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Legislación Nacional e Internacionale. Convención de las Naciones Unidas sobre el Derechodel Mar (CONVEMAR), (Nueva York, 1982).La CONVEMAR establece un marco comprensivo para eluso y desarrollo de los Océanos. Especifica los derechosde cada nación y las responsabilidades, los objetivosgenerales y principios que guiarán el uso del Océano. Elartículo 61.4 sobre: “Conservación de los recursos vivos”,habla de las posibles capturas incidentales de animalesmarinos que podrían producirse como resultado de laactividad pesquera. Aclara que los estados parte de estaConvención: “tendrán en cuenta sus efectos sobre las especiesasociadas con las especies capturadas o dependientesde ellas, con miras a preservar o restablecer las poblacionesde tales especies por encima de los niveles en que su reproducciónpueda verse gravemente amenazada”.f. Convención Interamericana para la Protección yConservación de las Tortugas Marinas (IAC) (SanJosé, 2001).El área de aplicación de esta Convención abarca el territorioterrestre de cada una de las Partes firmantes en elcontinente americano, así como las áreas marítimas delOcéano Atlántico, el Mar Caribe y el Océano Pacífico, respectoa los cuales cada una de las Partes ejerce soberaníao jurisdicción sobre los recursos marinos vivos. El objetivoque persigue es promover la protección, conservación yrecuperación de las poblaciones de tortugas marinas yde los hábitats de los cuales dependen, basándose en losdatos científicos más fidedignos disponibles y considerandolas características ambientales, socioeconómicas yculturales de las Partes.Brasil es el único país de estos tres que, al momento, haaprobado el texto de la Convención a través del DecretoLegislativo del Gobierno Federal No. 91, en el año 1999.Por su parte, la República Argentina, a través de suSecretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, en elaño 2004 inició un expediente con recomendacionestécnicas justificando y calificando de suma importanciala adhesión de la República Argentina a la ConvenciónInteramericana para la Protección y Conservación de lasTortugas Marinas (CIT). La República Oriental de Uruguaytambién se encuentra en proceso de ratificación de laConvención, la cual firmó en 1998.Durante la COP 2 (Venezuela, Noviembre de 2004), seadoptó una resolución sobre la tortuga siete quillas, quees la primera resolución del IAC con implicancias inmediatas.Esta resolución hace un llamado para la elaboracióny/o implementación de planes de conservación, laA pesar de todos los esfuerzos, ninguna de estas legislaciones evita la capturaincidental de tortugas marinas.26

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