78 Sección VII. Condiciones Gener<strong>al</strong>es del Contratobido proceso establecidas en la legislación del paísPrestatario;(iv)(v)(vi)(vii)emitir una amonestación en el formato de una cartaform<strong>al</strong> de censura a la conducta de la firma, entidado individuo;declarar a una persona, entidad o firma inelegible,en forma permanente o por determinado período detiempo, para que se le adjudiquen o participe encontratos bajo proyectos financiados por el Banco,excepto bajo aquellas condiciones que el Bancoconsidere apropiadas;remitir el tema a las autoridades pertinentes encargadasde hacer cumplir las leyes; y/oimponer otras sanciones que considere apropiadasbajo las circunstancias del caso, incluyendo la imposiciónde multas que representen para el Bancoun reembolso de los costos vinculados con las investigacionesy actuaciones. Dichas sanciones podránser impuestas en forma adicion<strong>al</strong> o en sustituciónde otras sanciones.(c)(d)El Banco ha establecido procedimientos administrativospara los casos de denuncias de fraude y corrupcióndentro del proceso de adquisiciones o la ejecuciónde un contrato financiado por el Banco, los cu<strong>al</strong>es estándisponibles en el sitio virtu<strong>al</strong> del Banco(www.iadb.org). Para t<strong>al</strong>es propósitos cu<strong>al</strong>quier denunciadeberá ser presentada a la Oficina de IntegridadInstitucion<strong>al</strong> del Banco (OII) para la re<strong>al</strong>ización dela correspondiente investigación. Las denuncias podránser presentadas confidenci<strong>al</strong> o anónimamente.Los pagos estarán expresamente condicionados a que laparticipación de los Proveedores en el proceso de adquisicionesse haya llevado de acuerdo con las políticas delBanco aplicables en materia de fraude y corrupción quese describen en esta Cláusula 3.1.(e) La imposición de cu<strong>al</strong>quier medida que sea tomada por elBanco de conformidad con las provisiones referidas enésta Cláusula podrá hacerse de forma pública o privada,de acuerdo con las políticas del Banco.3.2 El Banco tendrá el derecho a exigir que, en los contratos financiadoscon un préstamo o donación del Banco, se incluyauna disposición que exija que los oferentes, proveedores,contratistas, subcontratistas, consultores y concesionariospermita <strong>al</strong> Banco revisar sus cuentas y registros y cu<strong>al</strong>quier
Sección VII. Condiciones Gener<strong>al</strong>es del Contrato 79otros documentos relacionados con la presentación de propuestasy con el cumplimiento del contrato y someterlos auna auditoría por auditores designados por el Banco. Paraestos efectos, el Banco tendrá el derecho a exigir que se incluyauna disposición que requiera que los oferentes, proveedores,contratistas, subcontratistas, consultores y concesionarios:(i) conserven todos los documentos y registros relacionadoscon los proyectos financiados por el Banco porun período de tres (3) años luego de terminado el trabajocontemplado en el respectivo contrato; y (ii) entreguen tododocumento necesario para la investigación de denunciasde fraude o corrupción y pongan a la disposición del Bancolos empleados o agentes de los oferentes, proveedores, contratistas,subcontratistas, consultores y concesionarios quetengan conocimiento del proyecto financiado por el Bancopara responder las consultas provenientes de person<strong>al</strong> delBanco o de cu<strong>al</strong>quier investigador, agente, auditor o consultorapropiadamente designado para la revisión o auditoría delos documentos. Si el oferente, proveedor, contratista, subcontratista,consultor o concesionario incumple el requerimientodel Banco, o de cu<strong>al</strong>quier otra forma obstaculiza larevisión del asunto por parte del Banco, el Banco, bajo susola discreción, podrá tomar medidas apropiadas contra eloferente, proveedor, contratista, subcontratista, consultor oconcesionario.3.3 Los Proveedores declaran y garantizan:(i) que han leído y entendido la prohibición sobre actosde fraude y corrupción dispuesta por el Banco y seobligan a observar las normas pertinentes;(ii) que no han incurrido en ninguna infracción de laspolíticas sobre fraude y corrupción descritas en éstedocumento;(iii) que no han tergiversado ni ocultado ningún hechosustanci<strong>al</strong> durante los procesos de adquisición oejecución del Contrato;(iv) que ninguno de sus directores, funcionarios o accionistasprincip<strong>al</strong>es han sido declarados inelegiblespara que se les adjudiquen contratos financiadospor el Banco, ni han sido declarados culpables de delitosvinculados con fraude o corrupción;(v) que ninguno de sus directores, funcionarios o accionistasprincip<strong>al</strong>es han sido director, funcionario o accionistaprincip<strong>al</strong> de ninguna otra compañía o entidad quehaya sido declarada inelegible para que se leadjudiquen contratos financiados por el Banco o hasido declarado culpable de un delito vinculado confraude o corrupción;(vi) que han declarado todas las comisiones, honorariosde representantes, pagos por servicios de facilitación