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Acceda al pliego - Senasa

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82 Sección VII. Condiciones Gener<strong>al</strong>es del Contratoi. esta leg<strong>al</strong>mente constituida o incorporadaconforme a las leyes de un país miembro delBanco; yii. más del cincuenta por ciento (50%) del capit<strong>al</strong>de la firma es de propiedad de individuoso firmas de países miembros del Banco.7.2 Todos los socios de una asociación en participación, consorcioo asociación (APCA) con responsabilidad mancomunaday solidaria y todos los subcontratistas deben cumplir conlos requisitos arriba establecidos.7.3 Todos los Bienes y Servicios Conexos que hayan de suministrarsede conformidad con el contrato y que sean financiadospor el Banco deben tener su origen en cu<strong>al</strong>quier paísmiembro del Banco. Los bienes se originan en un paísmiembro del Banco si han sido extraídos, cultivados, cosechadoso producidos en un país miembro del Banco. Unbien es producido cuando mediante manufactura, procesamientoo ensamblaje el resultado es un artículo comerci<strong>al</strong>mentereconocido cuyas características básicas, su función opropósito de uso son substanci<strong>al</strong>mente diferentes de sus parteso componentes. En el caso de un bien que consiste de varioscomponentes individu<strong>al</strong>es que requieren interconectarse(lo que puede ser ejecutado por el proveedor, el compradoro un tercero) para lograr que el bien pueda operar, y sin importarla complejidad de la interconexión, el Banco consideraque dicho bien es elegible para su financiación si el ensamblajede los componentes individu<strong>al</strong>es se hizo en un paísmiembro. Cuando el bien es una combinación de variosbienes individu<strong>al</strong>es que norm<strong>al</strong>mente se empacan y vendencomerci<strong>al</strong>mente como una sola unidad, el bien se consideraque proviene del país en donde éste fue empacado y embarcadocon destino <strong>al</strong> comprador. Para efectos de determinacióndel origen de los bienes identificados como “hecho enla Unión Europea”, éstos serán elegibles sin necesidad deidentificar el correspondiente país específico de la UniónEuropea. El origen de los materi<strong>al</strong>es, partes o componentesde los bienes o la nacion<strong>al</strong>idad de la firma productora, ensambladora,distribuidora o vendedora de los bienes no determinael origen de los mismos.7.4 El Proveedor deberá suministrar el formulario denominado"Certificado de Proveedor", contenido en los Formulariosdel Contrato, declarando que los bienes y servicios conexostienen su origen en un país miembro del Banco. Este formulariodeberá ser entregado <strong>al</strong> Comprador, junto con los documentosmencionados en la Subcláusula 15.2 CGC, comocondición para que se re<strong>al</strong>ice el pago de los Bienes. ElComprador se reserva el derecho de pedir <strong>al</strong> Proveedor informaciónadicion<strong>al</strong> con el objeto de verificar que los Bie-

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