Criminología indeterminadas indeterminados
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Juan Muñoz Sánchez<br />
al cannabis y exige una reflexión sobre nuevos modelos de regulación que permitan<br />
el consumo responsable, sometido al control de las administraciones públicas 58 .<br />
El Departamento de Salud de la Generalitat de Cataluña ha presentado en el<br />
parlamento autonómico una propuesta de resolución que establece criterios en<br />
materia de salud pública para orientar a las asociaciones cannábicas y sus clubes<br />
sociales y establecer las condiciones del ejercicio de su actividad por los ayuntamientos<br />
de Cataluña. Esta propuesta ha sido aprobada por todos los grupos, excepto<br />
el grupo del Partido popular. La Resolución SLT32/2015, de 15 de enero 59<br />
establece una serie de criterios de organización y funcionamiento de los clubes<br />
sociales de cannabis en la línea que hemos indicado: acceso a mayores de edad<br />
consumidores habituales de cannabis, ser socio de una sola asociación, promoción<br />
de programas de reducción de daños asociados al consumo, prohibición de<br />
publicidad de las asociaciones o establecimientos y ciertas limitaciones de la<br />
ubicación de los establecimientos.<br />
Por último, a nivel local dos Ayuntamientos han aprobado ordenanzas reguladoras<br />
de la ubicación de los clubes sociales de cannabis.<br />
El Ayuntamiento de Donostia ha aprobado, por unanimidad de todos los<br />
grupos municipales, la Ordenanza reguladora de la ubicación de los clubs sociales<br />
de cannabis 60 . La Ordenanza parte de la realidad de los clubes sociales de cannabis<br />
y pretende dar reconocimiento local a estas entidades. Para ello se exige la<br />
correspondiente licencia municipal y se establece una serie de criterios de emplazamiento,<br />
se prohíbe la publicidad de la actividad y promoción o patrocinio en el<br />
exterior del establecimiento y la transmisión de cannabis a personas que no sean<br />
socias del club.<br />
En el mismo sentido el Ayuntamiento de Girona aprobó una ordenanza municipal<br />
en mayo de 2014 en los mismos términos que la Ordenanza de Donostia.<br />
IV. Posición jurisprudencial sobre los clubes sociales de cannabis<br />
1. El cultivo de drogas ilegales como modalidad típica del art. 368<br />
Antes de que el Pleno de la Sala Segunda del Tribunal Supremo pudiera pronunciarse<br />
sobre la relevancia penal de los clubes sociales de cannabis, se podía<br />
distinguir claramente dos líneas jurisprudenciales sobre la tipicidad del cultivo<br />
colectivo.<br />
Una corriente jurisprudencial sostenía que el cultivo de cannabis por parte de<br />
una asociación de consumidores de cannabis para proveer de la cantidad que<br />
58 Véase Arana Berastegi, “La viabilidad legal de los clubes sociales de cannabis en la Comunidad<br />
autónoma de Euskadi y propuesta de hoja de ruta”. Fundación Renovatio. Instituto Vasco de <strong>Criminología</strong>.<br />
59 Resolución SLT 32/2015, de 15 de enero LCAT 2015\51.<br />
60 Boletín Oficial de Guipúzcoa, nº 217 de 13 de noviembre 2014.<br />
Revista Electrónica de Ciencia Penal y <strong>Criminología</strong>. 2015, núm. 17-22, pp. 1-50 − ISSN 1695-0194