13.07.2015 Views

La situación de las universidades peruanas 1. Introducción

La situación de las universidades peruanas 1. Introducción

La situación de las universidades peruanas 1. Introducción

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

DINÁMICA DE LA TRANSFORMACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO 85financiamiento educativo, y el DL 26013, Ley <strong>de</strong> Mejoramiento <strong>de</strong> laCalidad y Ampliación <strong>de</strong> la Cobertura <strong>de</strong> la Educación Peruana, muchos <strong>de</strong>cuyos contenidos no hacían sino ratificar los <strong>de</strong>l polémico Decreto Legislativo699.<strong>La</strong> primera <strong>de</strong> <strong>las</strong> normas mencionadas dispuso el inicio inmediato <strong>de</strong> unatransferencia gradual <strong>de</strong> la gestión y administración <strong>de</strong> los centros educativosestatales a los municipios. Para promover una mayor eficiencia en <strong>las</strong> funcioneseducativas, <strong>de</strong>l personal docente y no docente, el cuidado <strong>de</strong> los locales y los<strong>de</strong>más recursos sectoriales, se dispuso la creación <strong>de</strong> Consejos Comunales <strong>de</strong>Educación (Comuned), que reemplazarían al Ministerio en esas funciones enlos niveles inicial, primario y secundario. Dichos Comuned estarían presididospor los alcal<strong>de</strong>s y estarían integrados por un regidor, un representante electo <strong>de</strong>los directores <strong>de</strong> todos los centros educativos <strong>de</strong> la circunscripción, un representante<strong>de</strong> los docentes y otro <strong>de</strong> <strong>las</strong> asociaciones <strong>de</strong> padres <strong>de</strong> familia, a<strong>de</strong>más <strong>de</strong>representantes <strong>de</strong> la Iglesia y <strong>de</strong> la actividad empresarial privada. A ellos setransferiría también la propiedad <strong>de</strong> los locales y el personal <strong>de</strong> los centros,quienes conservarían el régimen laboral previo. Los Comuned serían responsables<strong>de</strong> aplicar la política nacional y los planes y programas <strong>de</strong> educaciónestablecidos por el Ministerio, y <strong>de</strong> establecer la política comunal al respecto.Podría <strong>de</strong>cirse que el margen para la participación comunal en el diseño <strong>de</strong> laley que normaría su propia actuación futura en la gestión educativa fue escaso.Significativamente, el Decreto Ley 26011 fue dado a conocer el día 20 <strong>de</strong>diciembre, invitando a dirigir sugerencias al Ministerio <strong>de</strong> Educación hasta el 24.<strong>La</strong> ley, que junto con <strong>las</strong> otras dos mencionadas conformaría el marco legal <strong>de</strong>una anunciada reforma educativa, fue publicada en el diario oficial el díadomingo 27 <strong>de</strong> diciembre... ¡firmado en la Casa <strong>de</strong> Gobierno el día 7 <strong>de</strong>diciembre! Sin embargo, <strong>de</strong>be reconocerse que el anteproyecto circuló informalmentedurante algunos meses, e incluso fue filtrado a través <strong>de</strong> la prensa a fines<strong>de</strong> octubre.<strong>La</strong> segunda ley modificaba el patrón <strong>de</strong> asignación <strong>de</strong> fondos a los servicioseducativos públicos, reemplazando la distribución que solía hacer el Ministerio<strong>de</strong> Educación, por la transferencia mensual directa que haría el Ministerio <strong>de</strong>Economía a los Comuned, equivalente a una cantidad por cada alumno cuyaasistencia estuviera registrada en cada uno <strong>de</strong> los centros educativos a su cargo.Dicha cantidad variaría según niveles educativos <strong>de</strong> acuerdo a una normaestablecida, y fluctuaría según la disponibilidad <strong>de</strong> recursos fiscales.El Decreto 26013, por último, establecía la posibilidad <strong>de</strong> transferir loscentros educativos a otras personas jurídicas, distintas a los Comuned, que losolicitaran y suscribieran un convenio con el Ministerio, previa aprobación <strong>de</strong> losComuned y los padres <strong>de</strong> familia. Estos promotores podrían recibir unaasignación (<strong>de</strong> magnitud no especificada) por alumno asistente. Así, se abría laposibilidad <strong>de</strong> subsidio estatal a la educación privada.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!