12.07.2015 Views

Acta pleno 25-03-2011 - Ayuntamiento de Camarena

Acta pleno 25-03-2011 - Ayuntamiento de Camarena

Acta pleno 25-03-2011 - Ayuntamiento de Camarena

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

procedimiento administrativo.2.Mediante resolución <strong>de</strong> la Alcaldía se podrán incluir nuevos procedimientos ytrámites, previos los informes <strong>de</strong> la Secretaría General y <strong>de</strong> los servicios técnicosmunicipales competentes en materia <strong>de</strong> administración general, organización ysistemas <strong>de</strong> información, y <strong>de</strong> los servicios jurídicos municipales, cada uno <strong>de</strong> loscuales se <strong>de</strong>berá pronunciar sobre los aspectos <strong>de</strong> su competencia.3. La relación actualizada <strong>de</strong> procedimientos, trámites, solicitu<strong>de</strong>s, escritos ycomunicaciones que se podrán tramitar telemáticamente será accesible a través <strong>de</strong> laweb municipal. Igualmente, la web municipal facilitará información sobre los trámites aseguir en aquellos procedimientos que no se pue<strong>de</strong>n tramitar <strong>de</strong> forma telemática.4. La tramitación <strong>de</strong> un procedimiento administrativo por medios telemáticos no podrásuponer ninguna merma en el mantenimiento <strong>de</strong> la integridad <strong>de</strong> las garantías jurídicas<strong>de</strong> los particulares ante las Administraciones Públicas establecidas en elOr<strong>de</strong>namiento Jurídico y, en particular, en la Ley 30/1992, <strong>de</strong> 26 <strong>de</strong> noviembre, <strong>de</strong>Régimen Jurídico <strong>de</strong> las Administraciones Públicas y <strong>de</strong>l Procedimiento AdministrativoComún.Artículo 16. Iniciación <strong>de</strong>l procedimiento administrativo.1. Los procedimientos administrativos incorporados a la tramitación por vía electrónicase podrán iniciar a través <strong>de</strong> medios electrónicos a instancia <strong>de</strong> parte, mediante lapresentación <strong>de</strong> solicitud, normalizada o no, en el Registro Electrónico regulado enesta Or<strong>de</strong>nanza.2. Las solicitu<strong>de</strong>s electrónicas mencionadas en el apartado anterior <strong>de</strong>berán contenerla firma electrónica avanzada <strong>de</strong>l interesado o cualquier otro mecanismo <strong>de</strong>i<strong>de</strong>ntificación y <strong>de</strong> acreditación que establezcan las normas <strong>de</strong> <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong> estaOr<strong>de</strong>nanza, y todos los <strong>de</strong>más requisitos establecidos en el artículo 70 <strong>de</strong> la Ley30/1992, <strong>de</strong> 26 <strong>de</strong> noviembre, <strong>de</strong> Régimen Jurídico <strong>de</strong> las Administraciones Públicas y<strong>de</strong>l Procedimiento Administrativo Común.3. Los interesados podrán aportar al expediente copias digitalizadas <strong>de</strong> losdocumentos que sean necesarios o estimen oportunos, cuya fi<strong>de</strong>lidad con el originalgarantizarán mediante la utilización <strong>de</strong> firma electrónica reconocida. La AdministraciónMunicipal podrá en cualquier momento requerir al interesado la exhibición <strong>de</strong>ldocumento o <strong>de</strong> la información original o solicitar <strong>de</strong>l correspondiente archivo, el cotejo<strong>de</strong>l contenido con las copias aportadas. La aportación <strong>de</strong> tales copias implica laautorización a la Administración para que acceda y trate la información personalcontenida en tales documentos.4. Con objeto <strong>de</strong> facilitar y promover su uso, los sistemas normalizados <strong>de</strong> solicitudpodrán incluir comprobaciones automáticas <strong>de</strong> la información aportada respecto <strong>de</strong>datos almacenados en sistemas propios o pertenecientes a otras Administraciones e,incluso, ofrecer el formulario cumplimentado en todo o en parte, con objeto <strong>de</strong> que elinteresado verifique la información y, en su caso, la modifique y complete.Artículo 17. Representación.1. Cuando en una solicitud telemática haya más <strong>de</strong> un interesado, la solicitud <strong>de</strong>beráestar firmada electrónicamente por todos los interesados, y las actuaciones seseguirán con el que se haya señalado expresamente o, en su <strong>de</strong>fecto, con elinteresado que aparezca encabezando la solicitud.2. Los ciudadanos podrán actuar por medio <strong>de</strong> representantes en los procedimientos ytrámites administrativos que se realicen frente a la Administración Municipal pormedios electrónicos, <strong>de</strong> acuerdo con lo que prevé la legislación general y lo queestablece esta Or<strong>de</strong>nanza. En estos supuestos, la vali<strong>de</strong>z <strong>de</strong> las actuacionesrealizadas estará sujeta a la acreditación <strong>de</strong> la representación.3. Cualquier persona física con capacidad <strong>de</strong> obrar pue<strong>de</strong> representar por víatelemática a otras personas, físicas o jurídicas, siempre que acredite la citadarepresentación mediante uno <strong>de</strong> los siguientes mecanismos alternativos:a. Aportación <strong>de</strong> apo<strong>de</strong>ramiento suficiente en soporte electrónico original, según lasdisposiciones vigentes en materia <strong>de</strong> seguridad jurídica electrónica.18

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!