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76 Sección VII. Condiciones Gener<strong>al</strong>es del Contrato(l)“CEC” significa las Condiciones Especi<strong>al</strong>es del Contrato.(m) “Subcontratista” significa cu<strong>al</strong>quier persona natur<strong>al</strong>,entidad privada o pública, o cu<strong>al</strong>quier combinación deellas, con quienes el Proveedor ha subcontratado elsuministro de cu<strong>al</strong>quier porción de los Bienes o la ejecuciónde cu<strong>al</strong>quier parte de los Servicios.(n)(o)“Proveedor” significa la persona natur<strong>al</strong>, jurídica o entidadgubernament<strong>al</strong>, o una combinación de éstas, cuyaoferta para ejecutar el contrato ha sido aceptada porel Comprador y es denominada como t<strong>al</strong> en el Contrato.“El Sitio del Proyecto”, donde corresponde, significael lugar citado en las CEC.2. Documentos delContrato3. Fraude y Corrupción2.1 Sujetos <strong>al</strong> orden de precedencia establecido en el Convenio,se entiende que todos los documentos que forman parte integr<strong>al</strong>del Contrato (y todos sus componentes <strong>al</strong>lí incluidos)son correlativos, complementarios y recíprocamente aclaratorios.El Contrato deberá leerse de manera integr<strong>al</strong>.3.1 El Banco exige a todos los prestatarios (incluyendo los beneficiariosde donaciones), organismos ejecutores y organismoscontratantes, <strong>al</strong> igu<strong>al</strong> que a todas las firmas, entidadeso personas oferentes por participar o participando enproyectos financiados por el Banco incluyendo, entre otros,solicitantes, oferentes, contratistas, consultores y concesionarios(incluyendo sus respectivos funcionarios, empleadosy representantes), observar los más <strong>al</strong>tos niveles éticos y denunciar<strong>al</strong> Banco todo acto sospechoso de fraude o corrupcióndel cu<strong>al</strong> tenga conocimiento o sea informado, duranteel proceso de selección y las negociaciones o la ejecución deun contrato. Los actos de fraude y corrupción están prohibidos.Fraude y corrupción comprenden actos de: (a) prácticacorruptiva; (b) práctica fraudulenta; (c) práctica coercitiva; y(d) práctica colusoria. Las definiciones que se transcriben acontinuación corresponden a los tipos más comunes defraude y corrupción, pero no son exhaustivas. Por esta razón,el Banco también adoptará medidas en caso de hechoso denuncias similares relacionadas con supuestos actos defraude y corrupción, aunque no estén especificados en la listasiguiente. El Banco aplicará en todos los casos los procedimientosestablecidos en la Cláusula 3.1 (c). A efectos desu cumplimiento::(a)El Banco define las expresiones que se indican a continuación:(i)Una práctica corruptiva consiste en ofrecer, dar,