina y el CaribeINVITADO• El Nuevo Profesional de Recursos Humanos. César Monteverde D.• ¿Necesitamos los argentinos otra Reforma Previsional? Daniel MarcuANÁLISIS LEGAL• Modificación de la Ley del Impuesto a la Renta• Normas aplicables a los depósitos CTS entre Noviembre 2003 y Octubre 2004• Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF)• Bancarización• Impuesto a la Renta• Declaración Jurada del Trabajador al Empleador: Trabajadores dependientes• TUPA - MTPECOYUNTURA/INEI• El río revuelto• Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana por Grandes Grupos de ConsumoJURISPRUDENCIA LABORAL• Contradicciones jurisprudenciales sobre estabilidad laboralJURISPRUDENCIA TRIBUTARIO-LABORAL• La asignación por movilidad es un concepto no remunerativoINDICADORES LABORALES• Evolución de la Remuneración Mínima Vital: RMV Julio 1990 a Marzo 2000• Aportaciones y Contribuciones Sociales: Enero 2004• Aporte de los Trabajadores Afiliados a una AFP - Enero 2004• Tablas para el Cálculo del Impuesto a la Renta• Canasta de Precios <strong>AELE</strong>• RMV - Gastos de Sepelio SPP-AFP – Seguro de Invalidez y Sobrevivencia SPP-AFP – ESSALUD y ONP-SNP – CTS: Topes – Contribución al FONAVI – Bono de Reconocimiento – Calendario de Informes Trimestrales– Impuesto Extraordinario de Solidaridad• Calendario Tributario – Tasa Activa de Mercado – Tasa de Interés Laboral y Tasa de Interés Legal EfectivaTEXTOS DE LOS PRINCIPALES DISPOSITIVOS LEGALESLEGISLACIÓN SUMILLADA: Del 07 al 22 de enero de 200425710121417202426272834353640424243444546474854Dirección:Av. Paseo de la República 6236Lima 18 - Perúinfo@aele.comweb: http://www.aele.comT(51) (1) 620-6204620-6205 / 447-5935F(51) (1) 241-5657Hecho el Depósito LegalREGISTRO Nº 98-2765PROHIBIDA LA REPRODUCCIÓNEN CUALQUIER FORMASIN PERMISO ESCRITODEL DIRECTORPublicaciones que integran el Club of Labour Law JournalsAnálisis Laboral, PerúArbeit und Recht, Kassel, AlemaniaAustralian Journal of Labour Law, AustraliaBulletin of Comparative Labour Relations, BélgicaCanadian Labour & Employment Law Journal, CanadáComparative Labor Law and Policy Journal, Estados UnidosIndustrial Law Journal, SudáfricaInternational Journal of Comparative Labour Law and Industrial Relations, Módena, ItaliaJapan Labor Bulletin, Tokio, JapónLavoro e Diritto, Bolonia, ItaliaRelaciones <strong>Laborales</strong>, EspañaThe Industrial Law Journal, Oxford, Gran Bretaña4ENERO 2004