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Problemas prácticos del consentimiento informado

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para pacientes de los artículos publicados en revistas tan prestigiosas como losAnnals of Internal Medicine, elaborados por la propia revista-. Ambas situacionesconvierten al médico más en un modulador y hermeneuta de la informaciónque en un provisor de información, lo cual lleva a aparejados nuevos retoséticos y jurídicos que tendremos que ir clarificando.4.3. ¿Quién?Otra de las polémicas históricas es la de quién tiene que proporcionar lainformación y solicitar el <strong>consentimiento</strong>. Hay dos situaciones a este respectoque vale la pena discutir. Una es la discusión acerca de si la responsabilidad deinformar es de quien indica la prueba o de quien la realiza. Otra es el papel quetiene la enfermería.En la Ley General de Sanidad no se dice nada al respecto de manera directa.El apartado 7 <strong>del</strong> artículo 10 dice que el paciente tiene derecho a que se leasigne un médico “cuyo nombre se le dará a conocer” que será su “interlocutorprincipal con el equipo asistencial”, pero no dice que sobre él deba recaer todala responsabilidad en relación con la información. En la Ley catalana sí se dedicaun artículo expresamente a esta cuestión. Así el artículo 2.3. afirma losiguiente:“Corresponde al médico responsable <strong>del</strong> paciente garantizar el cumplimiento<strong>del</strong> derecho a la información. También deben asumir responsabilidaden el proceso de información los profesionales asistenciales que leatienden o le aplican una técnica o un procedimiento concretos”.El artículo es enjundioso, porque tratando de ser salomónico, en primerlugar carga preferentemente la obligación de informar sobre el médico responsable<strong>del</strong> paciente, pero luego dice que los demás –médicos, enfermeras,técnicos, etc.- también tienen responsabilidades que no se especifican. Por otraparte, en la práctica asistencial puede ser difícil determinar quién es el médicoresponsable <strong>del</strong> paciente, sobre todo en problemas clínicos complejos que exigenuna intervención multidisciplinar. Incluso a veces resulta difícil determinarloen el cambio de nivel asistencial, primaria v.s. especializada.En cualquier caso a mí me parece que la polémica sobre quién debe asumirresponsabilidades se produce porque todavía nuestra concepción <strong>del</strong> <strong>consentimiento</strong><strong>informado</strong> se sitúa en un nivel convencional de moralidad. Sólo en lamedida en que los profesionales se sitúen en perspectivas posconvencionales ycomprendan que el <strong>consentimiento</strong> <strong>informado</strong> es algo inherente –lex artis- a48EL CONSENTIMIENTO INFORMADO: ABRIENDO NUEVAS BRECHAS

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