22.07.2015 Views

Enrique Barreira - IDEA

Enrique Barreira - IDEA

Enrique Barreira - IDEA

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

(14)k) por su parte el art. 3° de la ley 24.076 que establece el MarcoRegulatorio del Gas Natural establece que “Las exportaciones degas natural deberán, en cada caso, ser autorizadas por el PoderEjecutivo Nacional, dentro del plazo de 90 días de recibida lasolicitud, en la medida que no se afecte el abastecimiento interno.El silencio, en tal caso, implicará conformidad. Los importadores yexportadores, deberán remitir al Ente Nacional Regulador del Gasuna copia de los respectivos contratos”;l) El Decreto 1738/92 (reglamentario de la ley 24.076) dispone quelas solicitudes de exportación de gas natural deben presentarseante la Secretaría de Energía de la Nación quien la elevará al PoderEjecutivo para su autorización con su recomendación y la del Entey el Resolución 299/98 de la Secretaría de Energía reglamentó lostérminos y condiciones para la exportación de gas para resguardarla transparencia de la información relativa a los precios; la nodiscriminación entre las condiciones de venta al mercado externoen relación con las que se hacen al mercado interno y el interéspúblico;<strong>Enrique</strong> C. <strong>Barreira</strong>Abogado

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!