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012012_LO_ATyC_2012 - Bansefi

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LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN del Programa para que los integrantes del sector de ahorro y crédito popular y cooperativo puedanacceder a los apoyos de asistencia técnica y capacitación del Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros, Sociedad Nacionalde Crédito, a fin de promover su fortalecimiento y su adecuación al marco jurídico aplicableautorizadas por la CNBV a que se refiere la LACP, en función al cumplimiento de los requisitosmínimos para solicitar la autorización ante la CNBV en el caso del Componente de Apoyo III.7.1i) Que el Fondo de Protección a través del Comité de Supervisión Auxiliar a que se refiere la LRASCAP,requiera realizar la revisión y verificación de la información financiera de la sociedades registradas enel nivel de operaciones básico en el caso del Componente de Apoyo III.10La evaluación y el análisis de la viabilidad de la Solicitud de Apoyos y Servicios, dependerán del orden deentrada de la Solicitud de Apoyos y Servicios, del cumplimiento en entregar la documentación requeridacompleta, así como de la disponibilidad presupuestal del Proyecto y los criterios de selección definidos enlos presentes Lineamientos. La aprobación de los apoyos se realizará en el seno del Grupo de Trabajo.3.4. Características de los Apoyos3.4.1. Componentes de Apoyos opcionales al Sector de ACPYCEste grupo de Apoyos al que podrán acceder de manera opcional los Beneficiarios, comprende diversosservicios de asistencia técnica y capacitación que requieran para su fortalecimiento, mejora de susoperaciones y estructura funcional y operativa.Cabe mencionar que el periodo de transición al cumplimiento del marco normativo concluye el 31 dediciembre de <strong>2012</strong>, por lo que se dará preferencia a solicitudes de apoyo que contribuyan en el menortiempo posible a lograr el objetivo de autorización de las sociedades Beneficiarias.La asesoría técnica podrá ser brindada por un Prestador de Servicios de su elección, el cual deberá estarregistrado en el Padrón de Prestadores de Servicios de Asistencia Técnica y Capacitación del Sector deACPYC, que integra y publica BANSEFI en su página de Internet.BANSEFI recibirá Solicitudes de Apoyos y Servicios preferentemente hasta antes del 31 de Octubre de <strong>2012</strong>,sin embargo podrá recibir Solicitudes posteriores dentro del ejercicio fiscal, siempre que los serviciospuedan ser terminados a más tardar en noviembre de <strong>2012</strong>, quedando sujetos a disponibilidadpresupuestal.Aquellos Beneficiarios a los que se les hubiera autorizado un Apoyo durante el ejercicio fiscal anterior yéstos hayan cumplido con los requisitos del mismo, pero que por falta de disponibilidad presupuestal o porel cierre del ejercicio fiscal no pudieron recibir los recursos correspondientes, podrán recibir el Apoyo sintener que presentar una nueva Solicitud por el mismo concepto, durante el siguiente ejercicio fiscal sujeto aque aún exista el Apoyo dentro del Programa, así como de la suficiencia presupuestal.La prestación de los servicios contratados deberá concluir preferentemente a más tardar el 30 denoviembre del <strong>2012</strong> y enviar la documentación del pago a BANSEFI en esa fecha, para poder tramitar elpago en el último mes del ejercicio presupuestal de ese año.Los solicitantes que reciban apoyo, así como los Prestadores de Servicios integrantes del Padrón, deberánconservar la documentación derivada de los apoyos por un periodo de 5 años contados a partir de larecepción del oficio con la notificación de autorización del apoyo, y deberán presentarlos cuando les seansolicitados por las instancias fiscalizadoras de los recursos tanto del Banco Mundial como del GobiernoFederal.10

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